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Hoteles y restaurantes de la provincia de Alicante reclaman indemnización al Estado por el confinamiento

Solo el bufete de Garrigues ya tramita 25 procedimientos para exigir compensaciones que suman 23 millones de euros - Entre las firmas que piden un resarcimiento se encuentra el segundo mayor grupo hotelero alicantino, Magic Costa Blanca

Preparativos para la reapertura de un hotel tras el confinamiento, el pasado mes de junio.

Cadenas hoteleras y grupos de restauración de la provincia han empezado a presentar reclamaciones patrimoniales para exigir al Estado que les indemnice por las pérdidas que sufrieron durante el confinamiento de la pasada primavera. Una exigencia que basan en la ley de 1981 que regula los estados de alarma y la Ley de Expropiación Forzosa, ya que consideran que esto es lo que ha ocurrido al privarles el Gobierno de la posibilidad de ejercer su actividad durante esos meses.

Sólo el bufete de Garrigues ya tramita 25 reclamaciones de este tipo en Alicante, correspondientes a 15 compañías hoteleras y 10 grupos de restauración, según afirmó este miércoles el socio del departamento de Derecho Administrativo y Urbanístico de este despacho Antonio Lon. Entre ellos está, por ejemplo, el segundo mayor grupo hotelero de la provincia, Magic Costa Blanca, con 12 establecimientos y 2.700 habitaciones, y que espera presentar su reclamación en los próximos días, según confirmó su vicepresidente, Javier García.

De esta forma, las empresas alicantinas siguen la estela de grandes cadenas nacionales como Melià o NH, de las que trascendió que exigen al Estado 116 y más de 100 millones de euros, respectivamente.

Otros grupos significativos de la provincia, como Port Hoteles, RH o el grupo Hoteles Poseidón rechazan, por el momento, sumarse a las reclamaciones ya que, aunque comparten los argumentos para exigir las compensaciones, no quieren asumir los costes que puede suponer el proceso, sobre todo si acaba pasando de la vía administrativa a la judicial, como es previsible que ocurra, según explicaron sus responsables. Eso sí, todos reconocen estar a la expectativa de cómo se resuelven los primeros casos y no descartan iniciar los procedimientos más adelante.

Daños y perjuicios

En cuanto a los argumentos jurídicos, Antonio Lon señala que la propia Ley Orgánica 4/1981 que regula los estados de alarma ya prevé el derecho a ser indemnizados de quienes «como consecuencia de la aplicación de los actos y disposiciones adoptadas durante la vigencia del estado de alarma sufran daños o perjuicios». Igualmente, el socio de Garrigues remite a la Ley de Expropiación Forzosa y su reglamento de desarrollo, que también prevé compensaciones cuando, como consecuencia de epidemias, las autoridades adopten «medidas que impliquen un detrimento de los derechos de los particulares».

De esta forma, el letrado recuerda que, «en aras a un interés común», se ha exigido «un sacrificio únicamente a determinadas empresas -otras no vieron limitada su actividad- que se han visto imposibilitadas de desarrollar su negocio a fin de generar un cierto beneficio sanitario para el conjunto de la ciudadanía». Así, además de hoteles y restaurantes, el abogado considera que comercios no esenciales, cines, discotecas, teatros o parques de atracciones, entre otros muchos, también tendrían derecho a reclamar.

De la vía administrativa a la judicial

Las reclamaciones se centran en el confinamiento, cuando se decretó el cierre forzoso de los establecimientos, y el primer paso es exigir la compensación por vía administrativa al Consejo de Ministros y el Ministerio de Sanidad. En caso de rechazarse, como es previsible que ocurra, las firmas pueden iniciar la vía judicial. Esta posibilidad se suma a la que otros bufetes están promoviendo para exigir compensaciones a las compañías aseguradoras.

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