La Audiencia Provincial de Alicante ha condenado al último presidente de la CAM, Modesto Crespo, al exdirector general Roberto López Abad, a los tres miembros de la comisión de retribuciones (Antonio Gil-Terrón, Luis Esteban y Martín Sevilla) y al secretario del consejo de administración de la caja, José Forner, por el cobro por parte del empresario ilicitano de 600.000 euros en concepto de dietas que no debía haber percibido.

La Audiencia, en un fallo hecho público hoy, absuelve a los otros dos vicepresidentes, Armando Sala y Ángel Martínez, y a todos los miembros del consejo de administración, para los que se pedía dos y tres años de cárcel por un delito de apropiación indebida. Además, el tribunal también absuelve a los que fueran consejeros de la caja de ahorros: Aniceto Benito, Natalia Caballé, Natalia Ferrando, José García Gómez, Jesús Navarro, Manuel Navarro Bracho, Benito José Nemesio, Raquel Páez, Ginés Pérez Ripoll, Salvador Quiles, Elia María Rodríguez, José Rovira y Ángel Óscar Estrada.

La resolución de la que ha sido ponente el magistrado Jesús Angulo acoge el planteamiento que defendió el fiscal Anticorrupción Felipe Briones, quien no retiró la acusación para ninguno de los 21 acusados pero al elevar sus conclusiones a definitiva, planteó que los ahora absueltos fueran exonerados de toda responsabilidad en el cobro de los emolumentos. Solo en el caso de los exvicepresidentes Ángel Martínez y Armando Sala el tribunal no sigue la tesis del fiscal, quien había pedido su condena.

La sala acuerda también que los 600.000 euros se devuelvan al Sabadell. En el acuerdo que Crespo alcanzó con la Fiscalía para evitar su ingreso en prisión, el empresario ilicitano ya aceptó la devolución del dinero en cuatro cómodos plazos.

La sala impone a Crespo los 9 meses de prisión acordados, pero eleva la pena a dos años y medio en el caso de López Abad, a quien se le acusaba de idear el plan por el que el presidente cobró indebidamente esas dietas.

En el caso de los miembros de la comisión de retribuciones y de José Forner, la pena es de un año y medio de prisión. La resolución es recurrible ante el Tribunal Supremo.

En el caso de Crespo se trata de su primera condena por su gestión en la caja de ahorros, pero Roberto López suma su segunda después de los tres años a los que fue condenado por el falseo de las cuentas de la entidad, una resolución que está recurrida al Supremo. Además, al exdirector general le quedan varios asuntos penales más pendientes en la Audiencia Nacional.

Se da la paradoja de que quienes no cobraron las retribuciones han sido condenados a una pena mayor (dos años y medio, y año y medio) que quien las percibió (Modesto Crespo, 9 meses).