¿Quiénes no podrán jubilarse antes de los 66 años?

Estos son los trabajadores que a pesar de haber cumplido la edad no cuentan con los requisitos exigidos para acceder a la jubilación

Eneko López Rico

Eneko López Rico

El deseo de alcanzar la jubilación puede hacer que los últimos años de la vida laboral de un trabajador se hagan cuesta arriba. Alcanzar la edad de jubilación en España para disfrutar del tiempo libre es el anhelo de muchos trabajadores, pero cumplir los 65 años no es sinónimo de convertirse en jubilado. Existen muchos trabajadores que no se podrán retirar hasta, al menos, cumplir los 66 años. Esto se debe a uno de los requisitos fundamentales para la jubilación: los años cotizados.

Muchas personas tienen un periodo de cotización suficiente para cobrar la pensión pero, no alcanzan los años necesarios para disfrutar la jubilación anticipada, tanto de forma voluntaria como por el cese o despido del trabajo.

Para acceder a la pensión de jubilación es necesario, desde al año 2013, haber cumplido los 67 años o los 65 si se cumple el requisito de acreditar 38 años y 6 meses de cotización a la Seguridad Social. Las edades de jubilación y el período de cotización, se aplicarán de forma gradual, en los términos que resultan del siguiente cuadro (que también puedes descargar aquí):

En resumen, no podrán alcanzar la jubilación hasta los 66 años todos aquellos trabajadores que tengan menos de 33 años de cotización, que es el mínimo para conseguir una jubilación anticipada involuntaria, dos años menos de los necesarios para poder acceder a la jubilación anticipada de forma voluntaria, lo cual requiere 35 años cotizados.

Si no alcanza esos 33 años, tampoco podrá alcanzar los 37 años y tres meses cotizados, que es la fecha de referencia determinar la edad ordinaria de jubilación: los que lleguen a esta cifra pueden jubilarse a los 65 años pero el resto debe esperar a los 66 años.

Requisitos para la jubilación en España

Los requisitos para jubilarse son los siguientes:

  1. Estar afiliado a la seguridad Social: En cualquiera de los regímenes contemplados.
  2. Cumplir con la edad mínima: La edad de jubilación no siempre serán los 65 años. Para 2027, será de 67 años. Se ha establecido un periodo transitorio desde el 1 de enero del 2013 hasta el 2027 en el cual se va retrasando la edad de jubilación de forma paulatina desde 65 años hasta llegar a los 67 años. Por ejemplo, para el año 2021 se podrán jubilar los trabajadores de 66 años. Puedes consultar la tabla de jubilación según los años cotizados en el cuadro anterior.
  3. Cumplir con el periodo mínimo de cotización: Para tener derecho a una prestación contributiva es necesario cumplir con el requisito de tener una cotización mínima de 15 años o 5475 días. Además, será necesario tener un mínimo de 2 años cotizados dentro de los últimos 15 años antes de la solicitud.
  4. Tiene que haberse producido el “hecho causante” que puede ser:
  • El día del cese de la actividad laboral, con el trabajador en alta en la seguridad social.
  • El día de la presentación de la solicitud, en las situaciones asimiladas a la de alta.
  • El día de la presentación de la solicitud, en las situaciones de no alta.