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La falta de fondos impide una prueba clave para saber si hubo estafa en las cuotas de la CAM

El instructor acordó que se realizara un muestreo sobre el perfil de compradores de participativas

Una de las concentraciones de los afectados por las cuotas participativas. ANTONIO AMORÓS

Ni declaración de un amplio grupo de afectados por la compra de cuotas participativas, como planteó en su momento el magistrado Javier Gómez Bermúdez, ni muestreo sobre el perfil de los compradores, que acordó su sucesor y ha mantenido la actual instructora de las piezas abiertas por la gestión de la CAM hasta que, por falta de dinero, se ha desistido de esta prueba. Un estudio con el que se pretendía conocer si estos títulos se comercializaron correctamente o si, por el contrario, se estafó a los clientes de la caja que invirtieron sus ahorros en este producto, hoy sin valor alguno.

La magistrada Carmen Lamela acaba de anular esta diligencia después de que ninguna de las partes personadas en la pieza que investiga la emisión y comercialización de las cuotas se haya avenido a aportar en parte o en su totalidad los 10.000 euros que como provisión de fondos reclamaban los peritos designados por el Colegio de Economistas para realizar el muestro.

La juez trasladó la petición no a sólo a la Fundación CAM y al Banco Sabadell, citados en este procedimiento como responsables civiles subsidiarios, sino a todos los investigados en la pieza principal (la que indaga el presunto falseo de las cuentas de la entidad) que son los mismos que los de esta causa, cuya acumulación a la primera acaba decidir la juez para evitar un «enjuiciamiento paralelo». Ahí se encuentran el último presidente de la caja, Modesto Crespo, los exdirectores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós, y los exdirectores Vicente Soriano, Teófilo Sogorb, Francisco Martínez, Juan Luis Sabater y Salvador Ochoa.

Tras serle comunicada por la juez la petición de los 10.000 euros por parte de los peritos, el fiscal presentó un escrito en el juzgado donde señalaba que «la pericia no ha sido propuesta por ninguna parte sino que ha sido acordada de oficio por el instructor, por lo que debería ser el propio instructor quien valorase la necesidad de conceder o no la provisión de fondos solicitada y, en su caso, determinase con qué medios se debe hacer frente a la misma».

El acusador público hacía también alusión a un informe realizado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en febrero de 2012 que detectó irregularidades en las preferentes, sobre todo la serie C, y deuda subordinada, pero que nada decía de anomalías en las cuotas. Por ello, instaba a la instructora a que recabara «la opinión de las partes personadas para que se pronuncien sobre si consideran necesaria la práctica de la pericia encomendada (...) si están dispuestas a abonar la provisión de fondos que reclaman los peritos, sin perjuicio del derecho a reclamar el reintegro de dicha cantidad si así se derivara del pronunciamiento final sobre el pago de las cuotas que recaiga en el procedimiento». Antes este plantamiento los personados han manifestado su negativa a aportar el dinero o han dado su callada como respuesta y la magistrada ha optado por renunciar a esta diligencia, una decisión que puede ser recurrida por las partes.

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