Un juzgado de Ceuta anula el traslado de un menor no acompañado recurrido por la Generalitat Valenciana
Un tribunal estima el recurso del Consell ante la "más mínima información" del Gobierno central para efectuar el traslado

El president de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, junto a Susana Camarero en la sesión de control, este jueves. / Rober Solsona/Europa Press

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de Ceuta ha admitido el recurso presentado por la Generalitat Valenciana contra el traslado a tierras valencianas de un menor migrante no acompañado desde Ceuta impulsado por el decreto del Gobierno central. La resolución la ha anunciado el president de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, en la sesión de control en las Corts a la pregunta de Vox sobre inmigración.
"Existe una más que evidente falta de motivación en la resolución recurrida respecto a la asignación del traslado del menor a la Comunidad Autónoma Valenciana, lo que ha producido una notoria indefensión a la parte recurrente que se ve impedida de poder combatir dicha asignación al desconocerse por completo os concretos criterios que se han aplicado", señala la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico que, sin embargo, advierte que cabe recurso.
Según ha explicado Llorca durante la sesión de control parlamentaria de este jueves, el dictamen del juzgado supone evidenciar "que el Gobierno de España traslada a los menores vulnerando sus derechos y escondiendo los criterios que utiliza para asignarlos a una comunidad o a otra". "La justicia ha dejado claro que hay una política errática migratoria del Gobierno de España", ha afirmado en respuesta a una pregunta del síndic de Vox, José María Llanos.
En la resolución judicial de Ceuta se señala que en el expediente administrativo en el que se basa este traslado "no hay la más mínima información sobre cómo se han aplicado los criterios" para la asignación del menor a la Comunitat Valenciana ya que en el procedimiento no hay "la más mínima explicación" sino que solo se ha basado en el decreto del Ministerio de Juventud e infancia, "pero sin aportar ninguna documentación al efecto que pudiera permitir a la parte recurrente verificar cómo se han aplicado dichos criterios".
Cumplir con el pacto
En esta misma sentencia se declara nula la resolución impugnada sobre el menor señalado y también efectúa una "retroacción de las actuaciones al momento anterior al dictado de dicha resolución, a fin de que la administración incorpore al expediente administrativo la motivación necesaria para que pueda apreciarse y comprenderse el mecanismo del cálculo sobre los concretos de determinación aplicados y su atribución a una Comunidad Autónoma concreta, sea la recurrente o, en su caso, otra comunidad".
La resolución judicial le ha servido a Llorca para contener las exigencias de los voxistas que han elevado el tono en el pleno de las Corts con las reclamaciones sobre la inmigración, vinculándola a la inseguridad. Al respecto, el jefe del Consell ha reivindicado que va a cumplir con los compromisos que pactó en su investidura, citando la sentencia del Juzgado de Ceuta, y ha añadido que se están "haciendo pruebas de edad" en muñeca y clavícula. "Sigo asumiendo mi compromiso de cumplir todo aquello que pacté en las Corts", ha sentenciado.
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