SEGURIDAD SOCIAL

¿Te tocó hacer la mili? Estos son los beneficios que podrías tener en tu jubilación anticipada

Existe una posibilidad de acceder a la prejubilación para los que cumplieron con el servicio militar obligatorio en España hasta 2001

C. Suena

C. Suena

El servicio militar obligatorio en España, comúnmente llamado "la mili", se inició a finales del siglo XVIII y terminó en diciembre de 2001. La mili supuso una imposición que impidió durante décadas el desarrollo de las carreras profesionales de muchos españoles durante el periodo de duración y, aunque algunos pudieron negarse mediante la objeción de conciencia y otras tretas, los que cumplieron con ella pueden obtener un beneficio en su pensión de jubilación por este periodo.

La Seguridad Social puede contemplar parte de ese periodo que se desempeñó en la 'mili' como parte del tiempo cotizado que hay que acreditar para poder tener derecho a la jubilación anticipada o prejubilación. El haber hecho la mili puede suponer, incluso, la diferencia entre acceder a la jubilación anticipada o no para muchos trabajadores.

Según el organismo "los periodos de servicio militar o prestación social sustitutoria sólo se computan para alcanzar el período de cotización específico en el caso de jubilación anticipada, voluntaria o involuntaria y con el límite máximo de un año".

Para poder acceder a la jubilación anticipada de manera voluntaria, un trabajador necesita como mínimo haber cotizado 35 años de cotización. Si se tienen 34 años cotizados además de la 'mili' se podría acoger a la jubilación anticipada gracias a ese servicio militar obligatorio o la prestación social sustitutoria.

Actualmente para poder acceder a la jubilación anticipada y, por tanto, a la pensión, es necesario acreditar una cotización mínima de 33 años. Sin embargo, si por ejemplo se acreditan 32 años y medio cotizados, podrá usar ese periodo de la 'mili' para rellenar el medio año que le falta para jubilarse

Aunque hay que tener en cuenta que este mecanismo solo sirve para la jubilación anticipada, en ningún caso mejora el coeficiente reductor o el tramo de la jubilación anticipada.

El uso de la 'mili' en la jubilación ordinaria para acceder a la pensión de jubilación es una vieja reivindicación que todavía no ha visto cumplido su objetivo con Gobiernos de las últimas décadas. Aunque el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero se comprometió en la Ley 27/2011 de 1 de agosto a presentar "un proyecto de ley que establezca un sistema de compensación a la Seguridad Social para que por ésta pueda reconocerse, a favor de las personas interesadas, un periodo de asimilación del tiempo de servicio militar obligatorio o de prestación social sustitutoria".

Este compromiso pensaba compensar "la interrupción de las carreras de cotización ocasionada" y cumplir con la histórica reclamación de tener en cuenta la mili para la jubilación pero quedó aparcada con el cambio de Gobierno tras las elecciones de noviembre de 2011 y no ha sido retomada, por el momento, por ningún otro Ejecutivo.