La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con un total de 61,3 millones de euros a 12 empresas, entre las que se encuentran filiales de Acciona, ACS, OHL, Ferrovial, FCC, Elecnor y Sacyr, por una infracción constitutiva de cártel consistente en la alteración de las licitaciones de servicios de conservación y explotación de carreteras convocadas por el Ministerio de Fomento desde 2014 a 2018.

Competencia ha subrayado que se trata de una infracción muy grave prohibida por el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y el 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y ha sancionado además a estas empresas con la prohibición de contratar con las administraciones públicas.

Las empresas sancionadas por formar parte de este cártel son Acciona Mantenimiento y solidariamente su matriz Acciona; Aceinsa; Alvac; API y solidariamente su matriz ACS; Audeca y solidariamente su matriz Elecnor; Copasa; Elsamex; Elsan y solidariamente su matriz OHL; Ferroser y solidariamente su matriz Ferrovial; Innovia y solidariamente su matriz Copcisa; Matinsa y solidariamente su matriz FCC, y Sacyr Conservación y solidariamente su matriz Sacyr.

Competencia subraya que la "especial complejidad y nocividad del cártel" para el interés general han sido consideradas a título de agravante a la hora de establecer el importe de las multas.

La sanción más abultada corresponde a API (ACS), con 11,78 millones de euros. La filial de FCC, Matinsa, ha sido multada con 8,5 millones, mientras que Ferroser (Ferrovial) ha sido sancionada con 5,7 millones de euros. La multa a la filial de Sacyr alcanza los 5,17 millones, mientras que Elsan (OHL) ha sido sancionada con tres millones de euros; Acciona Mantenimiento con 2,33 millones, y Audeca (Elecnor), con 2,6 millones.

Por su parte, la multa a Alvac asciende a 5,8 millones, la de Copasa alcanza los 5,6 millones, la de Elsamex supera los 4 millones y la de Innovia suma algo más de 3,3 millones de euros.

En el caso de Aceinsa, inicialmente sancionada con 3,2 millones, la empresa se ha acogido al Programa de Clemencia de la CNMC, por lo que no se le aplica la circunstancia agravante y se verá beneficiada de un descuento del 50% de la sanción impuesta (en total tendrá que abonar 1,6 millones), quedando exenta además de la aplicación de la prohibición de contratar con la Administración.

Respecto a la prohibición de contratar con las administraciones públicas, la CNMC ha decidido remitir a la Junta de Contratación del Estado la notificación de esta resolución a fin de que se inicie el procedimiento para determinar la duración y el alcance de dicha prohibición a las empresas multadas.

Funcionamiento del cártel

Según la CNMC, las empresas sancionadas participaban sistemáticamente en todas las licitaciones acordadas, restringiendo el número de ofertas con bajas superiores a un umbral predeterminado por el cártel que podían presentar.

La CNMC ha podido acreditar que el cártel operó entre febrero de 2014 y diciembre de 2018, aunque ha detectado conversaciones desde 2009. Las empresas participantes se adjudicaron 71 licitaciones de un total de 101 que sacó el Ministerio de Fomento relacionadas con la prestación de servicios de conservación y explotación de la Red de Carreteras del Estado.

El importe total de las adjudicaciones a empresas del cártel superó los 530 millones de euros, lo que supone el 63% del importe total adjudicado por el Ministerio para los servicios de conservación de las Red de Carreteras del Estado.

El funcionamiento del cártel se desarrollaba a través de reuniones "para tomar café" donde las empresas que formaban parte del mismo establecían periódicamente los criterios de coordinación de las ofertas económicas a presentar en las licitaciones del Ministerio de Fomento para los servicios de conservación de carreteras del Estado.

El cártel agrupaba las diferentes licitaciones en grupos para los que se acordaban unos criterios comunes de presentación de ofertas económicas. Las empresas sancionadas asignaban una "bolsa" de puntos para cada grupo de licitaciones que se iban consumiendo por las empresas en función del nivel de descuentos sobre el presupuesto de contratación. Cuanto mayores fueran las bajas que presentasen en sus respectivas ofertas económicas más puntos se gastaban, aplicando una fórmula específicamente diseñada por el cártel para cada grupo de contratos.

"De este modo se limitaba el número de contratos en los que las empresas presentaban descuentos altos en cada grupo de licitaciones, ya que el número de puntos de la bolsa nunca era suficiente como para tratar de conseguir todos los contratos de cada grupo. Este sistema incentivaba a cada empresa del cártel a concentrar sus posibilidades de adjudicación en un número limitado de licitaciones, presentando en las restantes, ofertas con escasas o nulas posibilidades de adjudicación, convirtiéndose así en ofertas de cobertura", explica.

Según Competencia, las empresas acordaban también el umbral de descuentos para esas ofertas de cobertura y se comprometían a presentar ofertas en todas las licitaciones de cada grupo. "De este modo se conseguía alterar el umbral de anormalidad (calculado sobre la base de las ofertas presentadas en cada licitación) y podían conseguir que ofertas de empresas ajenas al cartel realmente competitivas fueran excluidas del proceso de contratación", argumenta.

La CNMC señala que este "sofisticado sistema" se fue adaptando a los sucesivos cambios en los pliegos de contratación introducidos por la Administración. "La mecánica empleada por el cártel resultaba particularmente compleja, facilitando la monitorización de su cumplimiento a la vez que se dificultaba enormemente su detección", precisa el organismo.

Investigación sobre una denuncia anónima

La CNMC inició la investigación sobre este cártel en octubre de 2017 a partir de una información anónima. Tras las inspecciones realizadas en varias sedes de las empresas que formaron parte del cártel en 2018, en julio de 2019 incoó un expediente sancionador contra 13 empresas.

En diciembre de 2020 se incluyó a Ferrovial en el mismo expediente sancionador, aunque finalmente no ha sido multada en concepto de autora, sino como responsable solidaria por la conducta de su filial (Ferroser).

La CNMC ha emplazado a la Dirección de Competencia a que vigile el cumplimiento íntegro de su resolución y analice la posible responsabilidad de los directivos implicados en estas infracciones.

El organismo que preside Cani Fernández recuerda además que contra esta resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.