Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Reforma laboral

Trabajo quiere endurecer el despido de los empleados temporales

La reforma de los tipos de contratos que prepara el Ministerio de Trabajo limita las relaciones eventuales a un año, máximo dos si es para cubrir una baja

Yolanda Díaz: “Emprenderemos una reforma del contrato temporal en nuestro país”

Yolanda Díaz: “Emprenderemos una reforma del contrato temporal en nuestro país” Video: Agencia Atlas | Foto: EFE

Para ver este vídeo suscríbete a Información o inicia sesión si ya eres suscriptor.

Yolanda Díaz: “Emprenderemos una reforma del contrato temporal en nuestro país” Gabriel Ubieto

Las empresas con trabajadores temporales tendrán condiciones más restrictivas para despedirlos y el coste de dichos ceses se incrementará. Así se lo ha planteado el Ministerio de Trabajo a patronal y sindicatos dentro de la reforma de las modalidades de contratación, tal como figura en el borrador al que ha tenido acceso El Periódico de Cataluña. Las líneas maestras de la reforma, tal como ya ha avanzado la vicepresidenta tercera, Yolanda Díaz, reduciría a tres las modalidades de contrato: el de formación, el temporal para cubrir picos de actividad u organizativos y el de sustitución, para cubrir bajas. Y la duración máxima de una relación eventual será de un año, dos como máximo en el de sustitución.

El plan de Trabajo es que antes del 31 de diciembre de este año la simplificación de los tipos de contratos que actualmente existen en la legislación española esté publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La Unión Europea ha reprendido a España en múltiples ocasiones por sus elevados índices de temporalidad (actualmente el 23,8% de los asalariados tiene un contrato eventual) y este Ejecutivo quiere ponerle coto. Para ello la negociación ya está en marcha con los agentes sociales, algunos con mayor predisposición para negociar modificaciones en esa línea, como los sindicatos, y otros reacios, como la CEOE; según coinciden fuentes conocedoras de las conversaciones.

El primer documento puesto encima de la mesa contempla una limitación de las condiciones en las que las empresas pueden despedir a los trabajadores eventuales. Concretamente aquellos en situación de fraude, ya sea porque su contrato temporal dura más de lo permitido por ley o porque este no se ha formalizado debidamente. En dicho caso, la reforma que plantea el equipo de Díaz es considerar nulo el despido de dichos empleados, con el fin de evitar que las empresas prescindan de los temporales antes de tener que hacerlos fijos. 

Ello puede tener el efecto colateral que las compañías no opten por el despido objetivo, ante el riesgo de ser declarado nulo en los juzgados, sino que opten por el improcedente. Es decir, sin aducir causa alguna. Lo que implicaría elevar el coste indemnizatorio, de 20 a 33 días por año trabajado. Un monto que, en caso de eventuales con poca antigüedad, tampoco supone una gran diferencia para la compañía.

Según ese mismo borrador, la contratación temporal queda limitada a un año, en casos de picos imprevistos de producción. El documento remitido a las partes explicita que la estacionalidad, como sería el caso de la campaña de verano para la hostelería, no computa como en ese supuesto y para dichos sectores debiera promoverse la figura del fijo discontinuo. Dicha temporalidad podrá alargarse, como máximo, dos años, si es para cubrir una baja, en caso de enfermedad, excedencia o baja por maternidad; entre otros.

Prioridad de los temporales para cubrir vacantes

La voluntad de Trabajo, así recogida en el componente 23 del Plan de Recuperación y Resiliencia remitido a Bruselas, es incentivar el desplazamiento de parte de la actual temporalidad, mucha de ella en fraude, a fórmulas indefinidas. Es por ello que una de las cláusulas del documento sobre el que han negociado este miércoles los sindicatos y la patronal en la semanal mesa de diálogo social explicita que "las personas trabajadoras de la empresa con contratos de duración determinada o temporales tendrán un derecho preferente a ocupar los puestos de trabajo vacantes y permanentes que existan en la empresa". 

Para lubricar esa transición, los negociadores de Trabajo proponen a los agentes sociales que acuerden mediante la negociación colectiva unos objetivos de conversión según el sector, para así progresivamente ir reduciendo los actuales índices de temporalidad. Las partes, según el esquema planteado en ese borrador preliminar, tendrían a disposición la información ajustada, pues sería obligatorio para las compañías informar a los sindicatos de cuántos trabajadores temporales tiene cada empresa y en qué puestos; así como las vacantes que vayan quedando libres o se vayan creando.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats