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¿Prestamistas o usureros?

La falta de regulación y las nuevas tecnologías facilitan la expansión de toda una industria centrada en conceder créditos rápidos para personas en apuros a intereses estratosféricos

¿Estaría usted dispuesto a contratar un crédito con una tasa de interés del 35% mensual, es decir, con un TAE del 3.752%? Pues sólo el año pasado se cerraron en España alrededor de 1,5 millones de operaciones con estas condiciones o unas muy similares, que son las que se corresponden con las que suelen ofrecer las empresas de micropréstamos: unas firmas que generalmente operan por internet y que conceden pequeños importes, de un máximo de 1.000 euros, a devolver en el plazo aproximado de un mes.

Son sólo una de las múltiples patas de la industria que se ha desarrollado en los últimos años alrededor de quienes necesitan dinero rápido para alguna urgencia y están dispuestos a pagar un importante sobreprecio, en ocasiones por estar excluidos de los circuitos financieros tradicionales y, en otras, las menos, por comodidad. Un negocio que, aunque siempre ha existido, ha eclosionado en los últimos años en España, al calor de la crisis, las nuevas tecnologías y, sobre todo, la falta de regulación.

Y es que, como señalan desde el Banco de España, los únicos intereses que están limitados por ley en nuestro país son los que cobran las entidades por los descubiertos en las cuentas corrientes, que no pueden superar cuatro veces el tipo legal del dinero. En el resto de casos, cualquier persona puede realizar un préstamo al interés que decida -al contrario que la captación de depósitos, la concesión de créditos es libre-, siempre que la contraparte acepte.

La única protección que le queda al prestatario es la Ley de Represión de la Usura, aprobada en el año 1908 y que ha servido para que el Tribunal Supremo anule, por ejemplo, contratos de tarjetas de crédito de tipo «revolving» que cobraban un 24,6% anual, al considerarlo excesivo. Pero el problema es que deben ser los juzgados los que determinen caso por caso si un préstamo es o no es usurario, es decir, que hay que presentar una demanda, lo que disuade a la mayoría de quienes recurren a estas fórmulas de financiación y da alas a aquellos que impulsan el negocio.

Abogados especializados como Pedro Pérez, de Pérez Cortés Abogados, o Víctor Cremades, de Adicae, llevan años denunciando esta paradoja y el desamparo en que deja a los consumidores, sin que hasta el momento ni sus quejas ni los de otros muchos hayan sevido para cambiar la legislación. «La ley es muy clara y dice que será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero, lo que encajaría con cualquiera de estos préstamos», insiste Pérez.

De las distintas modalidades de créditos rápidos que existen -hay desde firmas especializadas en financiar a personas incluidas en ficheros de morosos, hasta los que ofrecen préstamos con el coche como prenda-, son las compañías de micropréstamos las que más esfuerzos han realizado por tratar de autorregularse y diferenciarse de los que dan mala imagen al sector. «No nos gusta que nos metan a todos en el mismo saco», asegura el portavoz de la asociación que han creado estas firmas, la Aemip, Ferran Prat. Así, la organización, que según sus propios cálculos agrupa al 80% de las firmas de este tipo, ha redactado un Código de Buenas Prácticas que les obliga a ser transparentes en su publicidad o, por ejemplo, a no permitir que los clientes vayan encadenando préstamos para pagar los anteriores.

Para Prat, son una parte «muy pequeña del mercado» aunque, de acuerdo con su estimaciones, el año pasado ya movieron más de 400 millones de euros. El cliente medio suele ser un varón (60% de los casos), de entre 35 y 45 años, que solicita unos 300 euros «para una necesidad puntual» y que utiliza estos servicios a modo de «anticipo de nómina». Eso sí, quien prueba, suele repetir y la media de préstamos por cliente ronda los 3,5 anuales.

Un 85% de peticiones rechazadas

En cuanto a los elevados intereses que cobran, Prat rechaza que pueda considerarse usurarios y señala que no puede compararse con el precio de una hipoteca o de un crédito al consumo al uso porque las condiciones son distintas y también los costes de producción. «Hablamos de préstamos de muy bajo importe y a muy corto plazo, pero todos llevan una serie de gestiones, como la comprobación de solvencia, que se disparan aún más si se tiene en cuenta que el 85% de las solicitudes se deniega, por lo que no generan ningún ingreso», explica el empresario. A ello hay que sumar una tasa de morosidad que ronda el 15% y que también hay que compensar.

Así, aunque acatan la normativa que les obliga a publicitar el TAE, desde el sector se muestran contrarios a que se utilice este indicador para determinar si sus servicios son caros o baratos, ya que se trata de un índice pensado para productos de más de un año de duración, cuando los micropréstamos tienen plazos que van desde los cinco días a un mes o, como máximo, dos. «Es como si al subir al taxi te dijeran el precio de alquilar el coche todo el año, cuando sólo lo vas a usar unos minutos», insiste.

Un argumento que suelen incluir las propias compañías en sus paginas web para vencer las reticencias de los clientes y donde apuntan que las citadas tasas del 3.752% se producen porque, para el cálculo de este índice, con cada vencimiento mensual los intereses se suman al principal anterior, lo que ejerce un efecto multiplicador que, a su juicio, no es real porque no se produce.

En cualquier caso, los micropréstamos son sólo una modalidad. En los últimos años también han proliferado las firmas que conceden préstamos para aquellos que han sido incluidos en algún fichero de morosos y que, por tanto, tienen cerradas las puertas de los bancos tradicionales. En algunos casos pueden conseguirse hasta 50.000 euros aunque lo habitual es que estén limitados a unos 5.000 euros y, eso sí, tampoco es fácil conseguirlos ya que exigen contar con un avalista que, lógicamente, será quien se haga cargo de la deuda en caso de impago. Esto permite que los intereses sean más moderados y hay ofertas que prometen un TAE máximo del 18% -aún así, el doble que la media de los préstamos al consumo, que en julio fue del 7,27%- aunque pueden superar fácilmente un 40%.

Desde hace algunos años también proliferan los negocios que ofrecen liquidez con el automóvil como aval, sin tener que renunciar a su uso. En estos casos, el importe máximo suele corresponder con un porcentaje de la tasación del vehículo -dependiendo del operador, entre un 40% y un 60%- y los plazos de devolución van de los seis meses a los tres años, con TAE a partir del 20%. Una derivada que ha surgido para esquivar posibles denuncias por usura son las compañías que ofrecen comprar el automóvil con una opción de recompra para el cliente en un plazo, por ejemplo, de seis meses, en los que el usuario debe abonar un alquiler -que sustituye a los intereses- si quiere seguir circulando con el vehículo. El problema es que esto dificulta saber el precio final que se abonará por el servicio.

Un agravante

El abogado Víctor Cremades apunta que este tipo de préstamos no suelen ser los que genera la trampa de endeudamiento en la que se ven atrapados muchos ciudadanos, sino más bien un síntoma. «Es el cartucho al que suelen recurrir quienes ya tienen problemas por una deuda anterior, que suele ser de mayor importe y eso es lo que les obliga a aceptar estas condiciones», se lamenta el representante de Adicae. Así, frente a lo que mantienen las empresas, Cremades señala que suele ser habitual que los afectados encadenen préstamos en distintas webs para ir pagando el crédito anterior. En otras ocasiones, es el temor a dejar un impagado lo que les empuja a los brazos de los prestamistas. «La gente tiene pánico a dejar una cuota sin pagar y, generalmente, es mejor negociar con el banco», asegura el abogado, que también lamenta la dejación de funciones que, a su entender, han realizado las autonomías, a las que la legislación otorga la potestad para regular estas compañías.

La inversión alicantina del rey del crédito fácil en el Reino Unido

El millonario James Benamor es el principal inversor de Money Mas, que regenta su tío Tarek Benamor

La mayoría de usuarios e, incluso, de quienes trabajan en los diferentes negocios del centro comercial Torre Golf de Alicante desconocen que en la planta alta del complejo tiene su sede desde el año pasado Money Garantizado, una firma especializada en la concesión de préstamos online para personas incluidas en los ficheros de morosidad. Una de tantas compañías del sector de no ser porque su principal inversor es la firma Richmond Group, perteneciente a James Benamor, un mediático multimillonario, considerado uno de los reyes del crédito rápido en el Reino Unido, como desvelaba esta semana El Confidencial.

Los motivos de esta ubicación, sin embargo, tienen poco que ver con razones de mercado o de oportunidad de negocio, sino más bien con los lazos familiares. Al frente de Money Garantizado, que opera con la marca Money Mas, está Tarek Benamor, tío del empresario británico, que señala que Richmond Group es sólo el inversor, pero que la compañía funciona de manera totalmente independiente y que la elección responde únicamente a que es la ciudad donde reside con su familia, según apunta a través de un cuestionario que accede a responder por correo electrónico.

En cuanto a las críticas que desatan este tipo de negocios, Benamor señala que sólo tratan «de dar respuesta a una cuestión ignorada por otras entidades. Nosotros arriesgamos en estas operaciones, pero también atendemos a aquellos que nadie atiende, cubrimos una demanda del mercado». Así, también rechaza que sus intereses -ofrece créditos de hasta 5.000 euros con una TAE del 49,9%- sean altos. «Depende de con quién nos comparen y cómo se utilice el dinero. Hacemos que los préstamos sean posibles para la gente común que está siendo excluida por los bancos. Sin nosotros, nuestros clientes sólo tendrían préstamos rápidos con un interés del 100% o más al que recurrir», insiste el empresario. De momento, al cierre del año pasado, tenía concedidos créditos por 14,3 millones.

¿Quién puede prestar dinero?

En España, cualquier persona o empresa puede realizar un préstamo a otro. Al contrario que la captación de depósito, que exige tener ficha y estar supervisado por el Banco de España, esta actividad no necesita de ninguna autorización.

¿Existe algún límite para los intereses que se cobran?

La normativa no establece ningún límite máximo a priori para el tipo de interés de los préstamos. La única protección para el consumidor en este aspecto es la Ley de Represión de la Usura, que data de 1908, pero debe ser el afectado el que reclame en el juzgado si considera que su préstamo es usurario.

¿Cuándo se considera que se produce usura?

La ley señala que «será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero», lo que abre la puerta a la interpretación. Por ejemplo, la Asociación de Empresas de Micropréstamos señala que, para determinar si se incumple la ley, hay que comparar con productos similares. Es decir, un micropréstamo sería usurario si su interés es mucho más elevado que la media de los micropréstamos. Abogados especializados como Pedro Pérez, sin embargo, señalan que es usurario cualquier crédito con un interés superior a la media del sector.

¿Se piden muchos créditos rápidos?

De acuerdo con Aemip, por motivos culturales, España no es un país donde se pidan un número elevado de micropréstamos ya que, a diferencia de otros países del norte de Europa, aquí se suele recurrir más a la familia en caso de necesidad económica. De esta forma, el mayor negocio para estas firmas está en Reino Unido, Escandinavia o en los países de Europa del Este.

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