La economía alicantina ha sido impulsada en los dos últimos trimestres por la construcción y servicios asociados, mientras que los servicios financieros están en caída, por lo que, aproximando la ley grandilocuente al terreno real, al parecer, Alicante tiene un tejido en el que se aplica la ley de forma directa e inmediata. Sin embargo, las pymes de nuestra provincia no están poniendo sus mayores esfuerzos en la aplicación de estas medidas. Si bien el sector inmobiliario ha comenzado su adaptación de procesos al control también deberían hacerlo todas las entidades afectadas por la ley y no solo por disposición legal que contempla un régimen sancionador importante -60.000 euros de multa por una infracción leve-, sino por salud interna y por recomendación del Servicio Ejecutivo para la Prevención del Blanqueo de Capitales (SEPBLAC).

El grado de exposición al riesgo, el sector de actividad en el que operan y las distintas posibilidades de introducción de fondos en el sistema legal en función de dicha actividad son los parámetros con los que la ley regula su diferente grado de aplicación desde el régimen simplificado al reforzado para sectores tan dispares como bancos, aseguradores, notarios, abogados, asociaciones, promotores inmobiliarios o casinos. Lo relevante de este nuevo sistema es su naturaleza preventiva y colectiva; todos los sujetos obligados participan de la prevención mediante la aplicación de los sistemas de control interno, entre los que se encuentran algunos tan sencillos como no entablar relación con aquellos clientes cuya identificación no esté lo suficientemente acreditada en el sentido que exige la ley.