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«¿Cómo hago para fichar?»

Unos 230 representantes de empresas de la provincia participan en un encuentro sobre la implantación del registro de jornada laboral, que ha generado gran inquietud y dudas entre las pymes

Un momento de la sesión sobre el registro de la jornada laboral organizadas por Clavei en IFA. Antonio Amorós

A partir de este domingo, un inspector de Trabajo puede presentarse en cualquier empresa de España y de la provincia y requerirle el registro diario de la entrada y salida del trabajo de cada uno de sus empleados, firmado por ellos. Es una obligación establecida en un real decreto aprobado por el Gobierno antes de las elecciones, en lo que se vinieron en denominar los «viernes sociales», con el que se pretende luchar contra el fraude laboral y controlar las horas extraordinarias. Hace dos meses que se aprobó, pero sigue generado una gran inquietud y muchas dudas, especialmente en las pymes, pese a la cercanía de su entrada en vigor. Quieren saber cómo se tiene que fichar en el caso de compañías que tienen comerciales, trabajadores desplazados en el extranjero o que viajan fuera de nuestras fronteras, y en el de los transportistas. Aunque también hay cuestiones que tienen poco claras respecto a las paradas intermitentes durante la jornada (cafés, desayunos, comidas, incluso el tiempo de salir a fumar...) que se realizan en el centro de trabajo. Unos aspectos estos últimos que suelen estar estipulados en los convenios o acuerdos con las empresas en los epígrafes referidos al cómputo de la jornada laboral, según subrayan algunos expertos.

El tiempo efectivo de trabajo

«Hay mucha incertidumbre y la principal duda de las empresas es cómo identificar el tiempo que no es efectivo de trabajo», trasladaba Vicente Ballester, socio director de Clavei, que, junto a su partner Wolters Kluwer, distribuidor de soluciones informáticas, organizó ayer en IFA una jornada informativa sobre la nueva norma. Un acto en el que también intervinieron Vicente Cantó, jefe de la Inspección de Trabajo en Alicante; Bernart Salgado, de Wolters Kluwer, que explicó algunas de las soluciones que han diseñado para la gestión del área laboral, que incluye el control horario; y Javier Sola, del despacho de abogados Cuatrecasas, quien insistió en que hay especificidades en algunos sectores que sería conveniente que se desarrollasen en un reglamento posterior, «como parece que así va a ser», apuntó. «La norma es muy concisa. Sería necesario una guía sobre lo que hay que hacer», señalaba después del acto Concepción Martínez, responsable del área laboral de la consultora ilicitana Gesem.

Un auditorio repleto, con más de 230 personas y una lista de espera de 60, da idea del interés, aunque también de la inquietud y la incertidumbre, que ha generado en las empresas alicantinas la entrada en vigor de la norma. En las jornadas representantes empresariales y de asesorías de la provincia plantearon las principales dudas sobre el registro.

Registro manual o telemático

El documento puede ser manual (soporte de papel) o telemático, a través de apps de móviles; de huellas digitales o de códigos en los ordenadores que marcan la hora de fichar cuando el trabajador enciende el dispositivo. Sistemas que ya aplican las grandes empresas, sobre todo las industrias. En su intervención, el jefe de la Inspección de Trabajo de Alicante insistió en que la tarea de los técnicos empezará a partir del día 12. «No tengo instrucción de demora alguna. Y lo haremos como lo venimos haciendo desde 1906 en todas las áreas en que trabajamos», señaló Vicente Cantó. Los inspectores pedirán los registros diarios de entrada y salida del trabajo de cada empleado, que, además, las empresas deberán guardar durante cuatro años.

Tienen que «vigilar que se cumplen las jornadas establecidas en los convenios colectivos», añadió. El registro «no debe suponer una novedad. No es una herramienta que vaya a modificar el concepto de tiempo efectivo, que es el que fija el Estatuto. Si antes la empresa venía considerando tiempo de trabajo distintos momentos de la jornada, tiene que seguir haciéndolo ahora», explicó a este periódico Cantó antes de las jornadas. Para la Inspección, además, ya hay experiencia, «dado que este requisito es obligatorio desde 2013 para las jornadas a tiempo parcial». Cantó insistió en que «es una herramienta más, que contrastaremos con el resto de comprobaciones». En caso de infracción, las empresas se exponen a multas que van de los 626 euros hasta más de 6.200.

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