Tribunales
La jueza de la dana rechaza citar como investigado a Miguel Polo (CHJ) y reitera que el único "apagón" fueron los recesos del Cecopi
Reclama a la vicepresidencia de Servicios Sociales información sobre los usarios de teleasistencia fallecidos durante la dana
Reitera que "el único y real apagón informativo es aquello que se calificó en el Cecopi como 'periodo de trabajo exclusivamente presencial' o 'tiempo de reflexión'"
Apremia a À Punt para que entregue los videos del Cecopi, pero la televisión autonómica acredita que los entregó en el juzgado de Catarroja el pasado viernes

Lucía Feijoo Viera
La jueza de la dana, Nuria Ruiz Tobarra, titular del Tribunal de Instancia 3 de Catarroja, ha dictado hoy tres autos y una providencia, notificados a las partes, en los que deniega la petición de la acusación popular que ejerce el partido político Valores de citar a declarar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, como investigado, después de su comparecencia como testigo el pasado 19 de septiembre, acepta nuevas diligencias y apremia a la televisión autonómica À Punt a entregar los vídeos del Cecopi (Centro de coordinación operativo integrado), el cerebro de la emergencia del 29 de octubre de 2024. No obstante, À Punt acaba de informar, y acreditar que el pasado viernes entregó los vídeos requeridos por la magistrada en el juzgado, según el escrito que aportan desde la televisión autonómica.
El partido Valores, que ejerce la acusación popular en la causa y está representado por el abogado Juan Ramón Chapapría, cercano al expresidente de la Generalitat Francisco Camps, pedía investigar al presidente de la CHJ por los presuntos delitos de omisión del deber de socorro y dolo eventual.
La magistrada Nuria Ruiz Tobarra responde a la petición del abogado que "resulta sorprendente que se desconozca el objeto del presente procedimiento y las resoluciones de la sección segunda de la Audiencia de València, que han resuelto dichas cuestiones". Sobre todo el de la omisión del deber de socorro, también rechazado por la Audiencia de València en los intentas por investigar al otro representante de un organismo estatal presente en el Cecopi del 29 de octubre de 2024, José Ángel Núñez Mora, representante de la Aemet (Agencia estatal de meteorología).
Estos delitos, recuerda la magistrada, ni siquiera se pueden aplicar a las dos personas investigadas, Salomé Pradas y Emilio Argüeso, porque la Audiencia de València delimitó los delitos a investigar en la dana como "homicidios y lesiones imprudentes, pero en ningún caso homicidios dolosos, ni siquiera a título de dolo eventual".
La jueza tampoco pasa por alto que el partido Valores exculpaba tanto a Pradas como Argüeso, a pesar de que son "acusación popular", como explicaba el mismo abogado Chapapría en un escrito del 27 de mayo. "La situación que dió dio lugar a los trágicos acontecimientos del 29 de octubre presenta las notas de "una fuerza mayor", alegaba el letrado.
Una "figura novedosa, la de la fuerza mayor selectiva", ironiza la magistrada. Ya que el partido Valores no la aplica a ningún representante de los organismos estatales participantes en el Cecopi: Pilar Bernabé, delegada del Gobierno; Miguel Polo, presidente de la CHJ o José Ángel Núñez Mora, jefe de Climatología de la Aemet. "Todos ellos miembros de organismos estatales a los que las características de un 'fenómeno excepcional, imprevisible y ajeno a la voluntad de los intervinientes' no les alcanzó".
Sobre el fondo del asunto, la magistrada recuerda que para citar a declarar a Polo como investigado debería ostentar la condición o posición de "garante" respecto a la "posibilidad de alertar a la población para que adopte medidas de autoprotección" y eso, ha de recalcarse, no corresponde a la CHJ, sino a la administración autonómica, con competencias en protección civil".
De hecho la magistrada vuelve a reiterar que "el único y real apagón informativo es aquello que se calificó en el Cecopi como 'periodo de trabajo exclusivamente presencial' o 'tiempo de reflexión'. Todavía no se ha dado una explicación racional sobre unas desconexiones de las que obviamente no salía nada productivo y que, como manifestó el testigo señor Polo, se produjeron en tres ocasiones".
En el segundo auto, la instructora requiere a petición de la acusación popular de Acció Cultural el envío de diversa información a las Corts, a la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales de la Generalitat, al Ayuntamiento de Valencia, a la Diputación Provincial y a la Aemet. El tercer auto consiste en la denegación de la práctica de otras diligencias solicitadas por la misma representación legal.
Por último, la providencia da un plazo de un día para que la dirección de À Punt alegue "sobre las causas a las que obedece el retraso en la entrega de las grabaciones de imagen y sonido de la reunión del Cecopi del 29 de octubre de 2024" que se requirieron por el juzgado. Aunque desde el ente autonómico han confirmado y acreditado que los vídeos los entregaron en el juzgado el pasado viernes.
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Fuente: Levante - EMV
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