La reforma laboral pactada por sindicatos, patronales y Gobierno después de nueve meses de negociaciones entra en vigor este viernes, al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Eso no ha impedido que ya haya sido valorada hasta la extenuación, con opiniones muy discrepantes: para el Gobierno “da respuesta a nuestras dos principales debilidades, la precariedad y el paro”, mientras que para la oposición es una “pseudorreforma”; para UGT y CCOO “modifica aspectos centrales de la reforma laboral del PP de 2012”, pero para CEOE y Cepyme “consolida el modelo laboral actual”, es decir, el que puso en marcha el Gobierno Rajoy.

Sólo el tiempo dirá cómo afecta verdaderamente la nueva norma al empleo, a los resultados de las empresas y a la economía española, pero lo cierto es que lo acordado -que da para un Real Decreto-Ley de 54 páginas- modifica muchos aspectos de la legislación laboral que rigen las condiciones de trabajo de millones de personas. No se puede dar una cifra global, porque muchos de los afectados lo son por más de un concepto (a una limpiadora de hotel, por ejemplo, le pueden influir a la vez los cambios en temporalidad, subcontratación y convenios) pero la combinación de las materias modificadas con las cifras de trabajadores potencialmente alcanzados apuntan a que sus efectos tendrán una importancia cuantitativa innegable.

Temporalidad: 4,5 millones

Es la pieza principal de la reforma, y a la vez la que tardará más en dejarse notar, porque el Real Decreto-Ley prevé un periodo de tres meses hasta la entrada en vigor de la nueva normativa contractual para dar tiempo a las empresas a adaptarse a la nueva regulación. El texto prevé la desaparición del contrato por obra o servicio, replantea las fórmulas de temporalidad para dejarlas en tres posibilidades (sustitución, circunstancias de la producción y ocasional), exige una causalidad más firme de la contratación eventual, limita la duración de estos contratos y endurece las sanciones por irregularidades.

El objetivo de todas estas medidas es reducir la tasa de temporalidad, que actualmente está en un 26%, el doble de la que registran los países de nuestro entorno y una “anomalía” que hace que “visto desde la Unión Europea [...] el mercado de trabajo español constituye un planeta lejano”, en los términos algo poéticos de la exposición de motivos de la nueva norma. Por lo tanto, la prueba de fuego para la reforma será reducir notablemente la cifra de 4.401.300 trabajadores temporales que hay ahora en España, según los últimos datos de la Encuesta de Población Activa, y que pasen a engrosar el número de indefinidos. De hecho, la norma dispone que en enero de 2025 habrá que hacer una evaluación de los datos, y si no se ha avanzado en la reducción de la tasa de temporalidad, se plantearán medidas adicionales para lograrlo.

La reforma incluye también un rediseño de los contratos formativos, de los contratos adscritos a obra en la construcción y la promoción de los contratos fijos-discontinuos como sustitutivos de la contratación temporal, regulaciones que afectarán a centenares de miles de trabajadores más.

Convenios: 1 millón

La norma cambia las reglas de convenios en dos aspectos decisivos. En primer lugar, establece la prioridad del convenio de sector sobre el de empresa en materia de salario y jornada, evitando la extendida práctica en las compañías multiservicios de rebajar las condiciones laborales de sus empleados respecto a la media del sector. Además, dispone que los convenios caducados sigan en vigor hasta que sean remplazados por otro (mientras que, con la norma de Rajoy, decaían al año, dando más poder negociador al empresario): es la llamada ultractividad.

Las nuevas reglas de prevalencia favorecen a los empleados que tienen sus condiciones reguladas por convenio de empresa, porque a partir de ahora éste sólo podrá mejorar sus condiciones salariales respecto a las del sector, no empeorarlas. Así que esta faceta de la reforma laboral tiene el potencial de beneficiar a cerca de un millón de personas: según la Estadística de Convenios Colectivos del ministerio de Trabajo, en el último año para el que hay datos definitivos -2019- había en España 4.384 convenios de empresa que alcanzaban a 921.429 trabajadores.

En cuanto a la duración de los convenios caducados, la mayoría de los trabajadores ya estaban protegidos por cláusulas que extendían la vigencia de los pactos hasta su sustitución por otro nuevo: sólo el 25,1% de los empleados estaban cubiertos por un convenio con una ultractividad de un año o inferior, según el análisis de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos. Con todo, ese porcentaje representa a 4.665.700 empleados, que podrán seguir pactando duraciones limitadas de sus convenios caducados si quieren, pero que tendrán a la ley de su lado si optan por presionar para que la vigencia se prolongue. 

Subcontratación: 1,5 millones

La nueva norma introduce una importante limitación a las normas de subcontratación vigentes hasta ahora: se dispone que el convenio de referencia para las empresas contratistas y subcontratistas será “el del sector de la actividad desarrollada en la contrata o subcontrata”. De nuevo, se trata de evitar que las empresas jueguen con las distintas figuras jurídicas para pagar menos a sus trabajadores subcontratados, una práctica generalizada en actividades como la limpieza o la seguridad, aunque la subcontratación tiene un alcance importantísimo en muchos más sectores, desde la construcción al de las tecnologías de la información.

Es muy difícil calibrar el alcance de esta práctica empresarial, porque los mecanismos estadísticos habituales carecen del detalle suficiente para desenmarañar la madeja de fórmulas jurídicas y situaciones laborales diversas que caen bajo el paraguas de la subcontratación, pero hay formas para aproximarse a su dimensión. La que utiliza la OCDE en su último informe de Perspectivas Mundiales de Empleo, tomando como indicador el número de trabajadores en el sector de actividades administrativas y de apoyo (en el que se encuentran buena parte de las compañías que prestan servicios a otras empresas), apunta a que en España este tipo de actividades alcanzaría al 7,3% de la ocupación, es decir, a 1.447.700 trabajadores, con datos de 2018.

Erte y mecanismo RED: 3,5 millones

Una de las herencias de la pandemia que recoge el nuevo texto legal es una reformulación de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (erte), que hasta que irrumpió el virus se utilizaban poco pero que, con las modificaciones realizadas en los primeros compases de la crisis de la Covid, han logrado proteger a más de tres millones y medio de trabajadores simultáneamente, reduciendo o suspendiendo su jornada a cambio de una prestación pública, y manteniendo su empleo. Aunque las cifras actuales de afectados por erte son ya bajas, 110.110 a mediados de diciembre según los datos de la Seguridad Social, la nueva normativa prevé fórmulas de protección especiales por si golpea una nueva crisis generalizada en la economía de efectos similares a la del coronavirus: es el llamado mecanismo RED en su modalidad cíclica. También se ha diseñado un RED sectorial, pensado en este caso para atender a sectores en declive y a sus trabajadores.