Buenos días. Los trabajadores de mi empresa que llevan 6 meses en ERTE, ¿Les corresponden 30 días de vacaciones al año, o los meses en ERTE que no trabajan no les corresponde vacaciones?

Durante el ERTE no se genera derecho a vacaciones.

Buenas tardes. Estoy en ERTE desde el 23/03 y en teoría me ampliaron el ERTE hasta el 1/10 pero ahora en la página del SEPE resulta que estoy en ERTE hasta el 30/07. Me acaban de llamar para firmar la finalización del contrato el 30/08. ¿En teoría el contrato se tendría que haber ampliado 2 mes y medio? ¿Por qué ya no resulto en ERTE? ¿Es un despido improcedente? Muchas gracias por vuestro servicio!

Su contrato debe ampliarse el mismo tiempo que ha estado en ERTE. Si finaliza antes es un despido. En cuanto a lo que figura en SEPE puede ser un error. De no serlo y deberse a que la empresa le dio de alta, debe pagarle la empresa su salario a partir de dicha alta.

Buenos días. Una trabajadora de nuestra empresa ha recibido ahora una carta de denegación de la prestación del ERTE presentado por haber puesto que la reducción era del 75%. La empresa puede hacer algo al respecto para modificar este porcentaje al 70% y que le puedan validar la prestación? Muchas gracias

Les recomendaría alegar que es un error y que era del 70%.

Buenos días, les escribo porque he visto sus aclaraciones sobre el tema ERTE al resto de personas. Mi duda es saber ¿si yo pido la baja voluntaria tengo que devolver el dinero recibido durante el estado de alarma? Mi compañera de trabajo y yo tenemos un proyecto en hostelería y mi jefe dice que el no puede despedirnos porque el tendría que devolver el dinero de todas mis compañeras (4).

Efectivamente, si su Jefe les despide, tendría consecuencias negativas para la empresa. Si ustedes se dan de baja voluntaria no hay problema alguno con todos los cobros y derechos del ERTE hasta ese día de salida voluntaria de la empresa.

Hola buenas tardes. Mi pregunta es: actualmente estoy en un Erte desde el dia 14/03/2020 por fuerza mayor. Mi empresa dejó trabajando a dos compañeros. ¿Puede la empresa dar vacaciones a dichos compañeros y cubrir estos puestos con nuevos trabajadores y mantenerme a mi en el Erte? Saludos

Sí es factible si entiende que los puestos deben ser cubiertos por trabajadores con especialidad propia de los que han salido de vacaciones. Tenga, además, en cuenta, que es meramente temporal.

Hola los meses que he estado en el Erte ¿los puedo juntar con los que tenia cotizados para echar el paro o no sirven?

La prestación que reciben los trabajadores afectados por el ERTE no consume las cotizaciones, por tanto, no se tienen en cuenta a efectos de cotizaciones para futuras prestaciones por desempleo.

Hola buenas tardes, ante todo muchas gracias por resolvernos las dudas que tenemos referidas a los ERTE. Mi situación es la siguiente:El día uno de abril fui incluido en un ERTE por fuerza mayor, fue parcial, no se aplicó a todos los trabajadores ni en todos los departamentos.El día uno de julio me incorporé de nuevo al trabajo, a día de hoy aún quedan en ese primer ERTE algunos compañeros que no se han incorporado.La empresa está sopesando realizar un nuevo ERTE, en este caso sería por causas económicas y ya me han comunicado que de ser así yo volvería a estar incluido en ese nuevo ERTE.Mi pregunta es si es obligatorio que sea yo el que pase a este nuevo ERTE por causas económicas y no otro de los compañeros que no estuvo incluido en el ERTE por fuerza mayor. La empresa me dice que obligatoriamente tengo que ser yo, ya que aún siguen incluidos en el ERTE de fuerza mayor algunos compañeros y por lo tanto tengo que ser yo sí o sí.Este punto no lo tengo muy claro, ya que si es un ERTE distinto yo entiendo que podría incluirse a cualquier otro trabajador y no al que ya estuvo en el primero.Evidentemente es una apreciación mía, ya que desconozco la respuesta y por eso recurro a ustedes. Como les indico la empresa me dice que tengo que ser yo si o si, pero tampoco me aporta nada que justifique esa postura, lo único que me dicen es que al seguir aún bastantes compañeros del ERTE por fuerza mayor sin haberse incorporado necesariamente debo ser yo de nuevo, por eso agradecería muchísimo su ayuda .Muchísimas gracias de nuevos y saludos.

La empresa es quien decide, con la base fáctica y prueba correspondiente, sobre el nuevo ERTE. Nos parece que los razonamientos que le da su empresa son correctos.

Buenas tardes, mi marido trabaja en una empresa de servicios que presta el servicio de información en el aeropuerto, y desde el 10 de abril de 2020 está en ERTE practicamente el 100% de la plantilla (entre ellos mi marido), excepto unos pocos que no han dejado de trabajar nunca para cubrir los servicios mínimos del aeropuerto.Actualmente, agosto de 2020, el aeropuerto ha aumentado notablemente su actividad pero la empresa de mi marido no saca a sus trabajadores del ERTE, a pesar de que el aeropuerto se lo ha pedido, porque a la empresa le compensa más pagar las sanciones que le está imponiendo el aeropuerto que los sueldos de sus trabajadores que tendrían que volver al servicio.Da la casualidad que esta empresa de servicios termina su contrato con el aeropuerto el 30 de septiembre de 2020, y, en condiciones normales, tendría que subrogar a sus empleados a la nueva empresa de servicios que entre a prestar el mismo servicio, pero al estar casi todos ellos en ERTE no sabemos lo que va a pasar.

1) ¿Pueden subrogarse los empleados de una empresa a otra aun estando de ERTE, o se considerará extinguido el contrato para todos los empleados y se quedarán en la calle? Pueden y deben subrogarse.

2) En este último caso, ¿tienen mi marido y sus compañeros derecho a que les indemnicen conforme a su antigüedad en el servicio, y si no lo hacen emprender acciones legales? Si no les subrogan, deben demandar.

3) Por otro lado, ¿puede que, aunque finalicen su servicio en el aeropuerto, los empleados sigan perteneciendo a la empresa y ésta les tenga que reubicar en otro lado? También sería posible.

Buenos días Estoy en ERTE reducción de jornada desde el 14/3/2020. Mi % de ERTE es 38% por lo que el otro 62% sigo trabajando para la empresa. Trabajo TODOS los días al 62% de la jornada los 30 días.La empresa ha estado notificando 18 días con código 3 y 12 días con código 1. SEPE me ha estado pagando 12 días * 17,88€ que es mi base reguladora ya que tengo más de dos hijos (38%*1411/30).El resultado es que estoy cobrando 12 días (que es el 38% de los 30 días de mes) * 17.88€ que es 38% de los 1421€/30 días. Esto hace que se me esté haciendo el 38% del 38% y esté recibiendo mucho menos de lo que me tocaría.He tenido dos reuniones con SEPE en Vilanova y me han dicho que la empresa tiene que comunicar todo el mes, del 1 al 30, con código 1 para que el sistema entienda que estoy en ERTE todo el mes. La gestoria que lleva estos temas dice que es erróneo y no puede hacerse así.Llevo así, y casi toda la plantilla, 5 meses. Marzo y abril cobré bien, según SEPE porque la gestoría no había mandado los datos. Una vez vistos los datos es como si solo tengo derecho a ERTE 12 días y No es verdad.¿Que tengo que hacer ahora? Llevo así casi 6 meses y no parece que vaya a cambiar.¿Como tiene que gestionarse los códigos? Es como el SEPE me ha dicho dos veces? Porque la gestoría reitera que va en contra de la ley.Le agradecería una pronta respuesta.

Es imposible una contestación precisa sin más datos. En todo caso, puede reclamar ante el SEPe si entiende es incorrecto.

Buenas tardes. Mi empresa ha decidido mandarme al ERTE a media jornada y la otra media jornada la estoy trabajando a 4 horas. Mi pregunta es cómo se desglosa mi sueldo si yo ganó 1350 € y de sueldo base tengo 1031 € y hasta el resto es de incentivos. ¿Cómo lo voy a percibir? Muchas gracias.

Es imposible contestar sin conocer un desglose más detallado y preciso. En todo caso, usted debe percibir el 70% de la mitad de su base reguladora a efectos de cotización a SS.

Buenas tardes. El día 06/06 acabo mi baja por maternidad y me metieron en ERTE. Cuando me incorporé al trabajo, ¿cuántos días me deben de quitar de la lactancia? Gracias.

El permiso de lactancia regulado en el art. 34.7 del ET da derecho a un hora de ausencia del trabajo, hasta que el menor cumpla nueve meses. Si pretendes solicitar la acumulación del permiso en jornadas completas, una vez reincorporada al trabajo después del ERTE, has de calcular los días que has generado de derecho hasta que el bebé cumple 9 meses. Se deben coger todos los días laborables (sin festivos ni vacaciones) desde la incorporación al trabajo hasta el día antes que el bebé cumpla 9 meses, y contar 1 hora cada día, pasando esas horas a días según la jornada que tengas, así tendrás los días que has generado de derecho.

Buenas tardes. El 15/2/2020 empecé una prueba de 15 en un hotel como camarera de pisos. Pasé la prueba , y me hicieron un contrato 1/3/2020 hasta 31/10/2020. Una de mis preguntas es: ¿me tienen que alargar el contrato ya que la empresa presentó un Erte desde el 18/3/2020 hasta el 30/6/2020? Segunda pregunta yo trabajo según convenio y es de media jornada de 4 horas y dos dias libres a la semana. ¿Cuánto me tendrían que pagar de finiquito?

El contrato se debe alargar temporalmente por el mismo tiempo que ha estado en ERTE. En cuanto a que le corresponde es imposible responder sin tener contrato y nómina y excede de este tipo de consultas.

Hola buenos días, mi consulta es la siguiente. El 14 de Marzo fuimos incluidos algunos trabajadores en un Erte de fuerza mayor. Solamente se quedaron trabajando la directora y la subdirectora, esta última con reducción de jornada. A principios de agosto nos incorporamos a media jornada, pero el 18 de agosto nos han vuelto a incluir en el Erte. (trabajamos en un tour operador alemán y debido a las advertencias del gobierno alemán no sabemos si los viajes se realizarán. Como los viajes se realizan semanalmente nos avisarán todos los viernes por si tenemos que ir a trabajar los lunes). Tengo un compañero que se encuentra en excedencia por estudios, ha estado 5 años en esa situación. En la empresa siguen trabajando la directora y la subdirectora, en este caso ambas a jornada completa. La persona que se encuentra en excedencia se tiene que incorporar en cctubre, ya ha solicitado esa incorporación. Da la casualidad de que esa persona tiene la misma categoría que la mía. Mi pregunta es, si esa persona puede incorporarse a su puesto de trabajo estando yo en Erte, porque entiendo que de momento no habría ningún puesto vacante que justificara su incorporación. Da la casualidad también de que esa persona lleva menos tiempo que yo en la empresa y aunque tenemos la misma categoría mi sueldo es superior y me temo que lo incorporen al final ya que el coste empresarial es menor el suyo que el mío.

La decisión de quien se incorpora es la empresa. No hay un criterio de antigüedad, sino de oportunidad que corresponde solo a la empresa.

Buenas tardes. Mi jefe nos obligó a trabajar el mes de mayo estando dado de alta en Erte. Yo no estaba de acuerdo y me dijeron que pida el alta voluntaria que era lo que había. Desde el primer día de trabajo no nos dotaron de ningún clase de material de protección ante el virus, sin mascarilla, sin guantes, sin gel desinfectante, sin máquina para controlarnos la temperatura. De mi dinero he tenido que comprar mis materiales de protección, pues el mes de mayo no nos pagaron ya que el Erte nos hizo el ingreso. Ellos se lavaron las manos, y más aún, la jornada de trabajo aumentó ya que tenían que cobrar ellos por que como son autónomos el estado no le iba a pagar nada. Me tuvieron trabajando de lunes a sábado, siendo de lunes a viernes mi jornada laboral.. y más aún me deben 3 sábados y un domingo trabajado desde hace 10 meses y no me los quieren abonar. Tengo contrato fijo desde diciembre del 2018, me gustaría poder denunciarlo todo esto, pero tengo temor a represalias y a que no me paguen todo lo que me deben y mi hoja para ir a cobrar el paro. Tengo miedo a quedarme en la calle, estoy a 3 semanas de tener mi primer hijo..

Tal y como comenta, su empresa está incumpliendo grave y reiteradamente sus obligaciones en materia de seguridad y salud y los trabajadores pueden exigir que se cumplan, al igual que los salarios pendientes y hacer horarios acordes al de contrato y convenio. Si usted reclama no tiene, desde el punto de vista legal, ningún perjuicio. Otra cuestión es que la empresa decida despedirlo sí o sí, aún de manera improcedente. En este caso, usted tendría derecho a una indemnización por dicho despido a razón de 33 días por año trabajado, más finiquito más derecho a prestación por desempleo o paro.

Me gustaría saber porque no me pagan si estoy en un ERTE. Me han denegado la solicitud por este motivo: 1º está vd. desempeñando un trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, en el momento de la situación legal de desempleo. Estoy trabajando en dos empresas una con 40 horas y otra con 10 horas, y me han denegado la de 10 horas. Si mi empresa paga mi cotización como todas, ¿por qué no tengo derecho a la percepción?

La decisión del a administración es correcta. Si usted trabaja 40 horas efectivas no tiene derecho a percibir prestación por ERTE de la segunda empresa.

Buenas noches. Estoy en la directiva de un club de natación, en el que tuvimos a nuestro entrenador en Erte desde el inicio del estado de alarma hasta el 3 de agosto. Momento en el que volvimos a la actividad al abrir de nuevo la piscina municipal. Hemos vuelto con Erte parcial del entrenador. Ahora el entrenador solicita disfrutar los días de vacaciones generados desde el 1 de enero hasta el 31 de agosto, durante el mes de septiembre. La cuestión es que no tenemos muy claro si podemos contratar un sustituto en las mismas condiciones durante esos días de vacaciones o por el contrario tenemos que cesar la actividad mientras los disfruta.

Las vacaciones deben ser pactadas. Salvo que el convenio colectivo diga otra cosa, si no hay acuerdo, la mitad la decide la empresa y la otra mitad el trabajador.

Buenas tardes, mi consulta es si al estar en Erte puedo pedir baja voluntaria, y si es así saber si sigo teniendo el derecho de recibir el finiquito, ya que he avisado con antelación de 15 dias para la baja voluntaria.

Si usted pide baja voluntaria le liquidarán salarios pendientes y vacaciones pendientes, si los hubiera. No hay derecho a indemnización estrictamente, pues es usted quien decide libre y unilateralmente su salida de la empresa.

Buenas tardes me dirijo a ustedes a ver si me pueden aclarar una duda. Estoy en un ERTE de fuerza mayor desde el día 13 de marzo. La empresa ha rescatado a todas las trabajadoras menos a mí. Yo vivo en Madrid y he viajado a Almería a pasar unos días en casa de un familiar. Mi pregunta es si la empresa decide levantarme el ERTE con cuántos días me debe de avisar ya que yo no dispongo de coche ni de carnet de conducir y tengo que viajar en transporte público y en la zona que estoy solo hay servicio los fines de semana. También me gustaría saber la forma en la que la empresa tiene que notificarme la incorporación.

Usted debe acudir en el tiempo razonable según su ubicación actual. Es decir, si le avisan de un día para otro y no hay forma de trasladarse según nos indica, pues debe indicar que se podrá incorporar el día XXX por el motivo señalado dificultad de transporte. No hay un plazo de preaviso ni un plazo fijo de incorporación, han de usarse criterios razonables. La forma de comunicar el ERTE es indiferente: en email, un mensaje, whastapp, llamada€.

Buenas tardes. Mi empleador me ha pedido que me reincorpore al trabajo de la noche a la mañana, sin embargo no se comunicó conmigo desde que empezó la cuarentena, hasta ahora. Supuse que no iba a reaperturar por lo mismo y que les convendría que sus empleados se mantenga en Erte. Por motivos familiares urgente, he tenido que viajar y no puedo reincorporarme. Solo opto por tres opciones; que mi empleador me despida o culmine mi contrato, o que presente mi baja voluntaria. La pregunta es la siguiente. ¿Qué debería hacer para seguir recibiendo Erte o poder ir al paro? Gracias.

Si usted se da de baja voluntaria no podrá acceder al paro.

Buenos días. Tengo un contrato de 20 horas y mi empresa me sacó parcialmente del ERTE (10 horas). Ahora tengo una nueva oferta de trabajo y me gustaría aceptarla y compaginarla con mi otro trabajo. ¿Puedo aceptar el otro trabajo estando en ERTE parcialmente?¿Hasta cuántas horas semanales puede ser el otro trabajo para compaginarlo?¿Si la primera empresa me quiere sacar del ERTE, tengo que dejar el segundo trabajo? Mi contrato con la primera empresa termina en 2 meses, ¿puedo quedarme en la segunda empresa?

Usted puede compatibilizar ambos trabajos, con un máximo de trabajo de 40 horas semanales. Usted si lo desea puede, estando en ERTE, dejar la primera empresa y continuar solo en la segunda. Es su derecho.

Buenas, soy camarero en el aeropuerto de Málaga. Actualmente UGT en mi localidad me dice que solo con cita de a saber cuando me atenderan telematicamente y resulta que mi empresa dedicada a la hosteleria ha llamado a 9 compañeros a media jornada, sin sacarlos al 100% del Erte, pero ha llamado solo a dos personas fijas de las 9, las otras 7 son de contrato/eventual. Espero me den algo del BOE o del Estado donde hablen de ello y podramos solucionar nuestras dudas, espero su respuesta, muchas gracias.

No entiendo bien la pregunta. En todo caso, es la empresa la que decide que trabajadores son necesarios y saca del ERTE, sean eventuales o fijos es indistinto.

Hola. Llevo desde abril en Erte porque aunque mi empresa estuvo desde marzo en Erte yo estaba de baja por ansiedad y hasta no darme el alta no me metieron. El caso es que me he quedado embarazada y estoy de tres meses y la empresa me llamado para incorporarme pero sin previo aviso. Me llamó en el mismo día para incorporarme el mismo día. Ni si quiera me llamaron de recursos humanos si no que me llamó el encargado. Trabajo para una cadena hotelera y bueno lo siguiente que hice fue llamar a recursos humanos para decirles que estaba embarazada y me dijeron que no me preocupara que me quedaba en Erte. Mi pregunta fue entonces ¿voy a la mutua o seguridad social? y me dijo no y así quedó la cosa. Mi temor es que me vuelvan a llamar para incorporarme y claro el médico no te da una baja en el mismo día tarda unos días y me da mucho mucho temor ir a trabajar embarazada con el Covid ahí fuera ya que mi empresa en su día no nos dio protección y es una empresa la cual no respeta las normas. Decir también que no soy fija si no de contrato temporal. Me gustaría saber qué hacer pero nadie me aclara las dudas.

Si le llama su empresa, debe incorporarse. En todo caso, ese mismo día acudiría al medico para baja urgente en caso de que la misma proceda médicamente. Si usted hoy está en situación de baja, lo mejor es acudir ya al médico y cambiar su situación de ERTE a situación de Baja y así evita el problema.

Buenos días. Me pongo en contacto con ustedes para solicitar información sobre una cuestión que no he visto reflejada en ninguna de las consultas y pienso que puede ayudar a gente que esté en mi misma situación.

Mi empresa, con la cual estaba a 40 horas, nos sacó del ERTE en Julio y a principios de este mes volvimos a entrar por falta de actividad. Me salió un trabajo a 20 horas la semana pasada y lo acepté. Comuniqué al SEPE y a mi empresa que empezaba un nuevo trabajo para que me hicieran la compensación del ERTE. Mi pregunta es, si me llaman de mi empresa original para reincorporarme a mi puesto, ¿debo renunciar al segundo puesto de trabajo? O por el contrario podría seguir compaginando ambos. Muchas gracias por su atención y por la labor de información que están haciendo ????

Es un tema complejo. Si le llama su anterior empresa, por supuesto puede dejar el nuevo puesto y volver. Si decide no volver y su empresa le necesita al 100% puede dar derecho a la extinción de su puesto de trabajo, es decir, a un despido.

Hola. Tengo una empresa que está cerrada temporalmente durante el crisis y el Sepe han bajado uno de mis empleados del Erte como un error. El trabajador ha pedido una cita con el Sepe pero es en octubre. ¿Hay algo que pueda hacer para solucionar esto más rápido?

Este tipo de errores se están produciendo. Simplemente puede insistir para que se solucione su problema.

Hola buenas tardes. Trabajo en un hotel como recepcionista. Desde febrero hasta mayo, que di a luz, estuve de suspensión por riesgo laboral durante el embarazo... Una vez di a luz pase a baja por maternidad hasta el día 30 de este mes que me finaliza. Cuando estuve de suspensión por riesgo laboral me hicieron firmar por correo una autorización para que la empresa hiciera los trámites del Erte.. yo les pregunté que yo estaba aún de baja y ellos me contestaron que daba igual...que era para que cuando terminase la baja me metiesen en el Erte directamente. La cuestión es que me llamaron hace unos días y me dicen que tengo que pasar por la empresa antes del día 30 que me finaliza la maternidad para firmar lo del Erte. ¿Porque tengo que firmarlo si se supone que di mi consentimiento cuando me enviaron el correo justo cuando empezó lo del Erte?

Al inicio de la tramitación, todos los trabajadores o sus representantes son comunicados sobre el ERTE, etc. Imagino que se debió a ese extremo. Desconozco el motivo ahora, pero simplemente debe leer aquello que le indican que firme para asegurarse de lo que se trata.

Hola, mi empresa me rescató del ERTE el miércoles día 5. Llevo 6 años echando 10 horas al día, 24 días al mes, y cuando entro el día 5 me dicen que ahora tengo que echar 14 horas como todos los camareros. El lunes día 10 tuve un ataque de ansiedad y pedí la baja, y hoy sábado día 15 me dicen que la baja la lleve al SEPE, por que ellos no han comunicado al SEPE que me han rescatado y no se hacen cargo de mi baja. Que tienen 15 días para comunicar que me han rescatado y en mi caso no lo van a hacer.... qué puedo hacer en este caso? Voy al SEPE a denunciar esto o que hago? Muchas gracias.

Pues usted debe comunicar al SEPE y a Seguridad Social lo ocurrido, pues realmente le corresponde a usted una baja laboral y no continuar cobrando la prestación del SEPE por ERTE.

Estaba trabajando con un contrato de sustitución por IT. La persona sustituida se reincorporó y yo seguía con el mismo contrato. Avisé 3 semanas después de la reincorporación de la trabajadora sustituida del hecho y se dieron cuenta por lo cual me hicieron un contrato con fecha desde el 3 de enero (fecha de la reincorporación de la persona sustituida) hasta el 3 de abril este contrato se firmó el 4 de febrero. Se declaró el estado de alarma y yo estaba de baja por lo cual me incluyeron en el ERTE con fecha 4 de abril. Aún continúo en ERTE hasta el 2 de octubre y la empresa me paga el 5% como al resto de trabajadores. Así que no entiendo mi situación sigo en ERTE y con contrato finalizado.Gracias un saludo.

Cuando se inició el ERTE, los contratos temporales se congelan (quedan temporalmente suspendidos). Una vez finalizado el ERTE se prolongan hasta le tiempo que les quedaba para que se cumpliese el tiempo inicialmente pactado.

Buenos días,Me gustaría hacerle una consulta, mi categoría profesional es la de CAMARERA. Me encuentro en situación de ERTE desde el pasado 15 de marzo. Mi pregunta es, ¿podría darme de baja voluntariamente? Me están llamando para trabajar en la Administración mediante bolsa de trabajo y me gustaría poder aceptarlo.Muchas gracias por su atención.Un saludo.

Usted puede darse de baja voluntaria y aceptar el nuevo puesto. O bien simplemente aceptar el nuevo puesto, comunicarlo al SEPE y si acaba su trabajo nuevo y al hacerlo, su primera empresa siguen en ERTE, usted puede volver al ERTE, pero repito, si no se da de baja voluntaria.

Buenos días. Soy fija discontinua y mi empresa entró en ERTE antes del covid por reforma y ahora se ha acogido al ERTE del covid, a mi me están ofreciendo un trabajo pero me han dicho que si cojo el trabajo ofrecido pierdo todos los derechos que tengo con mi empresa. Inclusive tendría que firmar mi baja voluntaria ya que me meto en otra empresa sin respetar el ERTE de mi empresa... Me gustaría saber si eso es cierto, si perdería todos mis derechos de fija discontinua o si podría entrar a trabajar con la nueva empresa y mi empresa están obligados a respetar tanto mi antigüedad como a llamarme para entrar a trabajar.

Si a usted le ofrecen otro trabajo y no quiere perder el derecho o derechos de su anterior empresa, NUNCA DEBE DARSE DE BAJA VOLUNTARIA. Simplemente inicia el nuevo trabajo y lo comunica al SEPE. Si le llama su anterior empresa y no se incorpora, la empresa podrá darle de baja voluntaria. Si le llama su anterior empresa y está trabajando en la nueva, usted puede también volver a la anterior. Si usted deja de trabajar por cualquier motivo en su nueva empresa y la anterior sigue en ERTe, usted puede, de nuevo, entrar en ERTE.

Buenos días,Estoy en un ERTE de suspensión total de 4 meses. Los últimos 15 días me van a sacar para trabajar a jornada completa pero después es posible que tengan que hacer otro ERTE nuevo diferente y de nuevo meternos a toda plantilla hasta enero o febrero...Mi pregunta es... Al volver a trabajar durante 15 días y que me metan en nuevo ERTE diferente... ¿Comenzarían a contar de nuevo los 180 días de cobro al 70% de la base o continuarían los días del anterior ERTE y por tanto me quedarían solo un par de meses al 70 y me bajarían al 50?Un saludo y gracias de antemano.

No es sencillo, pero si es un nuevo ERTE, totalmente nuevo y con motivación diferente, el contador se pone de nuevo a cero. Pero debe ser realmente nuevo para que el SEPE no considere que es una especie de fraude para generar nuevos derechos.

Buenas tardes. Mi pregunta es sencilla y a la par complicada.Hace un mes solicite el paro, el funcionario del SEPE de Toledo me informa que me faltan 8 días para tener derecho al cobro de la prestación por desempleo. Posteriormente, he tenido dos contratos como interino durante 21 días. Vuelvo a tramitar la prestación y recibo como respuesta que me faltan tres meses para tener derecho ya que el tiempo que estuve en un ERTE, no se tiene en cuenta para el derecho a la prestación.Por ello quisiera saber, si los tres meses que he estado en un ERTE, estos meses como cotizan a la seguridad social, también al derecho a prestación por desempleo o no lo hace.Muchas gracias.

Durante el ERTE, efectivamente, sí se cotiza a Seguridad Social, pero no al desempleo.

Buenos días. Llevo trabajando para una empresa de construcción desde enero del 2020. El 18 de marzo se inició el ERTE que sólo me afectó cerca de 1 mes aproximadamente. Luego me incorporé a la normalidad laboral.Quisiera dejar mi actual empresa porque quiero hacerme autónomo a partir de septiembre, y mi actual empresa me comenta que debo esperar a Octubre por el tema del ERTE. Encuentro que no es así, es decir, si deseo irme, a la empresa no le causo ningún problema legal en cuanto a las subvenciones que reciben por el ERTE en cuanto a las cotizaciones de seguridad social .¿Estoy en lo cierto? Agradecería si pueden orientarme, gracias.

Si usted se da una baja o cese voluntario, no afecta negativamente a su empresa actual.

Buenos días. Pregunto por mi pareja, conductor de autobús.La empresa está en ERTE desde el coronavirus, lo han vuelto a llamar para hacer un servicio de un solo día avisándolo a las 15 del día anterior por las 9 el día siguiente. ¿Es legal eso? ¿Existe por ley un tiempo mínimo por avisar de la reincorporación temporal al trabajo? (24 horas, 48 horas....) Porque de esta forma uno vive esperando o en el miedo de un despido. Había leído que estando en ERTE es posible desplazarse pero ¿con qué seguridad de no ser despedido? ¿O hay que informar a la empresa si uno se desplaza?Muchas gracias.

No hay criterios fijos para esta situaciones. Todo debe estar dentro de criterios de razonabilidad. Por supuesto que el trabajador no ha de informar a la empresa donde está cada momento o si viaja o no. Pero en el caso de ser llamado y estar fuera, de viaje por ejemplo, es razonable comunicar a la empresa que no puede incorporarse hasta el día XXX por estar fuera en viaje contratado y pagado, por ejemplo. Eso jamás daría pie a un despido procedente. Repito, todo con criterios de razonabilidad, lógicos.

Estaba trabajando con un contrato de sustitución por it . La persona sustituida se reincorporó y yo seguía con el mismo contrato. Avisé 3 semanas después de la reincorporación de la trabajadora sustituida del hecho y se dieron cuenta por lo cual me hicieron un contrato con fecha desde el 3 de enero (fecha de la reincorporación de la persona sustituida)hasta el 3 de abril este contrato se firmó el 4 de febrero. Se declaró el estado de alarma y yo estaba de baja por lo cual me incluyeron en el erte con fecha 4 de abril. Aún continúo en erte hasta el 2 de octubre y la empresa me paga el 5% como al resto de trabajadores. Así que no entiendo mi situación sigo en Erte y con contrato finalizado.Gracias un saludo

Su situación puede ser un error del SEPE y lo más probable es que, cuando se detecte, le reclamen lo percibido de forma indebido. Creo debe regularizar su situación cuanto antes.

Buenas tardes, estoy en un ERTe y mi empleador me ha pedido que regrese en 3 semanas a laborar pero me encuentro de viaje, en el caso yo no pueda reincorporarme por temas familiares ¿me podrían despedir o tendría que renunciar? Gracias

Si su retraso es motivado y corto no. Pero si no se reincopora más allá de un plazo razonable de vuelta, si puede ser despedido.

Buenas. estoy de reducción de jornada pero me hacen trabajar la jornada completa y me descuentan la parte que me ingresa el sepe, ellos tienen forma de ver si cobro sepe con mi firma Digital y si les digo que no podría repercutirme en algo. Gracias

No entiendo su pregunta, pero lo que hace usted y su empresa es ilegal.

He estado trabajando en dos empresas. En una de ellas, "X"...15 horas semanales y en la otra "Y"... 4 horas semanales (esta empresa me puso en ERTE en marzo). El pasado 18 de junio acabó mi contrato de 15 horas semanales con la empresa "X" (fin de contrato). El pasado 30 de Junio, me hacen firmar una baja voluntaria en la empresa "Y", puesto que julio y agosto se cierra la empresa y le conviene al jefe. Le comento que no puedo firmar una baja voluntaria porque sino no puedo pedir el paro. Me asegura (por wasap) que aunque le firme la baja voluntaria, que puedo pedir tranquilamente el subsidio que me corresponda de la empresa "X" . Que se lo ha asegurado sin ninguna duda el asesor de la empresa. Se la firmo y ahora el SEPE me manda una carta certificada diciendo que no tengo derecho a subsidio alguno ni Julio, ni agosto ni sucesivos..... por haber firmado baja voluntaria. ¿Qué puedo hacer ? Hay alguna forma de reclamar o denunciar este engaño ??? Un saludo. Gracias

Desgraciadamente está fuera de plazo para reclamar por despido improcedente, por tanto, si firmó como indica no puede reclamar.

Buenos días: Estoy en situación de Erte parcial hasta el 30 septiembre, trabajando 18 horas semanales. La empresa ahora está cerrada por vacaciones. Me ha surgido un nuevo trabajo pero no puedo comunicarlo a mi empresa por estar cerrada. ¿Tengo que esperar a septiembre para ello? Si en septiembre pido la baja voluntaria y en la nueva empresa me hacen un contrato temporal con periodo de prueba, y no supero dicho periodo de prueba, ¿tendría derecho a prestación por desempleo? Gracias y saludos

Entiendo que su trabajo, el nuevo, es de como máximo 22 horas semanales. Si es asi, comience su trabajo previa comunicación al SEPE de dicha situación. Si pide baja voluntaria, no tiene derecho alguno en relación a su última empresa y para el tema de prestaciones hay que estar al cómputo de plazos legalmente exigidos.

Buenas tardes. Mi empresa me incluyó en un ERTE de suspensión de contrato, pero al mes me sacó un 50% del ERTE, por lo que cobré mitad nómina y mitad ERTE. Mi duda es la siguiente: respecto a las vacaciones, ¿cuántas me corresponden durante ese periodo que he estado 50% empresa 50% ERTE? ¿Serían 50% vacaciones o como normalmente 2.5dias/mes? Gracias.

Se resta sobre el total de horas año las que ha estado en ERTE. Es una proporción. Como ha estado a media jornada, la mitad de esos días no generan derecho a vacaciones.

Buenas noches. Estoy en ERTE desde marzo con mi empresa. Los días 28 y 29 de Julio me dieron de alta en otra empresa para un evento que no se pudo realizar. Desde entonces me han dado de baja en el ERTE con mi empresa y necesito volver a ello.Ruego que me informen que puedo hacer para solucionarlo puesto que mi empresa me manda al SEPE personalmente para poder solucionarlo. No avise al SEPE por el alta puesto que no sabía que me iban a dar de alta esos días al no estar seguros de poder celebrarse dicho evento.Muchas gracias de antemano. Espero respuesta. Un saludo.

Tal y como le dice su empresa, debe usted comunicar la baja en ERTE al SEPE y, ahora, de nuevo el alta al acabar esos dos días. Por tanto, debe usted dirigirse al ERTE vía email, carta certifidada, burofax, etc. de la manera que pueda.

Buenos días. Si estoy en un ERTE con una empresa, puedo empezar a trabajar con otra y en caso de despido podría volver a incorporarme al ERTE de la primera empresa? Como debo proceder en caso de que sí pudiera hacerlo? Muchas gracias por su atención.

Debe comunicar al SEPE la nueva contratación y cuando acabe la misma, de igual manera lo comunica al SEPE para volver a la situación de ERTE.

Buenas tardes. En marzo me hicieron un ERTE a causa del covid, yo estaba embarazada pero no me dieron baja ya que era muy pronto, empecé a cobrar el importe correspondiente al ERTE hasta fecha de hoy, pero el día 18 de mayo me tenia que incorporar a la empresa. Yo tengo una enfermedad y estoy embarazada y me dieron la baja por enfermedad común los del SPS. He estado cobrando aún estando de baja el ERTE en vez de la baja correspondiente. Hoy me he metido en la web de SEPE y me pone que tengo un cobro indebido. Me imagino que será del importe que he cobrado del ERTE ya que me tendrán que hacer el ingreso correspondiente de baja, si se me puede confirmar que es así o que es lo que hay que hacer a partir de ahora.Porque no me cuadra el porqué me tienen que quitar ahora lo que yo he estado cobrando de ERTE desde el 14/03 al 17/05. Que me quiten el ERTE de lo que he estado cobrando desde el 18/05 que yo ya estaba de baja hasta día de hoy vale, pero que me quiten lo que he cobrado de ERTE antes del 18 de mayo que empezó mi baja, no lo entiendo...Espero respuesta.

En principio sólo debería devolver el periodo de baja, pues ahí debió cobrar de la empresa y/o mutua. Puede ser un error del SEPE la petición de devolución total. Debe reclamar frente a dicha decisión.

Muy buenos días y gracias ante todo.Mi pregunta es si quiero aceptar otro puesto de trabajo estando en el ERTE y ya desde el primer momento decido cambiar por ser una mejor opción, ¿debo dar los quince días antes de empezar el nuevo para así no perder las vacaciones y pagas extras aún no gozadas en la empresa antigua (la del ERTE) en la que estoy? Gracias.

No ha de preavisar estando en ERTE. Tenga en cuenta, además, que durante el tiempo de duración del ERTE no se generan derecho a vacaciones ni pagas extra.

Hola. Quería hacer una consulta el 23 de marzo 2020 entré en ERTE de fuerza mayor me incorpore el 1 de junio. Ahora mi empresa dice que no quiere darnos las vacaciones porque estuvimos en ERTE 2 meses. ¿Pueden quitarnos las vacaciones o están obligados a darnos las vacaciones? ¿Tiene que ver algo el ERTE? ¿Cuenta como vacaciones? No sé qué hacer si me podrían ayudar para saber qué puedo hacer. Gracias.

Durante el ERTE no se generan derecho a vacaciones, pero si se generaron desde el 1 de enero y hasta el 23 de marzo, en su caso, y desde que salió del ERTE en adelante. Por tanto, de forma proporcional se reducen sus vacaciones, pero no se eliminan.

Hola. Tenía la siguiente consulta, en mi empresa estamos parcialmente en ERTE, ahora mismo estamos algunos a 24 horas, por parte del SEPE entiendo que estoy cobrando bien porque estoy cobrando 4 días (jueves viernes sábado domingo aprox 400€) y estoy cobrando el 70% de esos día, pero por la empresa por 24 horas (si el 100% cobraba 1000 €, trabajamos de lunes a viernes siempre) ahora por esas 24 horas estoy cobrando 400 €... mi consulta es que en la empresa me dicen que eso está bien porque ellos me pagan por 3 días a la semana qué son 400 € y no por el porcentaje de la jornada que seria 60% lo que corresponde a 24 horas, (ellos dividen los 1000 entre 30 y lo multiplican por 3 días semanales) obviamente salimos perdiendo, estoy cobrando prácticamente lo mismo del SEPE que de la empresa y eso que quitan el 70 %... No se como atajar estoPor otro lado nos comentan que cuando quieran nos pueden devolver al ERTE, ¿eso es cierto?

Empezando por el final, la empresa puede volver su situación a ERTE si lo motiva y lo aprueba la autoridad laboral. En cuanto a lo que cobra, como usted plantea debe ser proporcional a las horas trabajadas. Si usted trabaja 24 horas sobre las 40 semanales, debe cobrar el 60% de su salario de la empresa y el resto del SEPE.

Buenas. La empresa valoriza del aeropuerto Madrid-Barajas nos hizo un ERTE por fuerza mayor al 70% de la plantilla. Poco a poco nos hemos ido incorporando pero todavía hay 25 compañeros de ERTE. Pregunta. La empresa nos dice que mientras estemos en ERTE de fuerza mayor todos los derechos del convenio y acuerdos firmados con la empresa en el instituto laboral sobre días libres, horas de cobro y categorías quedan anulados. ¿Es cierto que se pierden los derechos firmados en acuerdos y convenios?Gracias. Un saludo.

No existe norma legal que elimine sus derechos. Salvo que la situación de COVID o ERTE las haga imposible. Debe tener en cuenta además que los derechos de descanso y vacaciones no se generan durante el periodo de no trabajo por ERTE. Al igual que pagas extraordinarias.

Buenas. Mi empresa hizo un ERTE de fuerza mayor dejando trabajando a un 25% de la plantilla. Poco a poco nos hemos ido incorporando a nuestro puesto de trabajo. El caso es que ahora la empresa nos dice que todos los acuerdos del convenio colectivo y los firmados sobre mejoras de trabajo como son horas de cobro, calendarios con nuestros días libres (firmados por la empresa) etc mejoras que se firmaron en el instituto laboral quedan anuladas por estar todavía en erte de fuerza mayor. Es la empresa la que nos gestiona todo lo que antes era nuestro. ¿ Es cierto que se pierden los derechos laborales firmados en convenio por seguir la empresa teniendo compañeros de ERTE?Gracias. Un saludo.

Ninguna norma suspende sus derechos salvo que sean material o legalmente imposibles por la situación COVID y ERTE Fuerza mayor.

Buenas tardes. Mi duda es la siguiente: Mi contrato laboral como encargado de sala en hostelería me vencía el 13 de mayo de 2020 y cumplía un año en la empresa. Desde el 14 de marzo entré en Erte total, el 12 de junio me levantaron medio Erte y trabajo 20h. Hoy día 1 de agosto me dicen que el 10 me vence el contrato, que esta última semana haré 40h y no me renuevan. Entiendo que me quedaban 2 meses, hasta mediados de agosto, que es el periodo de estado de alarma, pero cómo he vuelto a 20h no sé si es lo mismo. Ruego aclaración. Muchísimas gracias, no sabía a quién recurrir Efectivamente si al momento de declaración del ERTE le quedaba un plazo de 2 meses para la finalización de su contrato, tras el llamamiento su contrato se prolongará durante dos meses más, con independencia de la jornada que realice, siempre que se cumpla el mínimo legal del 30% de la jornada que venía realizando antes del ERTE. De este modo, tras la reincorporación Ud. seguirá parcialmente afecto por el ERTE en el porcentaje de jornada que reste. Es decir, cobrará 20 horas de la empresa y respecto de las otras 20 horas (media jornada) deberá cobrar del SEPE un 70% de la prestación.

Buenas tardes , mi situación es la siguiente. Trabajadora autónoma desde el 7 de junio 2019. En marzo 2020 una empresa quiere contratarme. Comento eso a mí gestor y me dice que es posible estar en pluriactividad . Bueno aceptado el trabajo por la empresa , decido ponerme de baja de autónomo. El gestor me dices mejor quedarse hasta cumplir un año de cotización y después hacerlo. Estado de alarma !!!! La empresa me mete en Erte y el gestor cese de actividad. Cobro 660 euro , y la de la empresa eran 1000. El gestor no me consultó. Decido que ya está con el autónomo y en junio me pongo de baja como tal. La pregunta es , tengo derecho al el Erte de la empresa ya que termina el contrato el 31 de octubre ? Madre soltera con hijo a cargo con guarda y custodia sin ingresos alguno.El SEPE nega una prestación porque resulto en Erte pero no estoy cobrando nada. Que hago ?????

Estimada, debo informarle de que la pluriactividad sí es posible y está permitida. Es decir, puede Ud. estar de alta y trabajar como autónomo y por el régimen general.

Si bien, la presentación derivada del ERTE (desempleo) es INCOMPATIBLE con estar de alta como autónomo, ya que el requisito para su cobro es estar "desempleado" y si ha permanecido de alta como autónomo se presume que no está en dicha situación de desempleo. Por tanto, es procedente la denegación de dicha prestación pese a estar formalmente afectada por el ERTE.

Por otro lado, lo mismo ocurre con la prestación CATA (prestación de desempleo de autónomo por cese de actividad de 661.-€/mes). Es incompatible con estar de alta en el régimen general y Ud. lo estaría pese a estar en ERTE.

Si hubiera causado baja en el régimen de autónomo sin cobro de la prestación sí hubiera recibido el pago del desempleo por ERTE.

Es más, si ha percibido alguna de las prestaciones es posible que le reclaman su devolución por no ser improcedente por incompatibilidad al estar de alta en ambos regímenes.

Buenas tardes! Me podríais decir cómo se devuelven los días festivos??En mi caso no estoy en erte, y mi compañera están a 36horas en tienda y 4 en erte. La empresa nos dice que no va a pagarlos mientras la empresa este en erte...si es así , tenemos la obligación de asistir a nuestro trabajo??Gracias!!Los días festivos se han de tratar con absoluta normalidad. Si en festivo antes no trabajaban, ahora tampoco. Si trabajan y se compensan, ahora se debe hacer de la misma manera.

Buenos días: Trabajo en un centro de atención a personas con discapacidad al 100% de la jornada, soy auxiliar de geriatría, y cuando decretaron el estado de alarma, mi empresa solicitó un ERTE que le fue concedido a los pocos días. Durante la crisis del coronavirus he trabajado en residencias ayudando y arrimando el hombro cuando me lo han requerido, compatibilizándolo con mi otro trabajo. Ahora me encuentro con que no me reactivan la prestación de ERTE porque el SEPE me dice que tengo suspendida la prestación porque estoy trabajando en la otra empresa (al 100% de jornada también) en la cual ya trabajaba antes de iniciar el tema ERTE. ¿Es esto correcto? Gracias.

Si usted está trabajando al 100% de jornada se suspenden los derechos económicos del ERTE. Debió comunicar esta situación al SEPE

Buenos días, He visto que en esta dirección contestan a dudas sobre los ertes. Me gustaría que me pudieran ayudar. Yo he estado en erte total desde el 14/03. Nos sacan a erte parcial el 8/06. En julio cobre esos 7 días de erte total, y el erte parcial de mi empresa hasta el día 24, ya que el 25/06 nos sacaron total. Pero me falta la parte proporcional del erte del 8/06 al 24/06 que no lo cobramos en julio. Quizá por esa modificación de erte nos lo paguen en agosto??? Gracias y un saludo!

Debieron abonárselo. En todo caso, si no ocurre así en agosto, debe reclamar el pago.

Buenas tardes. Mi duda es: me pueden subir a jornada completa (tengo media jornada) habiendo compañeros de la misma categoría (ayudantes de camareros todos) en erte aún? (Que yo sí que quiero, pero no sé si es real que se pueda) Mil gracias

Si la decisión está motivada por la empresa, la actuación es correcta.

Buenos días, llevo desde el 20 de Marzo en un ERTE y ahora me llaman para empezar mañana o pasado, pero por lo que sé de mi empresa, creo tener bastante claro que me llaman para hacer las vacaciones de los que si han ido llamando desde Mayo o los que no entraron en el ERTE, la cosa es que a mi se me acaba el contrato el 17 de Octubre y lo que no me gustaría, es que si encima que no me han llamado antes (los motivos son largos de explicar, pero muy triste que la empresa funcione así), ahora lo hagan para hacerle las vacaciones a los otros y el 17 me vaya a la calle, se lo comento, porque por un lado no sé cuanto tiempo según ley tienen la obligación de seguir contratándome, es decir, no sé si una vez que me vuelva a incorporar están obligados a que trabaje con ellos 6 meses más o eso ya no es así y por otro lado, porque para septiembre tengo otro posible trabajo y no me gustaría perderlo para que el 17 de Octubre esté en la calle y me quede sin uno ni otro. Muchas gracias y un saludo.

Si su empresa le llama debe acudir. De no hacerlo podría ser despedido. Los contratos temporales se consideran prorrogados por idéntico tiempo a la situación de ERTE. Si usted entiende que es mejor solución un nuevo trabajo, puede solicitar la baja voluntaria en la empresa, si está trabajando y acudir a la nuevo llamada.

Buenas tardes, mi caso es que mi empresa me dio de alta el día 23 de junio y me despidió el día 1 de julio, desde entonces no he podido de ninguna manera solicitar mi subsidio por desempleo ya que aún el sepe me tiene como cobrador del ERTE, no se que hacer y no puedo estar si cobrar un mes, gracias!

No tiene más remedio que insistir al SEPE y, en caso de que no le atiendan, reclamar incluso judicialmente.

Buenas tardes: Tengo una duda y quisiera saber si me pueden ayudar. Actualmente estoy de ERTE en mi empresa, llevo desde el 30 de marzo de ERTE, es posible que me salga otro empleo en otra empresa diferente para empezar a trabajar el día 03 de agosto. Tengo que comunicar a mi empresa que me marcho, ¿Pero tengo que dar los 15 días de preaviso para que no me descuenten dinero? ¿O al estar de ERTE no es necesario que los de y no me tienen que descontar nada? Muchas gracias. Un saludo

Usted tiene dos opciones. Una es ir al nuevo trabajo sin renunciar al anterior. En este caso debe comunicar al SEPE la situación. Si desea dejar definitivamente la empresa, comuníquelo directamente. El preaviso, en nuestra opinión, carece de sentido en esta situación.

Buenas tardes, trabajo en dos empresas distintas, una de ellas me aceptó el ERTE pero la otra aún no me aceptado desde el 14 de Marzo. ¿Qué puedo hacer ? La empresa se supone que ha mandado los papeles correctamente. Gracias de antemano. Saludos.

Debe reclamar al SEPE para que solvente la situación, además de insistir a su empresa que haga lo mismo.

La empresa para la que trabajo dice que me sacó del ERTE el día 1 pero he cobrado el mes entero por el SEPE. Ahora me dicen que aunque ellos me sacaron el día 1, el SEPE no lo hizo hasta el 24 y me han pagado la nómina solo desde el 24 y me dicen que los días del 1 al 23 me los ha pagado el SEPE y que ellos no me lo van a pagar porque en ese caso lo cobraría doble. Se q eso no es así, pero ¿como puedo reclamar ?

No es correcta la forma de proceder que nos comenta. La empresa debería abonarle todo el mes y usted devolver lo que perciba al SEPE

Buenas tardes, tengo una duda respecto a lo que quiere hacer mi empresa. Entramos en ERTE el 14 de marzo, con mi contrato como monitora para un parque infantil, ahora quieren sacarme a 25 horas pero para camarera, ¿tienen que cambiarme el contrato y los datos del ERTE? ¿Puedo negarme a ir a trabajar ya que no es mi puesto y me quieren meter en otro? La empresa es la misma, pero tienen un parque infantil el cual no van a abrir por razones obvias y luego la bolera donde estaría de camarera. Muchas gracias.

El puesto de trabajo depende de su contrato. Si el mismo contempla la posibilidad de trabajar en diversos puestos de la empresa, la decisión de la empresa es correcta. Si su puesto era totalmente concreto, como monitor y le proponen un nuevo puesto de trabajo, usted puede oponerse.

Hola, buenos días. Mi consulta es porque soy dependiente, la empresa me sacó la mitad del ERTE, hasta ahí bien, pero me queda un mes para que se me termine el contrato temporal que hace el año completo. ¿La empresa está obligada a dejarme indefinida o dejarme 6 meses más? Porque no me dan ninguna información y ayer me mandaron la carta de despido, pero con el día de finalización no con el día de comienzo. ¿Eso es correcto? Me encantaría saber, porque no tengo ni idea de mis derechos y no me quieren decir nada. Muchas gracias, un saludo.

Usted tiene derecho a completar, una vez acabo el ERTE, su contrato temporal. Por tanto, si usted no lo completa y le despiden, tiene derecho a ser indemnizado.

Mi pregunta es la siguente: He pedido la baja voluntaria estando en un erte para ir a otra empresa a trabajar y no he pasado el periodo de prueba.¿Tengo derecho a pedir el paro a volver al erte o alguna prestación? ¿Hay algo porque me he quedado sin ningún ingreso

Si ha pedido la baja voluntaria no puede volver a su trabajo anterior. Si lo que hizo fue, solo, comunicar que iniciaba nuevo trabajo, si podría volver al ERTE

Buenas tardes. Es una consulta para mi marido. Empezó a trabajar el 13 de Febrero con un contrato de 6 meses. Recientemente le han comunicado que debido al poco màs que un mes que estuvieron de ERTE ( 16/03 al 19/04 incluida), su contrato queda prolongado hasta el 4 de Septiembre. La empresa cierra por vacaciones del 10 al 23 de Agosto ( incluido). Le dicen que le pertenecen 11 días de vacaciones y cómo estaran màs días, le obligan a recuperar esos días. Es normal? También comentar que le restan los 30 min del desayuno... Muchas gracias.

Si los días de cierre superan los días a los que tiene derecho de vacaciones tiene que recuperar esos días. En cuanto al descanso de desayuno, desconozco el convenio pero en principio la empresa tiene razón.

Buenos días, Lo primero dar las gracias por vuestra ayuda. Me gustaría que me ayudarais con algunas dudas que tengo, he adjuntado la carta que me han mandado de mi empresa. El punto 4, pone que si nos llaman con 24 horas de antelación para ir a trabajar, tenemos que ir. Eso es obligatorio? Es legal?. Y el punto 3 es que no lo entiendo bien, y estoy preguntando a mi empresa que me lo explique pero no me responde. Sabéis que significa eso? Gracias.

Entendemos que si es posible hacer la llamada con 24 horas de antelación. Por otro lado, el punto tercero clarifica varios aspectos que entendemos benefician al trabajador y/o clarifican la forma y tiempo de llamada. Con una lectura pausada entendemos es suficiente.

Buenos días. Soy fijo discontinuo que estando en erte desde 19/03/2020, según convenio de hostelería de Baleares, la garantía mínima de ocupación son 6 meses. En mi caso, desde 2014 he estado trabajando 228 días, en 2015 281, en 2016 275 días, en 2017 289 días, en 2018 292, en 2019 273 días. ¿me puede finiquitar la empresa cumplidos los 6 meses de garantía de ocupación? o sabiendo que su temporada nunca ha acabado antes de 31 de octubre de cada año, ¿debe mantenerme en el erte hasta dicha fecha aunque no abra el hotel?

Entendemos que sería posible interrumpir el contrato de trabajo, entendiendo que no se incumple el compromiso de empleo, al tener la consideración de extinción del contrato de trabajo, cuando el contrato se extinga por el fin el llamamiento de las personas con contrato fijo-discontinuo, cuando este no suponga un despido sino una interrupción del mismo.

El Real Decreto Ley 18/2020, de 12 de mayo, ha modificado la salvaguarda del empleo (D.A.6ª Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo) asociada a los ERTES. En su nueva redacción entendemos que este compromiso se entenderá incumplido si se produce el despido o extinción de los contratos de cualquier de las personas afectadas por dichos expedientes. No obstante, en el caso de los fijos discontinuos, no se considerará incumplido dicho compromiso cuando la extinción "no suponga un despido sino una interrupción del mismo". En particular, en el caso de contratos temporales el compromiso de mantenimiento de empleo no se entenderá incumplido cuando el contrato se extinga por expiración del tiempo convenio o la realización de la obra o servicio que constituye su objeto o cuando no pueda realizarse de forma inmediata la actividad objeto de contratación.

Además, ha tenido reunión con sindicatos cuya acta la empresa se niega a entregarme porque hay datos confidenciales, ¿es correcto que no pueda entregármelo? es así que los trabajadores no sepan qué se ha negociado por ellos? Debes contactar con los Representantes de los trabajadores, siendo ellos, siendo ellos, los que deben haber estado presentes en la negociaciones efectuadas.

Estimados Señores:Estoy incluido en el ERTE desde marzo y no me contactaron desde entonces. Algunos de los trabajadores de la empresa ya están trabajando. Si la empresa quiere volver a llamarme para trabajar a mi posición exacta, ¿cuánto tiempo antes de la fecha de inicio del trabajo tienen que notificarme? ¿Qué ley define exactamente esto? Un saludo.

Deben llamarle con el tiempo suficiente para que usted pueda reincorporarse. Si no hay situaciones especiales con unos días es suficiente.

Buenos días. El ERTE de mi empresa fue aprobado el 26 de Marzo aunque el último día de trabajo fue el viernes 13 de marzo. Mi pregunta es: ¿Esos días que transcurren del 13 al 26 pueden quitármelo de vacaciones o se pueden recuperar con horas? La empresa pagó esos días, hasta el 26 y ahora dicen que eran vacaciones sin haberlo consultado con los trabajadores.Un saludo y gracias.

Las vacaciones no se pueden imponer por la empresa, han de ser un acuerdo empresa-trabajador.

Buenos días. Estoy en un ERTE total desde el pasado día 13 de marzo, y tengo intención de moverme geográficamente a otra provincia y cesar en el puesto de trabajo en la empresa donde trabajo. Mi duda es si debo presentar la carta de dimisión (baja voluntaria) ahora o esperar a que la empresa me comunique la reincorporación. En cualquiera de los casos, ¿debo cumplir el preaviso de 30 días que estipula mi Convenio laboral una vez presentada dicha carta? Y ¿qué efectos tendría la comunicación de la baja voluntaria mientras estoy en el ERTE?Al estar su contrato suspendido, puede comunicar su decisión de salida voluntaria de inmediato.

Hola, he estado incluida en ERTE desde el 14 de marzo, alargaron el ERTE hasta el 2 de Octubre, pero al trabajar para una subcontrata en una tienda de ropa y no haber trabajo nos han enviado la carta de fin de contrato. Mi pregunta es la siguiente: ¿Se suspende el Erte?

Si se extingue su contrato, en primer lugar lo deben sacar del ERTE y luego despedirle. En este caso, usted tendrá los derechos de liquidación, finiquito e indemnizatorios que le correspondan según su concreto contrato.

Hola buenos días. Estuve en el ERTE desde el 14-03-2020 hasta el 28-05-2020 que me sacaron del mismo para despedirme. Ahora estoy en el paro, y en la resolución que me han mandado de las prestaciones por desempleo no me cuadran los días cotizados. El SEPE pone menos. Puede ser que los días en ERTE no cuentan para el cómputo de días cotizados?

Efectivamente, los días que has estado en situación de ERTE, no computan a efectos de días cotizados, ni se descuentan de los días a los que puedas tener derecho, en una futura prestación.

Les agradecería que me aclarase una duda que tengo sobre el erte. Trabajo en hostelería, mis jefes abrieron el 12 de mayo y me levantaron el erte el 10 de junio. Me han cambiado el horario completamente, no siguen mi calendario laboral, me tienen explotada metiendo horas y haciendo los peores trabajos. Y continuamente con la amenaza de volver a meterme en el erte supuestamente por falta de trabajo. Eso es falso, estamos facturando muy bien, pero me he fijado que lo hacen en "b" casi todo.... con lo cual me temo que es la escusa a la que podrían agarrarse, "erte por causas economicas" para tenernos en esta situación. Estoy muy preocupada por mi situación futura. Pueden volver a meterme en el erte a pesar de que tenemos trabajo? Porque incluso han metido a sus hijos a trabajar sin contrato, así se ahorran dinero. Es cierto que pueden cambiarme el horario radicalmente y quitarme los días de descanso que tenía por calendario laboral? Es el covid una escusa para poder hacer lo que quieran? Que puedo hacer en mi caso? Ya ni duermo por las noches de la preocupación. Gracias de antemano por su tiempo.

En la situación actual no hay norma alguna que reduzca o merme sus derechos en cuanto a jornada, salario, descansos, etc. La empresa siempre puede introducir cambios en cuanto a horarios, organización€.pero nunca vulnerando sus derechos que son realizar su jornada laboral en las condiciones de pactadas y con los límites del convenio colectivo.

Buenos días yo trabajo en un restaurante en Barcelona. Si se declarara un cierre de restaurantes yo volvería al erte ?

La entrada en ERTE depende la petición de la empresa. Por tanto, se cierre o no, solo si la empresa lo solicita a la administración se entra en situación de ERTE

Buenas tardes. Actualmente estoy en situación de Erte desde el 17 de Marzo y con fecha de vuelta del 2/10. Mi pregunta es si mi empresa que esta incorporando personal me puede llamar para hacer otras funciones. Yo soy supervisora de zona podrían llamarme para cubrir un puesto de vendedora? Muchas gracias por la ayuda. Saludos.

Cualquier reincorporación al trabajo tras un periodo de suspensión se debe hacer respetando las condiciones laborales del trabajador. Si bien, si el llamamiento se produce por una situación excepcional como la que atravesamos y se justifica en causas técnicas, organizativas y productivas, se podría encomendar al trabajador por un TIEMPO DETERMINADO la realización de otras funciones, si bien, respetando el salario si éstas son de inferior categoría. Pasado dicho periodo temporal debe volver a sus condiciones iniciales.

Buenas tardes,Actualmente estoy en un ERTE y me han ofrecido trabajo en otra empresa. He leído que sí podría aceptar el segundo trabajo, pero mi duda es: ¿al finalizar el contrato con la segunda empresa, volvería automáticamente al ERTE de mi empresa original? ¿Perdería algún derecho como trabajador (antigüedad, ...)?Muchas gracias de antemano. Un saludo

Así es, una vez acabado este segundo trabajo, si su empresa sigue en ERTE, volvería a la situación de ERTE. No pierde derechos por aceptar este puesto que le ofrecen.

¡Buenas tardes! Desde el 14 de marzo empezamos en el Erte, a mi se me terminaba el Contrato el 31 de mayo. Volvimos a reanudar la actividad el día 10 de julio... Hasta esa fecha estuvimos en Erte...la duda que tengo es hasta cuando se me alargaría el contrato. ¡Gracias!

Dos meses y medio a partir del reinicio, que es justo lo que le quedaba de contrato en caso de no haber existido la pandemia y el ERTE.

¡Hola! He visto en una pagina web que ofrecéis respuestas a la gente que tiene dudas sobre los ERTE. Yo tambien estoy en ERTE desde mediadosde marzo y he cobrado estos meses 770 euros mensuales. Pero en este mes (julio) solo me pagaron 282 euros. Llamé a la asesoría de la empresa donde yo trabajo y me explicaron que me han retenido dinero por los fines de semanas, es decir, que no me estan pagando los fines de semana. Entonces la asesoría me dijo que reclame eso en SEPE. ¿Es normal eso? Yo tengo contrato fijo de 8 horas. Antigüedad en la empresa de 3 años. ¿Me van a devolver el dinero que me han retenido? Gracias por vuestra atención.

Salvo que haya alguna cuestión que se nos escape o no haya relatado, usted debería estar cobrando lo mismo todos los meses.

Hola, buenos dias. Nuestra empresa nos dió de baja en el ERTE y aún no aparece en el informe de Vida Laboral la fecha de baja del mismo, de hecho se siguen sumando los días en ERTE en este informe. ¿Es esto normal? ¿Qué puedo hacer para solucionarlo? Muchas Gracias

Tiene que dirigirse usted al SEPE para que realice la corrección.

¡Hola, buenos días! Llevo en el ERTE desde marzo, trabajo como limpiadora en una escuela infantil, la cual, siempre cierra en agosto, me puse en contacto con mi jefa y me dijo que no me iban a sacar del ERTE (por lo visto, no les hago falta en estos momentos). Mi pregunta es: si estoy fuera en agosto y me llaman por casualidad para que me incorpore, ¿tendría que ir obligatoriamente o eso no lo pueden hacer? Ya que en agosto se cierra y me dijo que no me iba a sacar del ERTE. Y, otra pregunta: sobre la paga extra, nos deben pagar la parte proporcional desde enero hasta que nos metieron en el ERTE, ¿verdad? Muchas gracias, un saludo.

Si usted es llamada al trabajo debe acudir. Otra cosa es que en base a la información que usted recibe decide, por ejemplo, viajar a 10.000 km de distancia y le llaman, tendrá motivo para retrasar su entrada. Pero si es llamada y no hay nada justificado que lo impida, ha de acudir. Por lo demás, durante el ERTE no se genera derecho a vacaciones ni a paga extra de forma proporcional al tiempo de duración del ERTE en relación a su jornada habitual total.

Hola. He estado de baja en el Estado de Alarma por covid-19 y he cobrado todo en mi baja, pero en la prestación de la paga de verano no me han pagado casi nada, ¿eso es normal?

Las pagas de vacaciones se reducen en proporción al tiempo de duración del ERTE ( en relación a todo el año ). Por tanto, se reducen pero no se eliminan.

Hola estoy ERTE, soy fijo en una empresa. En agosto me sacan del ERTE y en septiembre o en octubre me mandan de nuevo, ¿es legal? ¿Puedo negarme ir al ERTE? Gracias.

La aprobación de los ERTES corresponde a la administración publica previa propuesta de la empresa (siguiendo la empresa el proceso oportuno). Si se propone y aprueba, usted no tiene más remedio que aceptarlo. Aunque siempre es libre de ir a baja voluntaria en su empresa y dejar la misma (en este caso sin derecho indemnizatorio alguno).

Buenos días, tengo varias preguntas, estoy en ERTE 100%, mi empresa quiere incorporarme un 30% al trabajo días alternos a su conveniencia, me puedo negar a ello? ¿puedo despedirme de la empresa estando en ERTE, 100% o 70%, para ir a trabajar a otra empresa al 100%? Si es que sí, sufriría alguna consecuencia económica?

Mientras esté en ERTE, usted puede trabajar en otra empresa. En cambio, si su empresa le llama, aún parcialmente, y usted no acude porque tiene otro trabajo, cursarán su baja voluntaria, sin derecho alguno a indemnización por extinción del contrato. La empresa puede hacerle una incorporación parcial y hacerlo en la forma que le han indicado, siempre que este justificado.

Buenas tardes, Estoy cobrando el ERTE desde el 15 de Marzo y estoy siguiendo un curso del SEPE desde Diciembre del 2019 y por cuestiones personales tengo que dejar el curso. Mi pregunta es ¿Voy a dejar de cobrar el ERTE por dejar el curso?

Los cursos del SEPE son obligatorios sobre todo si se está cobrando el desempleo, por lo que el no realizar el curso puede derivar en sanción o incluso en la pérdida total de la prestación por desempleo. En el caso de que exista algún tipo de incompatibilidad para estar realizando el curso, es importante informar al SEPE para ver como proceder al respecto.

Buenas noches. Tengo una duda sobre el erte y las vacaciones: Estoy de erte de reduccion de jornada (7h de teletrabajo) y mi empresa me dice que tengo mis vacaciones en las fechas designadas pero que no me van a sacar del erte (la hora restante).Es decir que en mis vacaciones mi empresa me pagara 7 horas y el sepe 1 hora. ¿Es legal que puedan hacer eso, que en mis vacaciones me pague el sepe y no la empresa en su totalidad?Trabajo en el sector de la automocion, en contabilidad. Gracias.

El periodo de vacaciones es un periodo de trabajo ( aunque en descanso ). Por tanto, inicialmente no vemos problema en ese acuerdo de vacaciones que, como sabe, se reducen de forma proporcional al tiempo en ERTE en relación a la jornada total anual.

Hola, buenas noches. Mi nombre es Cristina, estoy en un ERTE, pero no entiendo muy bien lo que he cobrado del SEPE, cobro 12 pagas, prorrateadas las extras, 1200 brutos. Cobré los atrasos y el es de junio cobré 840€ y en julio 763€ y no entiendo bien por qué. ¿Está mal? Y si es así, ¿dónde tengo que reclamar?

Usted debe percibir el 70% de su base reguladora. Si no es correcto, debe reclamar.

Hola, buenos días. ¿Una empresa puede solicitar a alguien hacerse el test del covid antes de contratarlo? Es evidente que si sale negativo no pasaría nada, pero ¿si sale positivo y finalmente no me contratan? Gracias.

Es compleja la respuesta, pero si está basado en motivos de seguridad entendemos si tiene sentido exigirlo.

Buenos dias. Mi pregunta es: si has estado trabajando y se ha terminando el contrato y estas de baja, pero la cooperativa se ha cerrado por culpa de covid y no ha mandado certificado de la empresa al SEPE como puedes acceder a la prestaciones.

La empresa está obligada a comunicar el certificado al SEPE.

En caso de no comunicarlo, cabe la opción de acudir personalmente a la oficina del SEPE y aportar el certificado en papel y un certificado de bases de cotización que se solicita en la Tesorería General de la Seguridad Social.

Trabajo para una empresa como ayudante de cocina en colegios, empecé mi relación laboral en 2015 haciendo sustituciones a días sueltos o cubriendo bajas, es decir contratos de algunos días o incluso algún mes. Después me hicieron un contrato de un curso entero en un colegio, el siguiente fue para cubrir una baja otro curso entero también, el siguiente lo empecé continuando cubriendo la baja anterior y cuando se incorporó el trabajador me hicieron otro contrato de menos horas en otro puesto hasta finalizar el curso, el último ha sido este año de principios de curso hasta que por el Covid el 12 de marzo nos mandaron para casa y nos hicieron un ERTE. Según me dijeron en la empresa porque yo preguntaba, el curso que viene me tenían que hacer fija discontinua, pero me han llamado para decirme que no vuelvo al trabajo y quisiera saber cuándo se obliga a hacer fijo a un trabajador ya que no sé si el tiempo que estuve haciendo suplencias cuenta o sólo los cursos que estuve de principio a fin o como se contabiliza.. En fin me gustaría saber si ya deberían haberme hecho fija y que puedo hacer si fuese así y no me lo han hecho. Muchas gracias.

Lo conveniente, sería ver en una VIDA LABORAL tu historial de altas y los contratos que te han realizado. En el caso de contratos por sustitución (INTERINIDAD) no computan a efectos de reconocimiento de contrato FIJOS - DISCONTINUOS. Tienes que comprobar que tipo de contrato te hicieron en la temporada 2019/2020. En el caso de que te hicieran un FIJO -DISCONTINUO conservarías el derecho de ser llamada al curso siguiente.

Buenas, muchas gracias por su atención. Trabajo en la cocina de un colegio y el día 12 por motivos del Covid nos mandaron a casa, tengo un contrato temporal sin fecha de finalización, pone fin de obra, los demás contratos anteriores acababan cuando acababa el periodo escolar, entiendo que este tambien, es decir, el 19 de junio. Mi empresa nos hizo un ERTE a todos los trabajadores. Ayer me llamaron de la empresa para decirme que no cuentan conmigo para el curso que viene y no me han finiquitado por fin de contrato porque el jefe ha dicho que los finiquitos están a 0. ¿No me deben finiquitar por fin de contrato? ¿Pueden despedirme así y no contar conmigo para septiembre? El último día de trabajo hice un par de horas más que tampoco me han pagado, ¿las puedo reclamar? No iba a pedir nada si hubiesen contado conmigo para volver a trabajar pero como no lo han hecho voy a pedir lo que me pertenece.

Hay que tener en cuenta si sigues incluida en el ERTE, porque hasta que no finalice el ERTE tu contrato está suspendido y por tanto no pueden liquidarte. Una vez finalizado el ERTE y, por tanto, volver a reincorporarte al trabajo, te tendrían que liquidar por el tiempo que has estado trabajando, correspondiéndote la liquidación.

Hola. Actualmente soy fijo discontinuo y trabajo en el sector de la hostelería y estoy en ERTE desde el estado de alarma. Mi empresa me ha comunicado que me levantará del ERTE el 10 de julio. Por motivos personales no podré reincorporarme ya que me he visto en la obligación de tener que volver a casa de mis padres y actualmente estoy en otra provincia. Por lo que tengo entendido si no me presento se considerará baja voluntaria y perderé el vínculo con la empresa y no tendré derecho a ningún tipo de indemnización y para poder solicitar el desempleo tendré que volver a trabajar en otra empresa al menos 3 meses. Mi pregunta es: ¿también tendré una sanción por parte del SEPE a devolver lo que he estado cobrando del ERTE? Gracias.

No tendrá ningún tipo de sanción por parte del SEPE por lo ya percibido o lo que perciba en base a los derechos que tiene.

Buenas tardes. Estoy en ERTE desde que empezó el estado de alarma. Me ha salido un nuevo empleo y lo he aceptado. ¿Es necesario comunicar a la empresa que voy a trabajar en otra con 15 días de antelación? En caso de que cese con la nueva empresa antes de que acabe el ERTE es al SEPE al que solicito volver a cobrar la prestación, ¿tengo también que comunicarlo a mi empresa para el pago de los seguros sociales? Gracias de antemano por su respuesta.

Usted tiene que comunicar al SEPE que comienza a trabajar. Si acaba antes de finalizar el ERTE, se reincorpora al mismo.

Buenas tardes. Me gustaría que me aclararan el siguiente tema. Mi empresa solicitó el ERTE y me mandaron a casa el 14 de marzo. El 7 de abril les comunicaron que no se lo concedían y me reincorporé a trabajar pero a media jornada en vez de completa. Al solicitar las vacaciones me dicen que solo me corresponden 15 días, una semana en agosto y otra en septiembre y que las horas que quedan por recuperar lo haremos en septiembre cuando empieze mi jornada de 8 horas otras vez. ¿Me pueden obligar a renunciar a los 15 días de vacaciones? Por otra parte yo estuve haciendo tareas desde casa, lo que me mandaron, me dicen que lo cuantifique en horas trabajadas para quitarlo a lo que les debo. El teléfono del trabajo estuvo conectado todos los días que estuve en casa, así como todas las tareas que me solicitaron. Espero que me puedan ayudar.

Durante el ERTE no se generan derecho ni a vacaciones ni a horas extra. Lo correcto es un acuerdo entre las partes para fijar de nuevo vacaciones y horas a realizar para completar la jornada contratada.

Hola. Estoy en ERTE y mi jefe me dice que voy a trabajar media jornada. ¿Tiene que darme nómina? ¿Puedo consultar por algún medio si está actuando bien? Gracias

Si usted trabaja media jornada, debe tener nómina y estar dado de alta esa media jornada y el resto seguir en ERTE.

Hola muy buenas me gustaría hacer una consulta, yo estoy en un Erte desde marzo por una cadena hotelera. Me han llamado para trabajar en otro hotel de la misma cadena pero solo por un mes y así se me quitan de encima. Me gustaría saber si estoy obligado a reincorporarme a este hotel aunque no fuera el mismo en el que trabajaba, porque si no estoy obligado me conviene seguir en el Erte. Muchas gracias por su tiempo

Si el otro hotel es de la misma empresa y usted no empeora su situación (cambio de domicilio, mayor distancia, etc ) debe acudir a la llamada de su empresa.

Buenas tardes. Mi caso es que estoy trabajando mediante una empresa de limpieza echando 3 horas en limpieza a la semana en un banco, y resulta que con los días que iba aumentando la gente infectada por virus se me aumentó a 2 horas más a la semana, y a las 2 semanas cerró el banco por precaución 1 mes. ¿Me tienen que pagar como si hubiera ido 3 horas a la semana o como 5 horas que me aumentaron por el virus? ¿O no tengo derecho a cobrar nada por estar cerrado? Después abrió y tuve que ir esas 2 horas más por el virus a la semana, pero resulta que me paga solo como si fuese 3 horas a la semana, no 5 horas. Mi pregunta es: ¿quién me lo tiene que pagar el sepe o la empresa? Y ahora tengo mi mes de vacaciones y me dice que sólo tengo derecho a 15 días, que como hubo problemas con el Erte con el INEM si me quiero coger los otros 15 días me lo descuentan de mi sueldo. Llevo 3 meses llamando a todos los teléfonos de Inem, Sepe e información y no contesta nadie y quiero una respuesta para denunciar a quien corresponda. Gracias.

Usted debe cobrar en función del tiempo trabajado. Si se incrementaron unos días y se redujeron otros, se debe hacer computo global y pagar o trabajar el exceso que proceda.

Buenas, trabajo en una empresa gastronómica media jornada y la empresa recibió la ayuda del gobierno para el pago de sueldos y ahora la empresa me exige que tengo que devolver las horas que no se pudo ir a trabajar por la pandemia, ¿me corresponde devolver esas horas?

La empresa debe pagarle a usted el tiempo de trabajo realizado y el SEPE el tiempo de trabajo en el que usted no trabajó y, por tanto, le ha pagado el SEPE.

Buenas noches, mi consulta es muy clara. Llevo en un ERTE desde el pasado 11 de marzo. Me ha llamado mi encargada y me dice que el día 1 de julio me vuelvo a incorporar y que me rescatan del ERTE al 100% y que además hoy, 30 de junio, la empresa nos dice que tenemos que hacernos un test rápido ya que trabajamos en una escuela infantil de Madrid. Hasta ahí todo normal, asisto a la mutua y me hacen el test y, después de que la mutua le comunique a mi empresa que soy positivo en covid-19, me informa mi responsable que ya no me rescatan del ERTE. Mi pregunta es: ¿es legal? ¿La mutua le puede dar eso datos de carácter personal a mi empresa tan alegremente?Muchas gracias de ante mano. Un saludo.

Técnicamente los resultados médicos de una persona física se definen como datos sensibles y hay que tratarlos de una forma especial, no pudiendo compartirse sin previo consentimiento explicito de su titular y por razones justificadas.

No obstante, en el contexto actual, si una empresa realiza test a sus empleados y la clínica que se encarga de ello le traslada directamente los resultados a la empresa comunicando quienes están aptos o no aptos en el sentido de indicarle quienes tienen o no coronavirus, no se entiende que haya violación de protección de datos alguna. Puesto que el interés público prevalece sobre el derecho a la intimidad o protección de datos del empleado en concreto.

Por tanto la empresa, puede y tiene que conocer el resultado del test, en aras a controlar y evitar la propagación del virus, con lo cual la comunicación de dicho resultado obedece a principios de interés públicos para prevenir mayores riesgos laborales, teniendo en cuenta el contexto de emergencia sanitaria que vivimos.

Hola, quería saber si estando en el ERTE, desde marzo por el covid-19, cuando se cumplan 6 meses: ¿nos bajan a un 50 por ciento? En Canarias han puesto ERTE hasta diciembre.

Depende del planteamiento de cada empresa y de lo que apruebe el SEPE.

Hola, buenos dias. Soy un trabajador en ERTE de fuerza mayor parcial que ahora hace 10 horas, de las 40 que hacia antes del ERTE. Me ofrecen la posibilidad de cubrir vacaciones de otro trabajador haciendo 25 horas. A la vuelta de este trabajador, ¿puedo exigir hacer 25 horas o tengo que volver a las 10?

Usted indica que le ofrecen hacer esas 25 horas provisionalmente, pero la empresa puede, en cualquier momento, requerirle para que haga 25 de manera permanente o 40. Es decir, es decisión de la empresa la recuperación anticipada de la actividad, ya sea parcial o total.

Buenas. Estado trabajando el 30% de mi jornada laboral, es decir 2 días a la semana. ¿Cuántos días de vacaciones y paga doble pierdo? Gracias.

Pues hay que calcular en computo anual el tiempo de ERTE (de no trabajo). A partir de aquí se hace una regla de tres y obtiene las vacaciones y paga extra que usted no tendrá.

Hola, ante todo gracias por la atención prestada. Quisiera hacer una pregunta porque no se como va el tema. Estoy en ERTE desde el día 13 marzo, me dijeron que el sepe paga el 70 % de la nómina soy cocinera de un cole y he escuchado que la empresa tiene que pagar el 30% restante pero otra gente dice que lo paga el smpa. No tengo ni idea como va, mi empresa dice que eso no está aprobado todavía. Gracias por ayudar en esa duda.

Buenas. El sepe paga el 70% de su base reguladora. El resto no lo paga la empresa, salvo que por convenio o por pacto particular con usted así lo tengan acordado.

Estando en un ERTE confirmado hasta el 30 de septiembre, si comunico a la empresa mi intención de no volver cuando retome su actividad porque he vuelto a mi ciudad natal de forma definitiva, ¿pueden quitarme del ERTE antes de la fecha estipulada?

Para que no suponga una baja voluntaria, espere a ser llamada para comunicar su voluntad de no continuar.

¡Hola! Muchas gracias de antemano por su trabajo. Tengo una pregunta, yo estoy en ERTE al 100% desde que se decretó el estado de alarma. Mi empresa me acaba de comunicar que me extienden el ERTE hasta septiembre, por lo tanto buscaré otro trabajo. Tengo entendido que sí puedo trabajar en otro sitio. Mi duda es qué pasa si empiezo a trabajar en otra empresa con un contrato indefinido y no me gusta el trabajo... si renuncio, ¿pierdo el ERTE? Gracias.

Es posible trabajar en otra empresa mientras permanece en ERTE en su empresa de origen. En este caso, Ud. debe comunicar al SEPE su nueva contratación y dejarán de abonarle la prestación que venía percibiendo. Si no quiere permanecer en su nuevo trabajo, podría cesar sin más repercusión, ya que si el ERTE de la empresa origen sigue vigente Ud. mantendría sus derechos de reincorporación.

Si su empresa actual le pide una reincorporación anticipada, Ud. deberá decidir si cesa voluntariamente en la empresa en la que está en ERTE y sigue en el nuevo trabajo o si se reincorpora a su empresa actual.

Buenos días. He estado de ERTE desde el 14 de Marzo hasta el 26 de Abril, (ambos inclusive). ¿Cuántos días me corresponden de vacaciones y descuento de paga extra? Gracias.

Es aproximadamente un 12% menos de pagas extra y de vacaciones. Un saludo.

Hola, buenas tardes. Mi pregunta es si estando en ERTE a media jornada, estoy obligada a hacer declaración de la renta. Yo en situación normal no estoy obligada, porque no llego al mínimo en ingresos. Gracias se antemano.

Como este año tendrá, al menos, dos pagadores ( el SEPE y su empresa ), si estará obligada, el año que viene, a hacer renta.

Buenas tardes, a ver si me pueden ayudar. Trabajo en 2 empresas: una todo el año y otra solo temporada de verano de forma fija discontinua. El 8 de mayo me incluyen en ERTE la empresa de verano, me lo anulan por estar de alta en la otra empresa, en la cual me hacen un despido disciplinario y ya denuncié. Llamo al SEPE para reanudar el ERTE que me suspendieron y me dicen que no se puede reanudar. Y no entiendo el porqué. Estoy sin ingresos. Muchas gracias.

En los casos de pluriempleo, si en uno de ellos te encuentras a jornada completa, implica que no puedes acceder a prestación por desempleo si te incluyen en un ERTE. Si posteriormente, te han realizado un DESPIDO, puedes acceder a la PRESTACION POR DESEMPLEO de esta última relación laboral, eso sí, deberás indicar en la solicitud, que has impugnado el despido.

No pueden volver a incluirte en la solicitud de ERTE de la actividad de temporada, porque ya ha sido denegada la solicitud.

Buenos días y gracias de antemano por su amable ofrecimiento de ayuda. Mi caso es el siguiente:Mi hermano de 57 años, tiene una discapacidad reconocida de un 34% y trabaja en una empresa que es centro de especial de empleo, donde sus trabajadores (unos 10) excepto uno, son discapacitados.Al empezar la pandemia y declararse el estado de alarma en España (13/14 de Marzo) el dueño nos pidió, para evitar riesgos, que de mutuo acuerdo estos chicos firmasen una suspensión temporal del contrato que tienen. Nos dijo a los tutores que era la manera que le había dicho la gestoría de suspender el trabajo de estos chicos hasta que acabase la pandemia. Por supuesto, no cobraría su sueldo durante ese período. Aceptamos los tutores para evitar males mayores.En los días posteriores a la firma del cese temporal del contrato, recibimos una liquidación similar a una baja voluntaria (pago de sueldo restante, parte proporcional pagas y vacaciones pendientes). Eso me extrañó pero nos dijo que legalmente era como se hacía.Ahora mi hermano se ha vuelto a reincorporar (el pasado 18 de Mayo) pero aparte de pagarle solo dos días del mes de mayo, elimina la antigüedad (20 años) de la nómina. Le pregunto el motivo pero me da evasivas y me dice que será un error de la gestoría.Mi pregunta es si el proceso seguido es el correcto y si el empresario debe hacer una liquidación como si el empleado hubiese abandonado la empresa y si la reincorporación del empleado debe conllevar algún tipo de documento (aparte de haberle enviado yo una carta indicando la fecha de reincorporación de mi hermano, que él me confirmó por mail) que no nos haya entregado.Agradeceré cualquier consejo que pueda darme.

La antigüedad se debe mantener, pues sólo se ha tratado de una suspensión temporal del contrato. En todo caso, le recomendamos que compruebe una cosa: es posible que la empresa, no respetando lo firmado ( voluntariamente o por error ), hubiese realizado una baja voluntaria. En este caso no habría antigüedad que respetar.

Buenas tardes. Soy indefinida fija discontinua y en el certificado de mi empresa que envía al SEPE aparece la duración de 672 días, ¿esto es correcto? Mi duda es que si soy fija discontinua, no debería aparecer el cómputo total, si no por partes, ¿o estoy equivocada? Más que nada porque si cobro el paro, no vaya a ser que tenga algún problema por un error, ya que yo se lo he comunicado a mí jefe y dice que no, que eso está bien. Gracias de antemano.

Para los fijos discontinuos, el cómputo de días no es el total, contando desde el primer día que empezó a trabajar en la empresas, sino que son los días efectivamente trabajados. Los periodos en los que no se trabaja, no cuentan.

Buenas tengo un contrato de un año a 8 horas, todavía sigo en el ERTE y quieren llamarme para trabajar 4 horas y las otras 4 en ERTE. ¿Se puede hacer? En caso de que se pueda hacer, ¿influye para la renta del año que viene?

La empresa es quien decide las reincorporaciones dentro del ERTE. Por tanto, debe acudir a la llamada, aún siendo parcial en tiempo, de la empresa. En cuanto a la renta en nada influye, salvo que usted como este año ha cobrado de su empresa y del SEPE, aunque no supere los 22.000 euros de retribución al año, está obligado a hacer declaración de Renta ( el año próximo ).

Buenos días, estuve teletrabajando para mi empresa hasta el día 08/05/2020 que me incluyeron en un erte por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción. Con el procedimiento de estos ertes se pacta con el comité una fecha de finalización de erte del 3 de noviembre de 2020. A día de hoy ni tengo un certificado ni ningún papel conforme yo pueda demostrar estar en erte. En el sepe no consta y la empresa no atiende a nuestras llamadas y solicitudes. Finalmente ayer recibo un correo electrónico indicándome la reincorporación el día 01/07/2020 pero en el correo me solicitan mi consentimiento expreso para proceder a la desafectación del ERTE e incorporarme al puesto. Mis preguntas son: ¿Por qué me solicitan el consentimiento para sacarme del Erte? ¿Al ser un erte por Etop puedo negarme a la reincorporación? También tenía confirmadas mis vacaciones el 15 de noviembre hasta el 30 del mismo de 2020 desde febrero y me las han cancelado sin avisarme cuando yo tengo un vuelo ya comprado ¿es legal? Saludos y muchas gracias por la ayuda.

Buenas. En principio es la empresa quien decida sacarle del ERTE. No necesita su consentimiento. En cuanto al tema de vacaciones, si estaban pactadas, debe respetarse. Las vacaciones son un acuerdo entre ambas partes.

Buenas tardes mi empresa me saco del ERTE para mi segundo periodo de disfrute de la baja de paternidad. Mi pregunta es si me pueden incorporar en el ERTE o no.

Tras dicho período debe volver al ERTE o a trabajar.

Buenas tardes: Me suspendieron contrato desde el 15 de abril, la empresa ya abrió sus puertas y está laborando normal con la mayoría de los empleados, pero está es la fecha y aún no me llaman y no dan respuesta de nada. Qué puedo hacer. Gracias.

Si aún no ha llegado la fecha final del ERTE solicitado por su empresa, debe esperar, pues la decisión de anticipar personal y elegir el mismo es de la empresa.

Hola, a ver si me podéis ayudar. Estoy en ERTE desde el 18 de Marzo. Tengo un contrato parcial de 10 horas semanales. No he cobrado el ERTE, pero espero cobrarlo algún día. El 20 de Mayo me puse a trabajar en otra empresa con un contrato de 25 horas semanales. ¿El SEPE me va a pagar íntegramente lo que me corresponde por el erte de la primera empresa? ¿O me hará alguna reducción por estar trabajando en la otra empresa? La suma de los dos contratos no supera las 40 horas semanales. Un saludo.

Efectivamente, como no llega a superar las 40 horas cobrará lo que le corresponda del ERTE a través del SEPE de manera completa.

Buenos días. Trabajo en un Casino y estoy en ERTE desde el 14 de marzo. El día 8 de junio reabrieron sus puertas con un mínimo de personal. Personal para máquinas, mesas de juego y caja-recepcion. A día de hoy siguen con las mismas personas trabajando y para poder librar sus 2 dias (incluso están librando 3 para recuperar horas de más que han hecho) algunos compañeros tienen que hacer 11 y 12 horas para cubrir su puesto. Además están poniendo a personal de máquinas en el puesto de recepcionista una jornada completa de 8 horas, habiendo en el ERTE personal para ese departamento. Nos dicen que todo depende de como vayan los beneficios para ir desafectando compañeros del ERTE.Cierto es que nuestro convenio diceArt. 8 La organización técnica y práctica del trabajo, y el control de la actividad laboral corresponde a la Dirección de empresa.Art. 9 La Direccion tiene la facultad de destinar a todo el personal a cualquiera de los departamentos y puestos de trabajo, sin más limitaciones que las establecidas en las normas laborales o en la normativa de Casinos de juego.Mi pregunta es, ¿lo que están haciendo entonces es legal?

Básicamente entendemos que es correcto. Siempre que no suponga una bajada de categoría profesional, siempre que respete los descansos diarios y número de horas máximas, etc, etc.

Hola buenas, escribo porque estoy desesperado y no me cogen el teléfono en el SEPE y nadie sabe nada. Explico mi caso. Hicieron mi erte a tiempo parcial en vez de completo y no llegué ni a cobrar 350 por mes cuando me pertenece más del doble. ¿Donde podría reclamar el pago?Porque nadie me dice nada. Gracias, un saludo.

Ha de comprobar con el empresa que presentó todo de forma correcta. Si fue así solo le queda reclamar frente al SEPE

Me he incorporado al trabajo el 8 de junio pero ahora no tengo ingresos hasta el 5 de agosto porque mi empresa es por pagarés a 60 días y el trabajo está reducido. Mi empresa dice que estamos trabajando menos del 50 por ciento. ¿Cobraré el día 30 de junio el ERTE?

Usted cobrará máximo el día 10 de julio los 8 primeros días. A partir de su incorporación le pagará la empresa.

Buenas tardes, estamos en el ERTE desde el 24/03. He revisado las BCC en la Seguridad Social desde enero a la fecha y en el mes de abril la BCC es el doble de los demás meses. Luego en mayo vuelve a lo de siempre. ¿Es correcto, a qué se debe?

Las nóminas del SEPE son siempre las mismas. Si te encuentras en ERTE de SUSPENSION tu Base de Cotización ha de ser la misma que en situación de no ERTE, puesto que tu contrato está suspendido pero sigues en alta en la empresa. Por tanto, si tienes diferencias en cuanto a los importes declarados, deberás hacer la consulta en la TGSS por si tuvieran que actualizar los datos correctamente, aportando las NOMINAS con los importes de las bases de cotización declaradas.

Disculpen las molestias. Quería hacerles una consulta sobre mi puesto de trabajo... La escuela infantil en la que trabajo está en el erte. Yo tuve que cogerme una excedencia en noviembre 2019 para cuidar a mi hijo menor de 2 años por neumonías de repetición. Por lo que, como es normal, estoy fuera del erte. Ayer, mi jefa les mando un burofax a mis compañeras para comunicarles que el 30 de junio salen del erte. Y por teléfono les ha dicho que va a cerrar la escuela porque no tiene dinero para seguir adelante... mi pregunta es... ¿Qué pasa conmigo al estar de excedencia, tengo derecho a una indemnización por los años trabajados además del paro? ¿Puede cerrar la empresa sin haber abierto ni reanudado la actividad, alegando pérdidas o que no tiene dinero si antes del Covid le iba bien!? Gracias y perdón por molestarles.

En cuanto a su pregunta sobre si la empresa puede optar por el despido de toda la plantilla para proceder al cierre de la empresa, la respuesta es que sí le asiste dicha posibilidad, aún de forma inmediata tras el ERTE. Si bien, si lo hace mediante un despido por CAUSAS OBJETIVAS (económicas, productivas, etc) debe justificarlo muy motivadamente en la carta de despido, y para que dicho despido no sea declarado improcedente debe poner a su disposición (la de cada trabajador despedido) la indemnización equivalente a 20 días de salario por año trabajado. De no hacerlo o de no ser la carta lo suficiente detallada y basada en causas reales y ciertas, el despido podría ser impugnado por vuestra parte mediante demanda y ser declarado improcedente. Entiendo que Ud. está en excedencia forzosa por lo que para extinguir su relación laboral deben proceder del mismo modo.

Buenas noches... Mi consulta es la siguiente. Si en mi trabajo me han estado pagando con normalidad ante la pandemia y pues ahora me piden que recupere las horas de trabajo por las cuales me han pagado, ¿estoy obligada a recuperar esas horas de trabajo? Muchas gracias de antemano.

Es anormal esta situación, pues la empresa, salvo que su contrato o convenio colectivo digan otra cosa, no estaba obligada. O es una deferencia ( regalo de la empresa ) , o lo devuelve o lo recupera. Debe acordar una de estas posibilidades con la empresa.

Buenas tardes y gracias por su atención. Trabajo en un centro de día de personas con discapacidad, mi horario es de 9.00h a 17.00h de lunes a viernes, la comida es suministrada por la empresa mediante un servicio de catering. Durante el confinamiento hemos estado teletrabajando 5h diarias de lunes a viernes. El 12 de mayo empecé en un centro ocupacional desde las 8.00h hasta las 15.00h. como el taller a partir del 22 de junio tiene un horario de 9.00h a 14.00h para cumplir horas y recuperar las que no hemos hecho durante el confinamiento, me han partido la jornada y tengo que ir a una residencia dentro de la misma asociación de 17.00h a 19.30h. ¿Pueden partirme la jornada y hacerme trabajar en ese horario? ¿A la hora de calcular las horas a recuperar no deberían descontar la hora de la comida? ¿Se podría reclamar el importe de esta? Muchas gracias.

Las horas no trabajadas hay que recuperarlas. Es compleja la fórmula y si no existe otra mejor, entiendo que la propuesta de la empresa puede ser adecuada, siempre que cumplan descansos, etc. El hecho de partirle la jornada es por poder recuperar las horas, además es en dos centros distintos. Entiendo puede ser ajustado a norma, aunque deben tratar de ponerse de acuerdo. Si no es así, la empresa decide y usted puede recurrir, incluso vía judicial, si lo considera abusivo (no lo parece en principio). En cuanto al descuento de hora de comida, no sabemos si esa hora de comida entraba dentro de su jornada. Si era así, no puede solicitar que se reste ahora. En cuanto al importe, entiendo que no dar esa prestación ha sido motivado pro el covid y los cambios que ha relatado. Entendemos no es reclamable salvo que figure en su nómina como retribución en especie.

Buenas tardes. Mi duda es la siguiente. Estaba en situación de ERTE desde el 15 de marzo hasta el pasado 20 de junio que finalizó mi contrato al terminar el curso escolar. El día 8 de junio empecé a trabajar en otro sitio por 12,5 horas. Me ha llegado una carta del SEPE en la que pone que al darme de alta en la SS. El 8/06/20 y estar cobrando desempleo (ERTE) se me reduce lo que debería de cobrar al estar compatibilizándolo con otro trabajo a jornada parcial. Mi duda es: el ERTE que me queda por cobrar desde el 1/06 hasta el 20/06 se ve afectado por empezar el día 8/06 en otro trabajo a 12,5 horas a la semana? Muchas gracias de antemano. Un saludo. Ana Garrido

Al estar contratada desde el 8 de junio, el periodo comprendido entre esa fecha Y el fin del ERTE (20 DE JUNIO). LA PRESTACIÓN DEL ERTE SE REDUCIRA PROPORCIONAL A LA JORNADA TRABAJADA (12,5 horas/semana), ya que esta situación es de COMPATIBILIZACION DE PRESTACION DESEMPLEO (ERTE) Y TRABAJO.

Buenas tardes mi consulta es la siguiente Me han denegado el erte como trabajador por cuenta ajena porque el día 13/3 que se solicitó aún estaba de alta como autónomo. Me di de baja como autónomo el día 19/3. La duda es si pueden solicitarme el erte de nuevo la empresa donde trabajo por cuenta ajena , desde el día 20/3 un día después de estar ya de baja de autónomo y cómo se haría. Muchas gracias.

Si el 13.03.2020 es la fecha en la que dejaste de trabajar en la empresa, el ERTE ha de solicitarse con fecha de efecto de esa fecha y no se podría modificar. Otra opción sería que modificases tu fecha de baja de autónomo a una fecha anterior al 13.03.2020.

Hola, buenos días. Mi consulta es la siguiente. Trabajo de camarera en un bar. Estamos en erte desde el 14 de marzo, pero mi jefa como un compañero se han salido del erte por media jornada se supone, ya que trabajan la jornada completa y más. Yo aún estoy en erte. Pero ha estado llamando a gente para trabajar en negro y así ahorrarse SS y sueldo. Y yo aún sin poder volver a trabajar. Esto no creo que sea muy correcto. Mi pregunta sería la empresa me podría dar de baja diciendo que no tiene faena. Aunque esto no fuera verdad. O bajarme la jornada. Porque temo que es lo que esta quiere hacer. Gracias.

La situación es de ilegalidad. Usted debe ser llamada al trabajo o bien ser despedida. Si nada hace la empresa, puede iniciar acciones judiciales.

Estoy en erte desde mediados de marzo, y es posible que se alarguen hasta septiembre. En febrero pacté las vacaciones de verano con la empresa, y programé el viaje. Si me llaman a trabajar el día antes de empezar mis vacaciones, o si me llaman durante ese viaje... ¿Tengo que ir inmediatamente a trabajar? ¿O me tienen que respetar las vacaciones pactadas? Sé que durante el erte no genero vacaciones, pero no supero los días que me corresponden.

Las vacaciones deben ser pactadas por ambas partes. Por tanto, si usted las tiene prefijadas, podrá disfrutarlas.

Buenas tardes. Hay un trabajador que, estando en ERTE, ha comunicado su baja voluntaria. Tiene derecho a vacaciones? Y a finiquito? En caso afirmativo, cómo se le indemnizarían las vacaciones, visto que, aún dándolo de baja con fecha que incluya sus vacaciones, la empresa está con cese temporal de actividad? Le agradezco infinitamente su respuesta

El trabajador que cesa voluntariamente pese a estar en ERTE tendría derecho al pago de su finiquito que está compuesto por las vacaciones que le quedaran pendientes de disfrute antes de entrar en ERTE (por norma general, a razón de 2,5 días por mes trabajado). Las vacaciones se retribuyen como días efectivamente trabajados, según la jornada y salario que tuviera el trabajador.

Buenos días. Les pregunto porque tengo una pregunta respecto al ERTE. Estoy en Erte desde el 1ero de abril, y mi empresa me ha vuelto a reincorporar a tiempo parcial desde el 15 de junio. Ese mismo día, he dado mi renuncia voluntaria ya que encontré una mejor oportunidad laboral. Desde enero he tenido 2 días de vacaciones, más 9 días obligados por la empresa del 23 al 31 de marzo (no sé si el sábado y domingo cuentan como un día de vacaciones o no). Mi pregunta es si voy a deber dinero a mi empresa por los días disfrutados o no, ya que realmente he estado trabajando 2 meses y medio, y el resto del tiempo estaba en ERTE, las vacaciones de marzo las ha elegido mi empresa claro. Muchas gracias.

A efectos del cómputo de vacaciones hay que acudir al convenio colectivo. En todo caso, si usted tuviese derecho a 22 días al año, es lo habitual, son días de trabajo efectivo, es decir, no computan los fines de semana si es que dichos días no son habituales para el trabajo en su empresa. Si aún así, usted ha disfrutado de más días de vacaciones, deberá llegar a un acuerdo pues no procederían.

Buenas tardes y gracias por su atención. Trabajo en un centro de día de discapacitados con una jornada continua de 8h (de 9.00h a 17.00h), en la cual esta incluida la comida proporcionada por la empresa mediante cáterin. Durante el confinamiento hemos estado haciendo teletrabajo durante 5 h. Ahora me quieren hacer recuperar las horas en jornada partida y contando como 8h de trabajo diario descontando las que hemos hecho de teletrabajo y mi duda es esta, no habría que descontar el tiempo de la comida? Se podría reclamar el importe de esta?

Si la jornada de trabajo es de 6 horas o más continuas, se tiene derecho a un descanso, generalmente de unos 20 minutos. Cuando la jornada es inferior a 6 horas continuas, como es el caso de jornadas partidas, no se tiene derecho a dicho descanso, por lo que no cabe el descuento o reclamación del tiempo de la comida.

Buenos días.a ver mi caso es el siguiente, mi empresa hizo un erte en marzo. Mi nómina comprende del 1 al 30 de cada mes, salí del erte el 13 de mayo por lo que esos primeros 12 días los paga el SEPE y los 19 restantes ya que mayo tiene 31 días los paga la empresa. Al darme la nómina de mayo he visto que me han pagado 18 días y no 19 porque la nómina como ya he dicho comprende hasta el día 30...qué pasa con ese día 31? no lo paga el SEPE, no lo paga la empresa....Si hay 7 meses de 31 días y un mes de 28 entiendo que regalo 5 días al año a la empresa???. gracias y un saludo

En el caso de trabajadores por cuenta ajena que cotizan por el Régimen General LA COTIZACIÓN ES MENSUAL y se hace a razón de la media de 30 días/mes (ello todos los meses, ya tengan 30, 31 o 28 días).

Con la única excepción de que la empresa se acoja al sistema de cotización diario, en cuyo caso, se cotiza por día efectivamente trabajado. En su caso, es correcta la forma en la que lo ha hecho la empresa, y es así para todos los trabajadores, con la excepción indicada.

Buenos dias, actualmente estoy incluida en un ERTE hasta el 30 de junio, pero me he quedado embarazada, y es de riesgo. Para pasar del erte a la baja por embarazo de riesgo, ¿qué debo de hacer y/o donde debo de entregar el informe medico? Gracias.

Si el médico le da de baja, pasará a esa situación directamente.

Buenos días. He comenzado a trabajar el 16 de Junio, el empresario nos ha informado verbalmente de que salimos del ERTE en un 75% y que efectivamente el otro 25% lo paga el SEPE. El caso es que han traído un nuevo empleado a media jornada y esa es mi cuestión, ¿pueden contratar con el resto de la plantilla en ''semi ERTE''?

Si es necesario por su especialidad, entendemos no hay problema.

¡Hola! Mi pregunta es la siguiente: Estamos toda la plantilla en Erte y somos fijos,la empresa va a reanudar su actividad, ¿puede contratar a una persona y a los trabajadores que tiene fijos dejarlos que sigan en el Erte? Gracias.

Salvo que motive la necesidad de ese nuevo trabajador por una especialidad en su prestación que el resto no puede hacer, no debería ser así.

Hola buenas tardes me gustaría saber cuantos días me puede quitar la empresa si he estado en erte desde el día 25/03/2020 hasta el día 18/05/2020, gracias.

Si se refiere a vacaciones, el tiempo proporcional al total, un 20% de los días habituales, más o menos.

Buenas tardes. Tengo una duda que no sé si me podrán resolver. Mi empresa ha presentado ERTE y estoy con reducción de jornada al 50%. Las primeras semanas se organizó de tal forma que una semana trabajaba 2 días y a la siguiente semana 3 días. Al mes siguiente me dieron libertad para organizarme como quisiera. Y ahora nos obligan a trabajar todos los días (de lunes a viernes) realizando la mitad de la jornada diaria. ¿Es legal? Muchas gracias de antemano. Un saludo.

Entendemos que siempre que no se supere la jornada a cumplir y no suponga un abuso o menoscabo, es legal.

Hola buenas tardes tengo una consulta soy dueña de un restaurante donde tengo 15 trabajadores incluidos todos en el ERTE por fuerza mayor al reabrir he recuperado a 6 de ellos y una de las camareras recuperadas me ha presentado la baja y se ha ido. Mi duda es la siguiente: ¿yo tengo que contratar a alguien que ocupe su puesto para seguir manteniendo el número de trabajadores que tenía en el ERTE aún cuando no lo necesito?

Es compleja la cuestión. Si es una baja voluntaria no podría afectarle de forma negativa.

Hola buenos días, mi pregunta es: estoy en el ERTE, pero he conseguido un trabajo 8h pero solo es una semana de contrato, me afecta en algo al ERTE, gracias.

Usted comunica al SEPE la realización de ese trabajo y vuelve al ERTE tras el mismo.

Hola. Estoy con un contrato de 20 horas semanales computadas en fin de semana pero, dado que está flojo el trabajo desde la salida del ERTE, estoy trabajando 15 porque no me necesita más la empresa. ¿Cobro igualmente mi sueldo íntegro por 20 horas? O, por el contrario, me pagan menos. Gracias.

Si ha salido del ERTE debe trabajar y cobrar todo su jornada. Si trabaja menos pero le pagan 20 horas, sin problema. Si trabaja menos y le pagan menos se trata de una modificación contractual, sustancial, que le daría derecho a resolver su contrato o extinguirlo, con 20 días de indemnización por cada año trabajado.

Buenos días. Estoy en el ERTE pero he conseguido un trabajo de 8 horas pero sólo es una semana de contrato. ¿Me afecta en algo al ERTE? Gracias.

En este caso, usted debe comunicar al SEPE que va a trabajar esos días. Tras los mismos, el SEPE le continuará pagando la prestación por el ERTE.

Buenas tardes, trabajo en un hotel como camarera de habitaciones y fui incluida en erte en marzo, el día 4 de junio se me acabó el contrato y la empresa no me ha dicho nada, a día de hoy sigo en el erte, ¿sigo porque me van a renovar o no tiene nada que ver? ¿Me deberían de haber comunicado ya que se me cumplía el contrato y salgo del erte?

Mientras nada le comuniquen sigue en situación de ERTE. Una vez acabe el mismo usted deberá trabajar un tiempo igual al que transcurrió desde el inicio del ERTE hasta la fecha en que debería finalizar su contrato.

Trabajo en una tienda de Valencia. Me dicen que el lunes 22 me sacan del ERTE, para reincorporarme a la tienda, para recogerla puesto la van a cerrar y me van a despedir, ya que van a cerrar varias tiendas en España. ¿Estoy obligada a recoger la tienda? Mi categoría es de ayudante de dependienta. ¿Me deberían indicar el día de reincorporación, horario y tareas a realizar por escrito? Un saludo, y gracias de antemano, por la labor que realizan.

En teoría, la empresa le debe dar las instrucciones en la forma habitual. Si ha sido de forma verbal, entiendo que puede ser así también esta vez. Si usted cree que está fuera del objeto de su contrato, puede negarse.

Buenos días, Actualmente trabajo en una empresa de mantenimiento térmico de edificios en la cual, desde hace 2 años, estoy subcontratado en un hotel para mantenimiento integral y cubrir las 8 horas de jornada diaria (sin cláusula específica en contrato solo verbal). El pasado 16 de marzo el hotel entró en ERTE y, por consiguiente, mi empresa me ha hecho un ERTE por fuerza mayor con reducción de jornada al 50% (el hotel quería suspender el contrato pero mi empresa se negó y acordaron un contrato del 50%). El caso es que de toda mi empresa de mantenimiento (unas 8-10 personas) soy el único de toda mi empresa que está en ERTE. Mis compañeros de mantenimiento han estado trabajando a pleno rendimiento en salas de calderas, durante el estado de alarma, incluso han metido horas extras como vienen haciendo de costumbre. Le llamé 2 veces a mi jefe para ver si podía realizar otras tareas y alega que no tienen trabajo para mi para cubrir las otras 4 horas...¿Es legal este ERTE? ¿Es correcto que sea de fuerza mayor? ¿Qué debería hacer? Gracias. Un saludo.

En este caso corresponde a la Autoridad laboral fiscalizar y controlar la legalidad o no del ERTE. Si lo han autorizado en principio la empresa lo puede mantener hasta que las disposiciones legales se lo permitan. Ello no es obstáculo para que si Ud. cree que las practicas llevadas a cabo por la empresa (pago de horas extras al resto de plantilla como comenta), van en detrimento de sus derechos y no son acordes con el ERTE pueda iniciar las actuaciones oportunas para que la Autoridad laboral lo revise.

Hola buenas tardes, quería saber cuántos días me tienen que quitar de vacaciones por estar 15 días en el ERTE, es que según la empresa son 4 días. Gracias.

Es proporcional al año total. Salvo error sería 1 día.

Buenos días. Les planteo la siguiente duda: Estando de ERTE por reducción, ¿las horas de reducción del día de vacaciones las pueden guardar para disfrutarla más adelante, ya que nosotros tenemos un acuerdo de respetar las vacaciones al 100% durante el ERTE? Muchas gracias.

Entiendo que si han alcanzado ese acuerdo con la empresa debe ser respetado por la misma en los concretos términos suscritos.

Buenas tardes, me gustaría saber si los ertes hasta septiembre van a aplicar a mi empresa. Es una empresa de menos de 50 empleados, de desarrollo de aplicaciones informáticas. ¿Se puede acoger a dejar a sus empleados en erte más allá del 30 de Junio? Gracias. Un saludo.

No solo por la causa específica del Covid, sino por normativa habitual del ámbito laboral, si se dan causas objetivas, la empresa puede presentar ERTE.

Buenas, mi consulta es la siguiente: me encuentro en un ERTE desde el 19 de marzo, el cual aún no ha sido tramitado, es decir, ni aceptado ni rechazado. Aún no lo han mirado ni recogido mis datos, pues en la página del SEPE es lo que pone. La empresa me quiere reincorporar en julio, de ser así, ¿qué ocurrirá con la situación de mi ERTE? ¿Quién me abonará esos meses? Y otra cosa, antes del ERTE yo estaba en una reducción de jornada por maternidad y ahora mi horario será diferente por la situación en la que estamos pero ¿sería posible cambiarlo más adelante acogiéndome al estatuto en el que se nos permite dicha reducción en el horario que solicitemos hasta que los críos tengas los 12 años de edad?

Si el ERTE se acepta finalmente, le pagará el SEPE, si no es así, le debe pagar la empresa. Por otro lado, si usted cumple los requisitos para reducción de jornada puede solicitarlo en cualquier momento.

Hola. Comentarle que estoy hasta el 30 de junio en ERTE, mi empresa es restaurante, soy administrativo. He oido que no me va a coger, pues hay poca productividad. ¿Puede hacerlo? ¿Que tengo que hacer yo? Gracias.

La empresa tendrá que llamarle una vez finalice el ERTE. Si finalizado el ERTE no le llaman debe demandar por despido improcedente.

Hola. Mi duda es la siguiente. Me he incorporado a mi empresa hace una semana y algunos de mis compañeros todavía siguen en ERTE más de la mitad del personal. Los que se incorporaron hace un mes ya tienen pactadas su vacaciones de verano, a mí me han incorporado para cubrir vacaciones. Por entrar tres semanas después tienen derecho a cambiarme mis vacaciones firmadas porque no podemos coincidir dos persona . Las de invierno me quedaban tres días a los que renunciado pero las de verano que son 21 días y tenía firmados, ¿por entrar la última me los pueden modificar?

Las vacaciones deben ser pactadas entre empresa y trabajador.

Buenas tardes. Mi pregunta es la siguiente, estoy en ERTE por covid y sé que afecta tanto a generar vacaciones y generar pagas extraordinarias pero mi consulta es si afecta a mis días de asuntos propios que tengo en total 3. Gracias.

Aunque no hay una respuesta 100% seguras, entendemos que por analogía, se reducen proporcionalmente en función del tiempo de duración del ERTE en relación al año completo.

Buenos días. Mi consulta es la siguiente: Yo trabajo por cuenta ajena en un hotel que ha hecho un ERTE y luego estoy como autónomo como repartidor de comida en Uber. El sepe me llamó hoy, después de 3 mes sin cobrar, y me dice que no me pagan la prestacion por el ERTE del hotel porque estoy también como autónomo en Uber. ¿Esto es legal? ¿Se puede reclamar? Estoy desesperado por que de autónomo no he tenido actividad durante los 3 meses. Gracias.

Es legal. El cobrar la prestación del SEPE por estar en ERTE es siempre que se esté en situación de desempleo. Al estar dado de alta en el régimen de autónomos, no se considera que esté en desempleo, por lo que la prestación del SEPE es denegada por no cumplir con las condiciones legalmente establecidas para ello.

Buenas tardes. Por convenio tengo derecho a 4 días de asuntos propios. Como he estado en Erte 3 meses ¿se reducen esos días? Gracias.

Es complejo, pero debe entenderse que debe hacerse un ajuste proporcional.

Buenos días. Estoy en un Erte. Encontré otro trabajo y quería saber si me llaman antes para donde estaba (me quedan dos semanas de contrato) me tengo que incorporar o puedo decir que ya tengo otro aunque no tenga fecha fija de inicio. Muchas gracias.

En este caso tendría que incorporarse cuando sea llamado al trabajo en el que se le incluyó en un ERTE. Si no pudiera hacerlo por el hecho de no querer dejar el nuevo trabajo, podría tratar de pactarlo con el empresario para que le de una solución favorable pues hasta el 30/06/2020 se permite el mantener los ERTEs.

Hola, tengo una duda. Tengo un contrato de 40h que se rige por el Estatuto de los Trabajadores. Me hicieron un contrato eventual el 22 de julio de 2019 hasta el 22 de diciembre de 2019. El 3 de febrero de 2020 me volvieron a contratar hasta el 2 de agosto haciéndome otro contrato eventual. ¿Este segundo contrato no es fraude? ¿Al no haber pasado el tiempo necesario entre contrato y contrato?

Los contratos eventuales tendrán una duración máxima de 6 meses en un periodo de 12 meses, a no ser que el convenio colectivo de aplicación, establezca una duración superior. La concatenación de contratos temporales será fraude de ley siempre que se haya dado lugar a dos contrataciones temporales que sumen más de 24 meses en un período de 30 meses, dentro de la misma empresa o grupo de empresas

Ahora me metieron en el ERTE pero con una reducción de mi jornada del 10% y me comentan que ese 10% no me lo tiene que abonar el SEPE y lo pierdo ¿es correcto?

La empresa puede reducir la jornada en ERTE entre un 10% y un 70%, pudiendo concretarse restar las horas de la jornada de trabajo habitual o disminuyendo el nº de días de trabajo a la semana. Sea cual sea la opción escogida para reducir la jornada, los trabajadores afectados cobraran por una parte el salario normal correspondiente a la parte de la jornada trabajada (a cargo de la empresa) y por otra, la prestación por desempleo correspondiente a la que ha sido reducida, que les abonará el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Hola, mi empresa me ha dicho que me mantiene en el ERTE hasta que dé a luz. Estoy de 37 semanas. ¿Es correcto o me deberían dar de alta y seguidamente luego de baja hasta que dé a luz? ¿Me perjudicaría algo estando en el ERTE si hasta principios de julio no doy a luz y supuestamente se acaba el ERTE a primeros?

La empresa puede mantenerle en ERTE hasta su baja por maternidad en el momento en que dé a luz. Cuando esto suceda Ud. pasará a cobrar su prestación por maternidad según la Base de cotización que tenía antes del ERTE.

Hola buenos días. Estoy trabajando de empleada del hogar. Tengo contrato indefinido, mi jefe me ha dicho que tengo bronquitis. Sólo trabajaré hasta el 30 de junio, serían 6 meses. ¿Qué derechos tengo?

Si actualmente y mientras estaba el estado de alarma, has dejado de prestar servicios, total o parcialmente, con carácter temporal, se ha habilitado un subsidio extraordinario por falta de actividad para las Empleadas de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social. Debes realizar las gestiones en el SEPE para tramitar la SOLICITUD DEL SUBSIDIO EXTRAORDINARIO. Un saludo.

Buenas tardes, la empresa para la que trabajo es una panadería y cerró por el covid19. Le denegaron mi ERTE porque es de primera necesidad, Le denegarían el ERTE al SOLICITARLO POR FUERZA MAYOR, la empresa debería haber solicitado un ERTE ETOP, pero le han aprobado el cese de actividad. La prestación por Cese de Actividad (CATA) no es incompatible con el desarrollo de la actividad, lo puede haber solicitado por disminución de ingresos y no por cierre de la actividad. Mi duda es la siguiente: ¿en qué situación estoy yo? Si no estas incluido en ningún ERTE tu situación actual es de alta y la empresa tiene que abonarte tu salario. Ella ha vuelto a trabajar pero yo no y no sé qué derechos tengo, lo único que sé es que sigo dada de alta en la Seguridad Social. Necesito saberlo porque me piden en el banco las dos últimas nóminas para un trámite que quiero realizar. Habla con la empresa y que te informen en qué situación te encuentras, para ver que acciones has de tomar, por otro lado, en cuanto a tus hojas de salario, solicítalas a la empresa, puesto que te las tiene que entregar. Un saludo.

Hola, estoy embarazada y necesitamos saber algo sobre el permiso de paternidad, a mi pareja solo le quieren dar 15 días de paternidad y tengo entendido que en 2020 le pertenecen 12 semanas, es legal lo que hace su empresa?

NO es legal lo que hace la empresa.

El permiso de paternidad consiste en una suspensión total de 12 semanas, de las cuales las cuatro primeras deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto.

Las 8 semanas restantes tiene un periodo para disfrutarlas de 12 meses desde que disfruta las 4 primeras semanas obligatorias. podrán distribuirse a voluntad del progenitor y de la siguientes formas, según elija él: De forma continua tras las 4 primeras semanas. en períodos semanales de forma acumulada o interrumpida, a jornada completa o a tiempo parcial

Hola tengo una consulta a mi se me acaba el contrato en julio el día 11 pero llevo desde el 23 de marzo en un erte y el 29 de junio empiezo a trabajar. Se me acabaría el contrato o tendría que hacer los meses que me pegue en el erte Efectivamente, su contrato se va a prolongar por un plazo igual al que usted estuvo en situación de ERTE.

- Hola, tengo una duda, yo soy administrativa, el grupo empresarial para el que trabajo, hizo ERTE en todas las empresas afectadas por Covid19, pero ahora que empiezan a abrir algunas empresas, la empresa a decidido desafectar un administrativo de otra empresa en lugar de la que tiene la reapertura y yo sigo en el ERTE. ¿Pueden hacerlo? ¿No debería salir yo del ERTE primero, puesto que es mi centro?. Muchas gracias.La decisión acerca de que concretos trabajadores salen del ERTE de forma parcial y/o gradual es de la empresa. No hay un criterio de antigüedad y/o de centro.- Buenos días. Mi empresa cerró los centros el 16/3 y estuvimos tele trabajando hasta el 3 de abril. En esta fecha nos comunico que había presentado un ERTE con carácter retroactivo a fecha 16/03 por fuerza mayor. Ahora nos pide que devolvamos esos 15 días de nómina. ¿Es legal y exigible por parte de la empresa?Ustedes no debieron trabajar desde el 16 de marzo. Si trabajaron, tienen derecho al 100% de su nómina.- Mi consulta es: ingresé a laboral en una empresa el 02 de octubre del 2019, me hicieron contrato por 6 meses, se me vencía el 02 de abril del 2020, pero el 14 de marzo empezó la cuarentena y el confinamiento por el covid. Esto quiere decir que me faltaba 15 días para completar mi contrato y tener derecho a las vacaciones, la empresa me ingresó al ERTE en lo cual me dio el 70% de mi pago, regresé a laboral el 02 de junio, le pregunto a mi jefe del contrato y me dice que se renovó automáticamente y que no tengo derecho a mis vacaciones que tenía por cumplir, ¿eso es cierto?. Gracias. No hay ninguna circunstancia legal que haya eliminado su derecho a vacaciones. Tras la situación de ERTE debió continuar su contrato por el tiempo restante y disfrutar de sus vacaciones. Más allá de la renovación o no.- Buenos días. Mi consulta es la siguiente. Mi empresa lleva de ERTE del el 1 de abril y en el caso de mi departamento estamos todos al 50% y hemos estado trabajando presencial y teletrabajo. A días sueltos, es decir una semana 8 horas, otra libre y así hasta hacer las horas correspondientes en el mes. Ahora nos están diciendo que por ley deberíamos trabajar todos los días 4 horas y no 8 y librar días. Eso es así, porque después de estar 3 meses no lo entendemos. Y otra pregunta es, mi situación es que tengo un niño de 6 años y no tengo con quien dejarlo, ya que mi marido por el trabajo que tiene, va presencial a la empresa a trabajar y los campamentos están siendo complicados, a mi me pueden obligar a ir presencial a la empresa o puedo seguir como hasta ahora que es teletrabajar?Entiendo que son posibles ambos sistemas de trabajo, el que tenían y el que ahora le proponen. En cuanto a obligarle al trabajo presencial, según la norma la preferencia es tele trabajo. En caso de que le obliguen puede estudiar si está en situación de imponer el teletrabajo a la empresa por sus circunstancias personales ( la norma regula expresamente cuando procede o no, más allá de la situación de COVID actual y la norma específica ).- Buenos días. Te planteo mi duda y lo que me ocurre. Vivo en Málaga y trabajo en la hostelería (en una lavandería) en Mallorca. Estoy en un ERTE por fuerza mayor desde el 25 de abril que fue cuando empecé el año pasado. Soy fija discontinua desde hace 8 años. Me han dicho que van a abrir la lavandería el día 1 de julio, y quieren que trabajemos media jornada para así meter a todo el personal fijo discontinuo, pero la cuestión es que hay muchos fijos que a fecha de hoy no están en el ERTE . Para poner la media jornada, ¿tenemos que estar de acuerdo los trabajadores?. ¿Puedo quedarme en el ERTE y no ir a trabajar, ya que yo tengo que desplazarme hasta Mallorca desde Málaga?...en el caso de que pudiera quedarme en el ERTE, y no presentarme a trabajar, ¿mantendría todos mis derechos?. Si me incorporo a trabajar, y echo media jornada...¿me pagan la mitad del ERTE que ahora mismo estoy cobrando? ¿ y la mitad de mi nómina?. Y luego, ¿qué paro cobro?...¿el paro de la nómina entera?. Y las vacaciones, ¿cómo cuentan? ¿La empresa me tiene que dar los 6 meses a partir de la fecha que empiezo en el ERTe, ó los 6 meses cuentan a partir que se acabe el Estado de Alarma? ¿El importe del ERTE que cobramos se mantiene hasta el final o se va reduciendo?La decisión de la llamada al trabajo es decisión de la empresa. Si usted no acude podrá ser despedido sin derecho indemnizatorio alguno. Al trabajar parcialmente, la mitad de su salario la abonará la empresa y la otra mitad del SEPE ( de donde cobrará la mitad del 70% de la base reguladora de su nómina total ). Durante el ERTE no se generan derecho de vacaciones. En ERTE parcial, se generan parcialmente.- Buenas tardes. En la empresa donde trabajo me comunicaron que me incluían en un ERTE los días 28 y 30 de abril. El SEPE me abonó 3 días en mayo (2*1.25 y redondeado a 3) y ahora veo en el SEPE que los días 1, 2 y 3 de mayo que eran festivo y fin de semana, también están incluidos. ¿Por qué se incluyen estos días que son festivos y yo no trabajaba? Gracias por su respuesta! El salario se percibe por cada día del mes, aunque algunos sean festivos y otros no.- Buenos días, trabajo en el sector hostelero y no han sacado del ERTE ,y no me ha llegado ninguna notificación de que ya estoy dado de alta nuevamente. También nos han comunicado que el ERTE pagará un 50% del sueldo y la empresa la otra parte hasta el día 15 de junio ,y empecé a trabajar el día 9 de junio, ¿es legal este procedimiento?Puede ser que haya pasado a estar en un ERTE de forma parcial, de ahí que parte trabaje y cobre de la empresa y la otra parte del SEPE.En mi empresa tenemos fecha de ERTE hasta el día 28 de junio, ¿qué pasa si no nos dice la empresa de volver antes de ese día? Tendríamos que presentarnos el día 29? Muchas graciasLa empresa puede decidir adelantar el inicio del trabajo. Es una decisión solo suya. Por otro lado, si nada le dicen, debe acudir a su puesto de trabajo el día 29.Hola buenos días, necesito ayuda. ¿Serían tan amables de sacarme de dudas? Soy trabajadora desde hace 4 años en una clínica dental, me encuentro actualmente al erte desde el 14 de marzo, y embarazada de 35 semanas. He pedido por favor a la empresa que me dé de baja en el erte para poder solicitar la baja por riesgo de embarazo que ya me hubiera correspondido en la semana 30 aproximadamente, por ser un trabajo en el que estás de pie las 8 horas. La empresa me dice que no, que siga al erte. Y claro, estoy perdiendo derechos de vacaciones, y sobre todo cobrando el 70% cuando en baja de riesgo de embarazo podría estar recibiendo el 100%. ¿Hay alguna posibilidad de cambiar esto? ¿O tiene que ser lo que diga la empresa? Muchas gracias, espero su respuesta.En este caso prevalece la situación que se haya comunicado en primer lugar. Es decir, en su caso el ERTE fue previo a la existencia de riesgo por lo que si no está trabajando no podrá causar baja por riesgo, salvo que la empresa se avenga a reincorporarla y así Ud. podría cobrar su prestación de la Mutua. Cuando dé a luz sí podrá cobrar la prestación de maternidad pese a que aún no haya salido del ERTE ya que la maternidad prevalece sobre la suspensión del contrato por ERTE.¡Buenos días! Estoy metida en un ERTE y recibo poca información de mi empresa. Me gustaría saber con cuántos días de antelación te deben avisar para reincorporarte al trabajo o si lo pueden hacer de un día para otro. Muchas gracias por su ayuda.Usted ya debe tener constancia de la duración del ERTE. De no ser así, la empresa tiene que avisarle con la antelación necesaria para que su reincorporación sea factible, dependiente de cada caso. Incluso podría ser de un día para otro, repito, dependiendo de las concretas circunstancias.Buenas tardes. Mi nombre es Teresa y mi empresa me ha metido en un ERTE desde el 1 de mayo, pero han comunicado mal mi número de cuenta bancaria. El número de cuenta que han dado no es el mío. He intentado ponerme en contacto con el SEPE y les he escrito un email, mediante un correo que me facilitó la asesoría de la empresa donde trabajo, pero no he recibido respuesta. Tampoco he podido comunicar con el SEPE por teléfono. Mi preocupación es si le pueden hacer el ingreso al titular de ese número de cuenta que no es el mío. ¿Comprueba el SEPE si el titular de la cuenta corresponde con la persona que tiene que cobrar la prestación? ¿Se pondrán en contacto conmigo? Gracias por su ayuda.Sí se hace dicha comprobación, de hecho detecta este tipo de errores. Por tanto, continúe insistiendo en el pago, una vez ha comunicado su correcto número de cuenta.Hola, el 26 de mayo mi empresa me sacó del erte al 60% de la jornada, en este caso ¿puedes ser incluido de nuevo en el erte?La empresa puede presentar un nuevo ERTE siempre y cuando sea por los motivos y con los requisitos y proceso legalmente previsto.Muy buenas, trabajo de ayudante de cocina en un comedor de un colegio ,tengo contrato fijo discontinuo, que finaliza el día que finalizan los colegios, este año el 19 de junio. Actualmente estoy cobrando un ERTE afectado por el covid-19. Mi empresa me ha mandado un correo diciéndome que el 19 se acaba mi ERTE y tengo que pasar al paro como todos los años hasta septiembre que se reanuda los colegios. ¿Esto tiene que ser así? ¿Cómo me apunto al paro si no hay citas en el SEPE? ¿Por qué no me pueden mantener en el ERTE?En este caso, por ser un trabajo fijo discontinuo, el ERTE finalizará en la fecha en la que hubiese finalizado el trabajo (19 de junio). Una vez finalice el ERTE la empresa tramitará su baja por fin de contrato y tendrá que solicitar la correspondiente prestación de desempleo. Para solicitar la prestación de desempleo, primero tiene que inscribirse como demandante o de empleo o reactivar su demanda si ya ha estado inscrito anteriormente. Esto se realiza llamado al TLF 012. Una vez reactivada la demanda de empleo tendrá que solicitar la prestación de desempleo. La solicitud se puede realizar vía telefónica, llamando al TLF 965000579 o través de la página de internet: www.sede.sepe.gob.es cumplimentando el formulario "contacto cita previa".Buenos días, he visto por el Diarioinformacion.com que dan respuesta a dudas por el ERTE y los efectos de la pandemia. Agradecerles primero su gran labor antes una crisis que nos afecta a todos de una forma u otra y en mayor o menos medida. Mi consulta es: me hicieron erte parcial por el covid-19 el 24 de marzo y empecé a trabajar el 50% de mi jornada. Unas 3 semanas después declararon la petición de erte en nulo y volví a realizar mi jornada al 100%. Mi pregunta es: ¿tengo que recuperar las horas no hechas desde que se solicito el erte hasta que lo declararon nulo? Yo entiendo que no, ya que yo he cumplido con lo que me dijo el jefe y la decisión no debería de afectarme a mi, pero no veo ningún artículo en ninguna ley ni estatuto, que contemple una situación como esta, y no tardando hablaremos sobre esto y me gustaría poder tener algo con lo que poder defender mi postura en caso de que no tuviera que recuperarlas. Muchas gracias, un saludo y cuídense.La situación no es fácil. Es cierto que usted siguió instrucciones de su empresa, pero también es cierto que usted no trabajó de manera plena y ( entiendo ) ha recibido o debe recibir el 100% de su nómina. En estos casos nos decantamos pro que usted debe recuperar esas horas no trabajadas y cobradas, poniéndose de acuerdo a estos efectos con su empresa.Buenas noches, debido al covid-19 mi empresa me incluyó desde el 16 de marzo hasta el 25 de mayo en un erte fuerza mayor de suspensión de contrato. El día 25 de mayo fuí rescatada parcialmente del erte pasando a trabajar con una jornada del 50% (hasta q finalice está situación). Con anterioridad a estas fechas mi jornada era a tiempo completo, y entiendo que cuando acabe el erte debo volver a ella. Sin embargo, se me plantea la siguiente duda referente a las vacaciones. Cómo se generan y disfrutan los días de vacaciones producidos durante el tiempo en que he estado incluida en el erte con reducción de jornada? Ya que, con toda probabilidad, no será hasta que vuelva a estar a jornada completa cuando pueda disfrutar de dichos días. Yo se que se generan 2,5 dias por mes trabajado, pero esa norma es tanto si estoy con la reducción del erte como si estoy a jornada completa? Y por otra parte, mi empresa me dice q los días generados con la reducción quedarían a la mitad puesto q el erte es del 50% y los días los voy a disfrutar estando a jornada completa. Eso es asi?. Supongamos q he estado 1 mes a media jornada....genero 2.5 días de vacaciones?? Cuantos días completos me corresponden ( ahora que trabajo a jornada completa con turno partido de mañana y tarde).Si se aplica un ERTE de reducción de jornada la empresa puede decidir reducir proporcionalmente el derecho de generación y posterior disfrute de las vacaciones. Mensualmente se genera el derecho a 2,5días de vacaciones, pero durante el periodo de ERTE con reducción de jornada, las vacaciones generadas pueden ser proporcionales a la jornada trabajada siempre que así lo decida la empresa. Si la jornada es el 50%, las vacaciones generadas en ese mes serán de 1,25 días disfrutados a jornada completa.-¡Buenos días! Tengo una duda referente a las incorporaciones del ERTE. Mi empresa está empezando a incorporar gente, en las dos primeras rondas no he entrado, mi director comenta que irá en función de la afluencia y que seguramente sea antes de Septiembre, quizás en Julio. Nos avisarán con un mínimo de 48 horas de antelación. La pregunta es: ¿tengo que acudir inmediatamente? Me explico... la primera semana de Julio la tenía de vacaciones porque es mi aniversario y aprovecho para hacer algo. Si coincide justo cuando me piden que me incorpore, ¿podría pedir posponerlo? Un saludo, gracias.En este caso si Ud. ya tenía acordado con la empresa el disfrute de sus vacaciones para la primera semana de julio, aunque le llamasen para su reincorporación, Ud. podría pedir que se respetasen dichas vacaciones ya pactadas. Si la empresa no contemplase esa opción porque necesita que trabaje, podría plantearle Ud. entonces que sean llamados otros previamente si todavía queda alguno pendiente de ser llamado.- Hola, tengo una duda, yo soy administrativa, el grupo empresarial para el que trabajo, hizo ERTE en todas las empresas afectadas por Covid19, pero ahora que empiezan a abrir algunas empresas, la empresa a decidido desafectar un administrativo de otra empresa en lugar de la que tiene la reapertura y yo sigo en el ERTE. ¿Pueden hacerlo? ¿No debería salir yo del ERTE primero, puesto que es mi centro?. Muchas gracias.

- Buenos días. Mi empresa cerró los centros el 16/3 y estuvimos tele trabajando hasta el 3 de abril. En esta fecha nos comunico que había presentado un ERTE con carácter retroactivo a fecha 16/03 por fuerza mayor. Ahora nos pide que devolvamos esos 15 días de nómina. ¿Es legal y exigible por parte de la empresa?

- Mi consulta es: ingresé a laboral en una empresa el 02 de octubre del 2019, me hicieron contrato por 6 meses, se me vencía el 02 de abril del 2020, pero el 14 de marzo empezó la cuarentena y el confinamiento por el covid. Esto quiere decir que me faltaba 15 días para completar mi contrato y tener derecho a las vacaciones, la empresa me ingresó al ERTE en lo cual me dio el 70% de mi pago, regresé a laboral el 02 de junio, le pregunto a mi jefe del contrato y me dice que se renovó automáticamente y que no tengo derecho a mis vacaciones que tenía por cumplir, ¿eso es cierto?. Gracias.

- Buenos días. Mi consulta es la siguiente. Mi empresa lleva de ERTE del el 1 de abril y en el caso de mi departamento estamos todos al 50% y hemos estado trabajando presencial y teletrabajo. A días sueltos, es decir una semana 8 horas, otra libre y así hasta hacer las horas correspondientes en el mes. Ahora nos están diciendo que por ley deberíamos trabajar todos los días 4 horas y no 8 y librar días. Eso es así, porque después de estar 3 meses no lo entendemos. Y otra pregunta es, mi situación es que tengo un niño de 6 años y no tengo con quien dejarlo, ya que mi marido por el trabajo que tiene, va presencial a la empresa a trabajar y los campamentos están siendo complicados, a mi me pueden obligar a ir presencial a la empresa o puedo seguir como hasta ahora que es teletrabajar?

- Buenos días. Te planteo mi duda y lo que me ocurre. Vivo en Málaga y trabajo en la hostelería (en una lavandería) en Mallorca. Estoy en un ERTE por fuerza mayor desde el 25 de abril que fue cuando empecé el año pasado. Soy fija discontinua desde hace 8 años. Me han dicho que van a abrir la lavandería el día 1 de julio, y quieren que trabajemos media jornada para así meter a todo el personal fijo discontinuo, pero la cuestión es que hay muchos fijos que a fecha de hoy no están en el ERTE . Para poner la media jornada, ¿tenemos que estar de acuerdo los trabajadores?. ¿Puedo quedarme en el ERTE y no ir a trabajar, ya que yo tengo que desplazarme hasta Mallorca desde Málaga?...en el caso de que pudiera quedarme en el ERTE, y no presentarme a trabajar, ¿mantendría todos mis derechos?. Si me incorporo a trabajar, y echo media jornada...¿me pagan la mitad del ERTE que ahora mismo estoy cobrando? ¿ y la mitad de mi nómina?. Y luego, ¿qué paro cobro?...¿el paro de la nómina entera?. Y las vacaciones, ¿cómo cuentan? ¿La empresa me tiene que dar los 6 meses a partir de la fecha que empiezo en el ERTe, ó los 6 meses cuentan a partir que se acabe el Estado de Alarma? ¿El importe del ERTE que cobramos se mantiene hasta el final o se va reduciendo?

- Buenas tardes. En la empresa donde trabajo me comunicaron que me incluían en un ERTE los días 28 y 30 de abril. El SEPE me abonó 3 días en mayo (2*1.25 y redondeado a 3) y ahora veo en el SEPE que los días 1, 2 y 3 de mayo que eran festivo y fin de semana, también están incluidos. ¿Por qué se incluyen estos días que son festivos y yo no trabajaba? Gracias por su respuesta!

- Buenos días, trabajo en el sector hostelero y no han sacado del ERTE ,y no me ha llegado ninguna notificación de que ya estoy dado de alta nuevamente. También nos han comunicado que el ERTE pagará un 50% del sueldo y la empresa la otra parte hasta el día 15 de junio ,y empecé a trabajar el día 9 de junio, ¿es legal este procedimiento?

En mi empresa tenemos fecha de ERTE hasta el día 28 de junio, ¿qué pasa si no nos dice la empresa de volver antes de ese día? Tendríamos que presentarnos el día 29? Muchas gracias

Hola buenos días, necesito ayuda. ¿Serían tan amables de sacarme de dudas? Soy trabajadora desde hace 4 años en una clínica dental, me encuentro actualmente al erte desde el 14 de marzo, y embarazada de 35 semanas. He pedido por favor a la empresa que me dé de baja en el erte para poder solicitar la baja por riesgo de embarazo que ya me hubiera correspondido en la semana 30 aproximadamente, por ser un trabajo en el que estás de pie las 8 horas. La empresa me dice que no, que siga al erte. Y claro, estoy perdiendo derechos de vacaciones, y sobre todo cobrando el 70% cuando en baja de riesgo de embarazo podría estar recibiendo el 100%. ¿Hay alguna posibilidad de cambiar esto? ¿O tiene que ser lo que diga la empresa? Muchas gracias, espero su respuesta.

¡Buenos días! Estoy metida en un ERTE y recibo poca información de mi empresa. Me gustaría saber con cuántos días de antelación te deben avisar para reincorporarte al trabajo o si lo pueden hacer de un día para otro. Muchas gracias por su ayuda.

Buenas tardes. Mi nombre es Teresa y mi empresa me ha metido en un ERTE desde el 1 de mayo, pero han comunicado mal mi número de cuenta bancaria. El número de cuenta que han dado no es el mío. He intentado ponerme en contacto con el SEPE y les he escrito un email, mediante un correo que me facilitó la asesoría de la empresa donde trabajo, pero no he recibido respuesta. Tampoco he podido comunicar con el SEPE por teléfono. Mi preocupación es si le pueden hacer el ingreso al titular de ese número de cuenta que no es el mío. ¿Comprueba el SEPE si el titular de la cuenta corresponde con la persona que tiene que cobrar la prestación? ¿Se pondrán en contacto conmigo? Gracias por su ayuda.

Hola, el 26 de mayo mi empresa me sacó del erte al 60% de la jornada, en este caso ¿puedes ser incluido de nuevo en el erte?

Muy buenas, trabajo de ayudante de cocina en un comedor de un colegio ,tengo contrato fijo discontinuo, que finaliza el día que finalizan los colegios, este año el 19 de junio. Actualmente estoy cobrando un ERTE afectado por el covid-19. Mi empresa me ha mandado un correo diciéndome que el 19 se acaba mi ERTE y tengo que pasar al paro como todos los años hasta septiembre que se reanuda los colegios. ¿Esto tiene que ser así? ¿Cómo me apunto al paro si no hay citas en el SEPE? ¿Por qué no me pueden mantener en el ERTE?

Buenos días, he visto por el Diarioinformacion.com que dan respuesta a dudas por el ERTE y los efectos de la pandemia. Agradecerles primero su gran labor antes una crisis que nos afecta a todos de una forma u otra y en mayor o menos medida. Mi consulta es: me hicieron erte parcial por el covid-19 el 24 de marzo y empecé a trabajar el 50% de mi jornada. Unas 3 semanas después declararon la petición de erte en nulo y volví a realizar mi jornada al 100%. Mi pregunta es: ¿tengo que recuperar las horas no hechas desde que se solicito el erte hasta que lo declararon nulo? Yo entiendo que no, ya que yo he cumplido con lo que me dijo el jefe y la decisión no debería de afectarme a mi, pero no veo ningún artículo en ninguna ley ni estatuto, que contemple una situación como esta, y no tardando hablaremos sobre esto y me gustaría poder tener algo con lo que poder defender mi postura en caso de que no tuviera que recuperarlas. Muchas gracias, un saludo y cuídense.

Buenas noches, debido al covid-19 mi empresa me incluyó desde el 16 de marzo hasta el 25 de mayo en un erte fuerza mayor de suspensión de contrato. El día 25 de mayo fuí rescatada parcialmente del erte pasando a trabajar con una jornada del 50% (hasta q finalice está situación). Con anterioridad a estas fechas mi jornada era a tiempo completo, y entiendo que cuando acabe el erte debo volver a ella. Sin embargo, se me plantea la siguiente duda referente a las vacaciones. Cómo se generan y disfrutan los días de vacaciones producidos durante el tiempo en que he estado incluida en el erte con reducción de jornada? Ya que, con toda probabilidad, no será hasta que vuelva a estar a jornada completa cuando pueda disfrutar de dichos días. Yo se que se generan 2,5 dias por mes trabajado, pero esa norma es tanto si estoy con la reducción del erte como si estoy a jornada completa? Y por otra parte, mi empresa me dice q los días generados con la reducción quedarían a la mitad puesto q el erte es del 50% y los días los voy a disfrutar estando a jornada completa. Eso es asi?. Supongamos q he estado 1 mes a media jornada....genero 2.5 días de vacaciones?? Cuantos días completos me corresponden ( ahora que trabajo a jornada completa con turno partido de mañana y tarde).

-¡Buenos días! Tengo una duda referente a las incorporaciones del ERTE. Mi empresa está empezando a incorporar gente, en las dos primeras rondas no he entrado, mi director comenta que irá en función de la afluencia y que seguramente sea antes de Septiembre, quizás en Julio. Nos avisarán con un mínimo de 48 horas de antelación. La pregunta es: ¿tengo que acudir inmediatamente? Me explico... la primera semana de Julio la tenía de vacaciones porque es mi aniversario y aprovecho para hacer algo. Si coincide justo cuando me piden que me incorpore, ¿podría pedir posponerlo? Un saludo, gracias.

-Buenos días, soy taxista asalariado y estoy de baja desde el 26 de septiembre de 2019. Mi jefe ha ido pagandome la prestación con dos meses de retraso hasta el mes de marzo que hizo un ERTE a partir del día 15/03/20 en el que me incluyó. Yo he seguido enviandole los partes de confirmación por mail pero mi sorpresa ha sido recibir la prestación por desempleo por parte del SEPE. No se cómo averiguar en que situación estoy ni que tengo que hacer. Estoy pendiente de una nueva operación. ¿Me pueden ayudar? Muchas gracias por su atención. Saludos. El empresario debió comunicar al solicitar el ERTE qué trabajadores estaban de baja laboral, ya que dicha prestación prevalece sobre la prestación de desempleo. En estos casos, se puede incluir en el ERTE a los trabajadores de baja pero solo a los efectos de que si al finalizar la misma continua vigente el ERTE, dicho trabajador pase a ser afectado por el mismo.Es posible que lo que haya ocurrido es que la empresa no indicara esta circunstancia de baja laboral cuando solicitó el ERTE ni cuando realizó la solicitud colectiva de prestaciones al SEPE. Por ello, le han abonado la prestación. Debería consultar directamente con la empresa en qué términos hicieron la comunicación y si no indicaron la existencia de su baja, debe dirigirse al SEPE por teléfono para que le indiquen cómo solicitarlo.

-Hola, Trabajamos en el sector alimentación, pero en una distribuidora, aunque tenemos una pequeña tienda de cara al público. La empresa mantuvo a los trabajadores de la tienda, pero hizo ertes a los de distribución, pues se distribuye a restaurantes. El caso es que la empresa decidió cerrar los lunes, y asignarnos un dia de vacaciones a la semana, con lo cual, hacíamos nuestro dia normal (5 dias a la semana en horario continuo), más uno obligado. A la hora de repartir fechas de vacaciones, estos dias nos han sido descontados de nuestras vacaciones. ¿Esto es legal? Muchas graciasEn este caso entiendo que la empresa lo hizo en aras de evitar el ERTE para toda la plantilla y poder conjugarlo con el disfrute de ciertos días de vacaciones. Por lo general, las fechas de disfrute de las vacaciones son escogidas por los trabajadores en un 50% y el otro 50% queda a elección de la empresa. Se podría considerar, por tanto, que esos días ya los habéis disfrutado a elección del empresario. De lo contrario, si os oponéis a que dichos días os sean descontados de las vacaciones, el empresario podría exigir la recuperación de las horas no trabajadas y cobradas.Hola buenas tardes, a mi marido lo incorporan del ERTE y está a 40 horas semanales, pero le hacen firmar un papel en donde dice que le bajarán el sueldo a 1000 euros mensuales hasta el mes de septiembre, ¿es posible hacer eso? ¿Es legal?La bajada de sueldo es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Tienes dos opciones. La primera es aceptarla, la segunda es no aceptarla y provocar un despido por causas objetivas (donde recibirá 20 días de salario por cada año trabajado).Trabajo en una empresa como indefinida desde hace muchos años. Debido al covid nos han realizado un ERTE a todos los trabajadores del 30 de marzo al 4 de mayo. Esta semana hemos pedido conocer las fechas de las vacaciones de verano, dado que aunque el calendario estaba realizado desde enero, no lo han colgado ni ratificado desde gerencia y solo lo conocemos algunos trabajadores de oficina. El jefe nos indica que por convenio tenemos que trabajar 1759 horas y dado que el mes de abril no hemos trabajado, le debemos horas y en agosto únicamente podremos hacer una semana de vacaciones (de las 4 que teníamos previstas y hacemos cada año) y nos obliga a trabajar ¿Es esto legal? ¿Cómo funciona el tema de horas de convenio con un ERTE por medio (el cual a fecha de junio aún no hemos cobrado nada)? Agradecería algo de información al respecto.En cuanto a la comunicación por parte del empresario sobre que "le deben horas", no es así en absoluto. Las jornadas máximas reguladas en el Estatuto o Convenio colectivo, en su caso, son los máximos que se puede trabajar. Al igual que hay una jornada máxima anual, también la hay semanal y diaria, y unos descansos entre jornadas de 12 horas que se han de respetar. Si han estado durante el mes de abril en ERTE, se trata de una situación provocada por la empresa (que es quien solicita el ERTE) y durante ese tiempo no se acumulan horas a favor del empresario. Simplemente el contrato está suspendido y los trabajadores cobran el desempleo. Lo único que no se genera ese mes es derecho a vacaciones. Es decir, el resto de vacaciones acumuladas (2,5 días por mes trabajado) siguen teniéndolas igualmente y su disfrute en cuanto a fechas debe ser objeto de negociación con la empresa. Si llevado final de año no las han disfrutado (siendo ello lo preferente) deberán abonárselas.Buenos días. Muchas gracias por la ayuda que nos están prestando en estos momentos tan difíciles y que nos generan tantas dudas. Mi pregunta es: en el momento de iniciarse el ERTE en mi empresa, me quedaban 30 días hábiles para disfrutar de 7 días de vacaciones del año 2018, es decir, el ERTE se inició el 1 de abril y yo podía coger las vacaciones hasta el 30 de abril. ¿El tiempo se ha detenido durante este ERTE o he perdido esas vacaciones? Gracias por todo.Sin ser un tema sencillo, entendemos que no las ha perdido. Es evidente que no las ha podido disfrutar y debe negociar con su empresa su disfrute. No le puede perjudicar esta situación sus legítimos derechos.Mi empresa me metió en el ERTE el 14/3 y me ha dado de baja mi contrato temporal el 23/3, mi contrato era de 3 meses. En ERTE es anulado. La empresa a actuado mal?? Es un despido improcedente?? GraciasUn saludo, Noelia.Con el ERTE su contrato quedó suspendido y el tiempo que le restaba hasta acabar el contrato temporal debe prolongarse a partir de la salida del ERTE. Si no se ha actuado así, puede reclamar sus derechos.-Hola, Trabajamos en el sector alimentación, pero en una distribuidora, aunque tenemos una pequeña tienda de cara al público. La empresa mantuvo a los trabajadores de la tienda, pero hizo ertes a los de distribución, pues se distribuye a restaurantes. El caso es que la empresa decidió cerrar los lunes, y asignarnos un dia de vacaciones a la semana, con lo cual, hacíamos nuestro dia normal (5 dias a la semana en horario continuo), más uno obligado. A la hora de repartir fechas de vacaciones, estos dias nos han sido descontados de nuestras vacaciones. ¿Esto es legal? Muchas gracias

Hola buenas tardes, a mi marido lo incorporan del ERTE y está a 40 horas semanales, pero le hacen firmar un papel en donde dice que le bajarán el sueldo a 1000 euros mensuales hasta el mes de septiembre, ¿es posible hacer eso? ¿Es legal?

Trabajo en una empresa como indefinida desde hace muchos años. Debido al covid nos han realizado un ERTE a todos los trabajadores del 30 de marzo al 4 de mayo. Esta semana hemos pedido conocer las fechas de las vacaciones de verano, dado que aunque el calendario estaba realizado desde enero, no lo han colgado ni ratificado desde gerencia y solo lo conocemos algunos trabajadores de oficina. El jefe nos indica que por convenio tenemos que trabajar 1759 horas y dado que el mes de abril no hemos trabajado, le debemos horas y en agosto únicamente podremos hacer una semana de vacaciones (de las 4 que teníamos previstas y hacemos cada año) y nos obliga a trabajar ¿Es esto legal? ¿Cómo funciona el tema de horas de convenio con un ERTE por medio (el cual a fecha de junio aún no hemos cobrado nada)? Agradecería algo de información al respecto.

Buenos días. Muchas gracias por la ayuda que nos están prestando en estos momentos tan difíciles y que nos generan tantas dudas. Mi pregunta es: en el momento de iniciarse el ERTE en mi empresa, me quedaban 30 días hábiles para disfrutar de 7 días de vacaciones del año 2018, es decir, el ERTE se inició el 1 de abril y yo podía coger las vacaciones hasta el 30 de abril. ¿El tiempo se ha detenido durante este ERTE o he perdido esas vacaciones? Gracias por todo.

Mi empresa me metió en el ERTE el 14/3 y me ha dado de baja mi contrato temporal el 23/3, mi contrato era de 3 meses. En ERTE es anulado. La empresa a actuado mal?? Es un despido improcedente?? GraciasUn saludo, Noelia.

Buenas tardes. Nuestra empresa entró en erte el. 14 de marzo y el 30 de abril mediante burofax nos ha despedido alegando pérdidas en el bar, esto es legal? Por otro lado, el 20 mayo me. Aceptaron el obrar el paro hasta julio 2021,pero supongo q por error al grabar en sepe, mi fecha de baja,pusieron el 1 de mayo en lugar del 30 abril, y hoy 3 de junio he cobrado de paro solo ese día 1 de mayo, al ser error suyo cobraré este mes si reclamo o el q viene cobraré doble? Muchas graciasSi ha habido un error, debe corregirse y usted cobrar. En cuanto al despido, la empresa puede efectuarlo. La única cuestión es que será considerado improcedente si se realiza antes del 30 de junio, como es el caso. Deberá usted reclamar o demandar sus derechos.

Buenas tengo una compañera que estaba en el erte, soy del sector de peluquería, mi pregunta es que si ella tenia un contrato de 40 horas, ahora es posible que la empresa le pague 30 horas y la sepe le pague las 10 horas restantes, pero según la dueña ella ahora va a trabajar 30 horas entonces no entiendo porque la sepe le va a pagar las 10 horas restantes quien gana hay es posible? Necesito información gracias Según indica, tenía contrato de 40 horas y en ERTE. Ahora seguirá en ERTE 10 y las 30 restantes trabajando, pagando SEPE y EMPRESA en dicha proporción. Parece todo correcto.

Buenas tardes, Mi empresa está en ERTE desde el 15 de Marzo, tienen una previsión de reanudar la actividad el 1 de Julio. ¿Puedo solicitar una excedencia voluntaria, estando dentro del erte?; ¿tengo que solicitar que me saquen del erte para poder pedirla?. ¿Cuál es la mejor manera para tramitar la excedencia sin que sea perjudicial?. Muchas gracias.Durante la situación de ERTE el contrato de trabajo está suspendido, por lo que para solicitar una excedencia tiene que reincorporarse al trabajo. El mismo día de la reincorporación, puede hacer la solicitud de Excedencia.Buenas tardes, Mi empresa está en ERTE desde el 15 de Marzo, tienen una previsión de reanudar la actividad el 1 de Julio. ¿Puedo solicitar una excedencia voluntaria, estando dentro del erte?; ¿tengo que solicitar que me saquen del erte para poder pedirla?. ¿Cuál es la mejor manera para tramitar la excedencia sin que sea perjudicial?. Muchas gracias.

Buenas, me acabo de enterar que todavía estoy en Erte y llevo trabajando dos semanas. ¿Eso no es legal ,no? ¿Qué es lo que tengo que hacer, seguir trabajando o no?

-A mi empresa le aprobaron un Erte el 20 de Marzo, al día de hoy cobraron algunos trabajadores y otros no, en los que me encuentro incluida. Cerca de tres meses sin ingresos y me sacaron del ERTE hace una semana. Ahora me encuentro llena de deudas y retrasos en recibos y pagos. Mi pregunta es si al haber empezado a trabajar, el sepe no me va a pagar esos meses de atraso no cobrados.

NO tiene nada que ver. El SEPE debe pagarle, sea cual sea su situación actual. Si le sirve de consuelo ( imagino que poco ) su situación se repite en otras personas. Insista.

Buenas tardes. ¿Me podrían informar sobre este asunto? Yo he estado de baja por enfermedad común desde antes de comenzar el estado de alarma y el Erte que comenzó mi empresa. Me dieron el alta y me reincorporé a trabajar ya que la empresa había salido ya del Erte. La empresa se escuda para quitarme días de vacaciones en que los establecimientos de la misma durante lo que ha durado el Erte han estado cerrados al público y por lo tanto a mí tampoco me corresponden las vacaciones proporcionales a ese periodo. ¿Me pueden indicar si me afecta de algún modo a mis vacaciones esta situación? Muchas gracias de antemano

Es un tema complejo, pero le indicamos. En primer lugar, debemos de tener en cuenta la diferencia entre ERTE y BAJA LABORAL. Cuando un trabajador se encuentra en ERTE su contrato se encuentra suspendido a todos los efectos, por lo que no se le computara dicho periodo para las vacaciones. Cobrando la prestación del 70% por parte del SEPE. En cambio cuando un trabajador se encuentra de baja laboral, su contrato continua con todos sus efectos, por lo que dicho periodo de baja si se computa a efectos de días de vacaciones. Asimismo, un trabajador que se encuentre de BAJA LABORAL no puede ser incluido en el ERTE, por lo que su contrato no se encuentra suspendido. Únicamente se podrá incluir en el ERTE si el trabajador es dado de alta en la baja laboral estando vigente el ERTE. Por lo anterior, no le pueden reducir sus vacaciones en base al ERTE en el que usted no ha estado incluida al estar de baja laboral.

-Buenas noches. Espero que me puedan ayudar y aconsejarme a la hora de reclamar mi prestación. Trabajo 4 horas en una empresa q no se ve afectada por el erte y otras 4 horas en otra empresa q me practican un erte. Ala hora de cobrar la prestación q todavía desde el mes de marzo no ha pasado, pero si veo la liquidación. Me liquidan el 70 por ciento de la base reguladora y me la vuelven a dividir por dos,por cotizar en otra empresa. No lo veo ni justo ni razonable ya que la nomina de la empresa q se encuentra en erte ya es una nomina a tiempo parcial y no veo lógico que las personas puedan perder beneficios con relación a las q trabajan a jornada completa en una misma empresa. No deberían de tener en cuenta las bases de las dos empresas. Muchas gracias

La norma indica que le abonarán el 70% de la base reguladora en caso de ERTE. Como el ERTE es de una sola empresa, solo se aplica a lo percibido de la misma.

Buenos días, ante todo gracias por vuestro interés y respuestas. Mi situación y pregunta es la siguiente: mi empresa está en un erte desde 17 de marzo el cual está aprobado por lo que me ha confirmado mi empresa pero lo que es el sepe no ha tramitado mi prestación, he preguntado a mi empresa en varias ocasiones y me han confirmado que los datos y trámites enviados al SEPE son correctos, llamo al SEPE y me dicen que ha día de hoy no sale mi prestación en el programa de ellos. Entonces claro, me veo en medio de mi empresa y el sepe. ¿Me recomienda reclamar al SEPE o seguir esperando? ¿O que procedimiento puedo seguir? Gracias nuevamente.

El SEPE asume los retrasos, que en algunos casos llegan hasta los dos meses, por lo que debe seguir esperando. Lo que puede hacer es consultar el estado de su prestación a través de la página del SEPE.

Buenas tardes, me gustaría haceros una consulta, mi empresa nos hizo un Erte por causa de fuerza mayor, a día de hoy seguimos en erte y no sabemos cuando nos piensa incorporar, tengo entendido que nos pueden tener hasta el 30-6-20, resulta que me ha salido un nuevo trabajo, debo de preavisar a mi empresa de mi baja voluntaria con 15 días de antelación, la empresa nueva quiere mi incorporación inmediata, por lo tanto, mi consulta es la siguiente, ¿puedo preavisar a mi empresa de mi baja voluntaria estando en erte con los 15 días de antelación? ¿o me tendría que esperar a que me sacaran del erte para comunicarlo? Cómo tendría que hacerlo para que sea lo más beneficioso para mí y no me perjudicara, no quiero que me quiten días de salario por falta de preaviso. Muchas gracias. Un saludo.

Si tiene suspendido el contrato por un expediente temporal de regulación de empleo (ERTE), puede realizar otra actividad laboral, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia. La suspensión de la relación laboral le supone a usted y a la empresa la liberación de las obligaciones respectivas de trabajar y remunerar el trabajo. No obstante, deberá comunicar al Servicio Público de Empleo Estatal las colocaciones que tenga mientras percibe la prestación por desempleo, con el fin de suspender dicha prestación. En el caso de que su colocación sea a tiempo parcial, podrá solicitar la compatibilización de la prestación, restándose de dicha prestación la parte proporcional al tiempo que trabaje. Una vez finalizado el ERTE, cuando la empresa te realice la comunicación de reincorporación, la negativa del trabajador en ERTE a reincorporarse a su puesto, podría entenderse como causa de despido disciplinario, implicando que puedas acceder a prestación por desempleo, no sucediendo lo mismo, en caso de solicitar una baja voluntaria.

Buenas tardes. Soy administración en un taller de reparación de vehículos. El pasado 20 de marzo mi empresa declaró un ERTE a toda la plantilla. En ese momento yo estaba de vacaciones del 16 al 22 de marzo. Cuando henos recibido la notificación del SEPE el ERTE está en vigor desde el día 16. ¿Esos 7 días me cuentan como vacaciones?

Cuando una persona está de ERTE su contrato se entiende suspendido a todos los efectos, por lo que no es compatible con vacaciones. En la situación que nos consultan, los 7 días comprendidos entre el 16 de marzo y el 22 de marzo no se entienden como vacaciones, por lo que podrá disfrutar de las mismas una vez se suspenda el ERTE.

Buenas. En nuestra empresa tenemos un ERTE por fuerza mayor. Hay un grupo de trabajadores en reducción de jornada y otro grupo en suspensión. La empresa quiere hacer que los trabajadores disfruten de las vacaciones que ya tienen programadas. Por lo tanto nos comunican que quieren sacar del ERTE a los trabajadores para que disfruten sus vacaciones (pasan a ser trabajadores activos) y luego volver a incluirlos en el mismo ERTE. ¿Esta maniobra se puede hacer para los trabajadores que están incluidos en el ERTE? ¿Tanto a los que están en reducción de jornada, como a los que están en suspensión? Gracias.

En primer lugar debemos tener en cuenta que la empresa puede dar de alta al trabajador para reincorporarse a su actividad como consecuencia de una mayor demanda de clientes. En ningún caso se puede dar de alta a un trabajador, por decisión unilateral, para que disfrute de sus vacaciones aunque estén programadas, ya que su contrato de encuentra suspendido.

-Mi pregunta es la siguiente, en qué orden deben reincorporarse los trabajadores tras un Erte, me he dado cuenta de que han incorporado trabajadores con apenas 4 meses de antigüedad cuando hay otros fijos también con más de un año de antigüedad

La antigüedad no es un criterio en la reincorporación, sino las necesidades concretas de la empresa.

-Llevo en ERTE desde el 1/4/2020. Hasta ahora he cobrado la prestación antes del día 3 de cada vez. Mi sorpresa ha sido que a día 5 aun no he cobrado. Por curiosidad me he metido a la página del SEPE para ver si salía alguna información u otra fecha de ingreso. Al entrar me ponía que mi prestación había finalizado el día 30/6/2020 y no entiendo a que se debe esto ya que la empresa aun no me ha dado de alta para reincorporarme.

Entiendo que es un error del SEPE. Por tanto, reclame a dicha entidad que vuelva a generar su alta en el ERTE y pida a su empresa que haga la misma gestión.

-La empresa me ha levantado del ERTE al 50%, pero ahora en el SEPE resulto totalmente fuera del ERTE y no hay posibilidad de pedir cita con el SEPE para solucionar el error, que me ha dañado a nivel económico, porqué no cobré lo que tenía que cobrar.Otra duda: Mi contrato finalizaba el 11 mayo, ¿cómo se calcula el tiempo que tengo que recuperar de mi contrato en días o en horas?

Usted debe reclamar al SEPE por dicho error, incluso judicialmente. En cuanto el tiempo a recuperar es en días, pues por el resto debió cobrar la prestación del SEPE

-A mitad de marzo la empresa me mandó a ERTE y a mediados de junio se me comunica que me echan. Desde ese momento hasta ahora aun sigo en ERTE cobrando la prestación, he intentado ponerme en contacto con el SEPE en muchas ocasiones para regularizar la situación y pedir el paro. Ahora se me ha pasado el plazo para solicitar el paro y aun no me llaman del sepe como me dijeron en la oficina de empleo, rellene el formulario de pre solicitud para ser llamado pero nada. El tema es que ahora me surge un trabajo de días sueltos, el cual no se si me va a perjudicar en algo, en el caso de que me llamen y me den el paro aunque se me haya pasado el tiempo, ¿trabajar días sueltos me afecta en lo que voy a cobrar? Mi duda es porque a día de hoy tengo un paro generado en el cual cobraría bastante, pero no se si trabajando días sueltos me afectaría de tal manera de que dicha presentación me baje considerablemente.

Si usted trabaja parcialmente (eso entiendo con días sueltos) usted percibirá su salario por el trabajo y seguirá por el resto del tiempo en ERTE. No tiene perjuicio alguno.

-Una trabajadora de nuestra empresa ha recibido ahora una carta de denegación de la prestación del ERTE presentado por haber puesto que la reducción era del 75%. ¿La empresa puede hacer algo al respecto para modificar este porcentaje al 70% y que le puedan validar la prestación?

Les recomendaría alegar que es un error y que era del 70%.

-Hola, estoy en un ERTE desde abril, este dura hasta el 30 de septiembre, el 25 de junio me operaron y cogí la baja. La mutua de la empresa me dice que ellos no me pagarán la baja hasta que el SEPE no me envíe una carta dándome de baja en él. El motivo por el que no me pagan es el de recibir dinero por las dos partes. ¿Cómo comunico al sepe que estoy de baja si es imposible ponerse en contacto con ellos? Tampoco me dan cita.¿Es mi empresa la que tiene que decir que yo estoy de baja al sepe?Estoy desesperada pues el SEPE tampoco está pagando el ERTE, no lo hacen desde junio.

La Mutua le debe pagar. Otra cuestión es sus relaciones ( las de usted ) con el SEPE. Remita un correo electrónico comunicando al SEPE la situación y pida a su empresa que haga lo mismo.

-Me metieron en erte el dia 1 de abril y el 18 de mayo. Me incorporé en mi empresa a trabajar empezé 24 h semanales y el resto de hora 16 h en erte.El 28 de mayo sufro un aborto y me dan la baja, y me reincorporo el 15 de junio al 100%. En la empresa me sacan totalmente del ERTE.El asesor de mi empresa me dice que notifique al SEPE la baja y demás, saco cita en SEPE, me llaman, explico lo ocurrido me dan un email y me dicen que pase los partes de baja y explique brevemente lo ocurrido.Cuando recibo el pago en el mes de agosto con el retraso que llevaban no me cuadra la cantidad recibida, les escribo un formulario y me llaman. El chico no tenía ni idea de nada y no supo explicarme nada de nada, total, que me dice que estando de baja ellos no me tienen que pagar; si mi situación era la citada arriba quien se supone que me debe de pagar (mi jefe me pagó su parte) pero el resto le pertenece a sepe?

En el momento que pasó a situación de baja es la Empresa-Mutua quien debe pagarle.

-Buenas, una preguntita referente a todo lo qUE esta pasando. Me encuentro en situacion de ERTE desde el 24 de marzo, el hotel donde trabajo comenzó a trabajar el 1 de junio con una plantilla acorde a los clientes que tenian. Mi situacion es la siguiente; yo soy segundo maitre del hotel suplantando a una persona prejubilada. Esa persona tiene por derecho trabajar X dias al año, entro a trabajar en julio y el 15 de septiembre tiene que salir. Ahora yo pregunto en mi empresa si me van a llamar ahora que sale el compañero, y me dicen que con los clientes que tienen si les hace falta personal meten un camarero que es mas barato y a mí me siguen dejando en ERTE, siendo mi contrato fijo, ¿pueden hacerlo así o tengo derecho a que me llame? Gracias por todo un saludo.

Es la empresa quien decide las incorporaciones al trabajo, de manera motivada claro.

-Mi empresa aplicó un ERTE el 15 de Marzo de 2020. Me reincorporé al trabajo el día 25 de Mayo con reducción de jornada al 50%, y actualmente sigo en estas condiciones.Mi pregunta es la siguiente:Me ha surgido una oportunidad laboral en otra empresa, ¿podría trabajar en esa empresa mientras que sigo en el ERTE actual con reducción de jornada al 50 %, sin dejar de trabajar en la empresa que me aplico el ERTE?En caso afirmativo, ¿de cuántas horas debería ser mi jornada laboral en la nueva empresa?Si pudiese trabajar en la segunda empresa con contrato a media jornada, ¿dejaría de cobrar la prestación de ERTE correspondiente a la primera empresa?

Usted puede, voluntariamente, trabajar en otra empresa hasta ese 50%. No cobraría prestación del SEPE por el ERTE en ese caso, pues realmente si se hacen 40 horas de jornada no se puede percibir la prestación del SEPE.