El ingreso mínimo vital aprobado por el Consejo de Ministros en mayo es ya una realidad para muchas familias. Sin embargo, todavía existen muchas dudas sobre los detalles de esta prestación. Por ello, hoy repasamos las preguntas más frecuentes sobre el IMV: en qué consiste, cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital y qué cantidad te corresponde según tu situación.

¿En qué consiste el ingreso mínimo vital?

El IMV es una prestación no contributiva de la Seguridad Social que garantiza unos ingresos mínimos a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad. Se define como un derecho de la ciudadanía y se recibirá siempre que se cumplan los requisitos de acceso, como ocurre con el derecho a la pensión de jubilación o la prestación por desempleo, por ejemplo.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar el ingreso mínimo vital?

Estos son los requisitos que debes cumplir para recibir el IMV:

  • Tener al menos 23 años, o 18 años si tienes menores a cargo, y no percibir la pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente, ni la pensión no contributiva por invalidez o jubilación.
  • Haber residido legalmente durante al menos un año en España.
  • Haberse independizado desde hace al menos 1 año en el caso de familias y 3 años en el caso de personas solas.
  • En el caso de unidades de convivencia, haberse formado al menos 1 año antes de la solicitud.
  • Haber solicitado previamente otras prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.

Además, también podrán ser beneficiarias las personas que temporalmente sean usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o socio-sanitario.

Sin embargo, a parte de estos requisitos básicos, el acceso al Ingreso Mínimo Vital dependerá del nivel de ingresos y del patrimonio de la persona que lo solicite.

¿Cuál es el nivel máximo de ingresos para recibir el ingreso mínimo vital?

Cualquier persona que cumpla los requisitos anteriores tendrá derecho a percibir el IMV siempre que sus ingresos o los unidad de convivencia sean inferiores a la renta garantizada. Es decir, que los ingresos mensuales máximos deben ser inferiores a 469,93 euros en el caso de una persona adulta que viva sola y se incrementan otros 140,98 euros más al mes por cada persona adicional, adulta o menor, que conviva en la unidad de convivencia hasta un máximo de 1.033,85 euros al mes.

¿Cuál es el patrimonio máximo para poder percibir el ingreso mínimo vital?

El patrimonio máximo permitido para poder acceder al IMV es de 3 veces la cantidad anual de la prestación para cada uno de los casos, restando posibles deudas que se tengan y sin tener en cuenta el valor de la vivienda habitual. El límite de patrimonio también aumentará de forma progresiva según el número de personas que vivan en la unidad de convivencia.

Por ejemplo, para una persona sola el patrimonio máximo será de aproximadamente 17.000 euros, y para hogares con 4 o más personas podrá ser como máximo de aproximadamente 44.000 euros. Aquí abajo puedes consultar el patrimonio máximo para recibir el ingreso mínimo vital según el número de personas de la unidad de convivencia:

  • Un adulto solo: 16.917,60 €
  • Un adulto y un menor: 23.684,64 €
  • Un adulto y dos menores: 30.451,68 €
  • Un adulto y tres o más menores: 37.218,72 €
  • Dos adultos: 23.684,64 €
  • Dos adultos y un menor: 30.451,68 €
  • Dos adultos y dos menores: 37.218,72 €
  • Dos adultos y tres o más menores: 43.985,76 €
  • Tres adultos: 30.451,68 €
  • Tres adultos y un menor: 37.218,72 €
  • Tres adultos y dos o más menores: 43.985,76 €
  • Cuatro adultos: 37.218,72 €
  • Cuatro adultos y un menor: 43.985,76 €
  • Otros: 43.985,76 €

¿Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital?

El acceso a esta prestación se podrá hacer mediante una solicitud de la persona interesada por internet, a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, en la que además habrá un asistente virtual y un simulador, así como un número 900 de teléfono a disposición de todos los ciudadanos. Además, también se podrá enviar la documentación por correo ordinario. Además, las personas que estén cobrando el paro y agoten el subsidio por desempleo accederán de forma automática al ingreso mínimo vital.

¿Qué documentación necesito para solicitar el ingreso mínimo vital?

Para poder acceder al Ingreso Mínimo Vital es necesario presentar los siguientes documentos:

  • Para acreditar la identidad: DNI, libro de familia, o certificado de nacimiento.
  • Para acreditar la residencia legal en España: inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea o autorización de residencia.
  • Para acreditar el domicilio en España: certificado de empadronamiento.
  • Para acreditar la existencia de la unidad de convivencia: certificado de empadronamiento lo libro de familia, certificado del registro civil, o inscripción en el registro de parejas de hecho.

¿Cómo justificar los ingresos y el patrimonio para recibir el ingreso mínimo vital?

Para percibir el IMV no es necesario presentar documentación alguna para justificar los ingresos o el patrimonio. Esa comprobación la realizará de manera automática la Seguridad Social contando con la información de Hacienda. La propia Seguridad Social calculará la prestación que te corresponde.

¿Qué cantidad me corresponde del ingreso mínimo vital?

El ingreso mínimo vital para una persona adulta que viva sola será de 469,93 euros al mes. Cuando se trata de una unidad de convivencia esta cantidad se incrementará en 140,98 euros al mes por cada persona adicional, adulta o menor, hasta un máximo de 1.033,85 euros al mes. Además, para las familias monoparentales, se añade un complemento de 103,39 euros.

Aquí puedes ver la cantidad anual que recibirás por la renta garantizada en 2021:

  • Un adulto: 5.639,20 euros
  • Un adulto y un menor: 8.571,58 euros
  • Un adulto y dos menores: 10.263,34 euros
  • Un adulto y tres o más menores: 11.955,10 euros
  • Dos adultos: 7.330,96 euros
  • Dos adultos y un menor: 9.022,72 euros
  • Dos adultos y dos menores: 10.714,48 euros
  • Dos adultos y tres o más menores: 12.406,24 euros
  • Tres adultos: 9.022,72 euros
  • Tres adultos y un menor: 10.714,48 euros
  • Tres adultos y dos o más menores: 12.406,24 euros
  • Cuatro adultos: 10.714,48 euros
  • Cuatro adultos y un menor: 12.406,24 euros
  • Otros: 12.406,24 euros

¿Cada cuánto se cobra el ingreso mínimo vital?

El IMV se cobra mensualmente en 12 pagas.

¿Es compatible el ingreso mínimo vital con otros ingresos?

Sí. Siempre y cuando no se supere el umbral establecido, la prestación es compatible con otros ingresos, incluidos los laborales y los obtenidos por los trabajadores autónomos. Esto permite ampliar la cobertura de la prestación. No se dirige sólo a personas sin ningún ingreso o a personas desempleadas, sino también a personas y hogares con bajos ingresos y empleos precarios. Además, el IMV también será compatible con otras ayudas sociales como becas o ayudas para el estudio, ayudas por vivienda, ayudas de emergencia, y otras similares.

¿Qué es una “unidad de convivencia”?

Una unidad de convivencia está formada por las personas que viven juntas, unidas por vínculo familiar o como pareja de hecho, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, o adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente. El hecho de vivir juntas implica que algunos gastos se comparten y por eso se adapta la cantidad a cobrar.  Se considerará que no rompe la convivencia la separación transitoria por razón de estudios, trabajo, tratamiento médico, rehabilitación u otras causas similares. 

Por otro lado, cuando convivan en el mismo domicilio personas sin vínculo de parentesco podrán ser titulares del ingreso mínimo vital aquella o aquellas que se encuentren en riesgo de exclusión. En ningún caso una misma persona podrá formar parte de dos o más unidades de convivencia.