La acusación lleva al Supremo la absolución de Luis Castillo por desviar fondos de un hotel
Los denunciantes no comparten los motivos por los que se exonera de culpa al empresario y al resto de acusados y sostienen que la decisión de la Audiencia de Alicante vulnera sus derechos

De izquierda a derecha, los hermanos Juan Carlos y Luis Castillo, y los empresarios que compraron el hotel. / ALEX DOMINGUEZ
La absolución del empresario Luis Castillo de la acusación de desviar fondos de un hotel en El Campello llegará al Tribunal Supremo, según han confirmado a este diario fuentes cercanas al caso. La acusación particular ejercida por uno de los socios de los hermanos Castillo en la empresa ya ha anunciado ante la Audiencia de Alicante que recurrirá en casación la sentencia absolutoria. La Fiscalía, por su parte, no tiene previsto recurrir, aunque estudiará los argumentos de la acusación para valorar si se suma o no a la casación.
Como ya publicó este diario, el actual presidente de la Asociación Provincial de Hoteles y Alojamientos Turísticos de Alicante (APHA), su hermano y dos de sus socios estaban acusados de haber desviado fondos de la explotación de un hotel en El Campello a través de un entramado societario. La Sección Primera de la Audiencia les absolvió en una sentencia que no entraba en el fondo del asunto, al considerar que las supuestas irregularidades atribuidas a los Castillo fueron sobreseídas provisionalmente en una primera denuncia que el querellante presentó en un juzgado de Alicante. Meses después se interpuso una segunda denuncia en otro juzgado de Alicante contra los socios que sucedieron a los Castillo en la gestión del complejo hotelero. En ese segundo caso, los Castillo volvieron a ser imputados y finalmente se sentaron en el banquillo junto a sus socios. La Audiencia concluye que la investigación tenía que haberse remitido al juzgado que archivó la primera denuncia para que continuara con las pesquisas y considera un error procesal que dos juzgados distintos investigaran hechos idénticos.
Fuentes de la acusación que ejerce el empresario Olaf Reig señalaron que se trataba de hechos diferentes y que, de hecho, los dos socios que sucedieron a los Castillo en la gestión de este hotel, ni siquiera figuraban como investigados en la primera denuncia. Sobre su presunta participación en los hechos no aparece ni una sola referencia en la resolución. En este sentido, recalcan que a lo largo de toda la instrucción el otro juzgado consideró que eran otros hechos y todo lo referente a la primera de las denuncias se excluyó de los interrogatorios. Desde la acusación se valora que la existencia de los dos procedimientos ha sido algo público desde el inicio del procedimiento, hasta el punto de que antes del juicio la propia sala tuvo que reclamar documentación al primer juzgado para valorar si existía o no una posible prescripción de los hechos.
El precedente que cita la sentencia
En la resolución se cita como antecedente un caso de fraude fiscal que acabó con la absolución de los acusados por el mismo motivo que en el caso del hotel de El Campello. Se trata de un caso denunciado por la Agencia Tributaria en València que acabó siendo anulado. Hacienda remitió otra querella por estos mismos hechos a la Fiscalía de Alicante para perseguir desde esta provincia los mismos hechos archivados en Valencia. El Supremo concluyó que la denuncia dio lugar a la incoación de unas nuevas diligencias por hechos conexos, cuando estas debieron archivarse o acumularse a las primeras. El querellante en el caso del hotel sostiene que este caso no tiene nada que ver con el de los Castillo, ya que en este último ambos juzgados eran conocedores desde el primer momento de la existencia de las otras diligencias. En su opinión, cerrar todo el caso con este argumento más de una década después y una vez que se ha celebrado el juicio supone una vulneración de la tutela judicial efectiva para las acusaciones.
Los hechos se remontan al 25 de febrero de 2010, fecha en la que Luis Castillo y su hermano constituyeron la mercantil Hoteles Carolina, que se encargaba de la explotación del Gran Hotel de El Campello. A finales de 2011, Luis Castillo transmitió sus participaciones sociales a uno de los otros acusados, que acabó nombrado como administrador único de la sociedad en noviembre de 2011 y quien, a su vez, fue relevado por su padre seis meses después. Entre tanto, la empresa quedó descapitalizada y acumuló numerosas deudas. Los querellantes sostenían que el negocio era rentable y que hubo desvío de fondos.
Las alternativas
El alcance de la resolución en el caso de que el recurso fuera aceptado por el Supremo es incierto, ya que el Alto Tribunal podría obligar a dictar una nueva sentencia a los magistrados que conformaron el tribunal; o bien podría anular el juicio y ordenar que se repitiera con un nuevo tribunal; o incluso devolver la causa al primer juzgado de Instrucción para que hiciera una nueva instrucción para llevarla a juicio. También el Supremo podría rechazar el recurso y confirmar las absoluciones.
Los hermanos Castillo negaban las acusaciones, sosteniendo que el hotel fue un negocio ruinoso que les hizo perder dinero, motivo por el que vendieron la sociedad a unos nuevos propietarios. Por su parte, estos aseguraban que al incorporarse a la empresa se encontraron con deudas pendientes de más de 150.000 euros con impagos a proveedores y a la Seguridad Social que abocaron al establecimiento a su cierre. Sin embargo, la Policía detectó en su día movimientos irregulares de efectivo. Las deudas reclamadas en el juicio ascendían a más de 300.000 euros. La Fiscalía reclamaba cinco años de prisión para los hermanos Castillo por apropiación indebida, pena que también se pedía para los otros dos acusados que les sucedieron en la gestión para quienes además se solicitaban dos años más por estafa. Los cuatro quedaron absueltos de todos los delitos por las irregularidades procesales detectadas por la Audiencia.
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