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Logra una indemnización de 10.000 euros tras incluirlo en una lista de morosos indebidamente

Un juzgado da la razón a un jubilado de Altea después de que suplantaran su identidad y la firma se negara a rectificar durante años

El profesor de FP retirado Rafael Llorca, con el fallo que le da la razón. David Revenga

Poco imaginaba Rafael Llorca cuando acogió a un amigo que pasaba por un mal momento que, tiempo después, descubriría que había suplantado su identidad y que había contratado a su nombre varias líneas de teléfono. Y menos aún podía pensar que la compañía en cuestión, Orange, haría caso omiso de la documentación policial con su denuncia y que le incluiría en dos listas de morosos por una deuda que nunca había contraído. Una situación que la multinacional se negó a corregir durante años, pese a las numerosas reclamaciones del afectado, hasta que finalmente lo hizo, después de que el denunciante recurriera a la Agencia Española de Protección de Datos.

Todo un calvario que duró desde agosto de 2015 hasta enero del año pasado y por el que ahora la compañía ha tenido que indemnizarle con 10.000 euros por el daño moral que ha ocasionado esta “intromisión ilegítima en sus derechos al honor y a la protección de datos de carácter personal”. Así lo ha determinado el juzgado de Primera Instancia Número 4 de Benidorm, en una sentencia en la que afea a la operadora telefónica la “gravedad” de su conducta en este caso. Un fallo que ya es firme, según apunta el representante del afectado, el abogado especializado en derecho bancario y financiero Pedro Pérez Cortés, que también destaca la ejemplaridad de la decisión adoptada la magistrada María Martínez-Moya Fernández.

Profesor de FP ya jubilado y residente en Altea, la pesadilla de Rafael Llorca comenzó en agosto de 2015, cuando recibió una notificación de Orange Espagne SAU por el gasto realizado a través de varias líneas telefónicas de las que era titular sin saberlo. Según explica el propio afectado, al darse cuenta de lo sucedido, acudió a comisaría para denunciar la suplantación de identidad que había sufrido e informó a la compañía y le remitió la denuncia. Incluso llegó a mandarles una grabación con su voz para que realizaran las comprobaciones pertinentes, ya que el contrato se había hecho por teléfono y la operadora sólo tenía como prueba del mismo un registro sonoro que, evidentemente, no coincidía con el de Rafael Llorca.

A pesar de toda la documentación que presentó, la compañía siguió reclamando el dinero y, finalmente, acabó incluyendo a Llorca en dos ficheros de morosos, Asnef y Badexcug, lo que agravó la situación. “Llamaban a cualquier hora y me enviaron un montón de notificaciones, fue horrible”, asegura.

Lo peor llegó cuando quiso regalarle a su hija unos muebles y en la tienda le negaron la financiación a plazos al constar como moroso. Tampoco pudo acceder a un crédito personal que más tarde necesitaba para una reforma de la casa. Mientras tanto, el profesor retirado no cejaba en su empeño y reclamó ante la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones y ante la Agencia Española de Protección de Datos, que fue lo que finalmente logró que en enero de 2021 la firma rectificara y eliminara el registro de las listas de morosos.

Para entonces, Llorca reconoce que “ya estaba indignado” y que no se conformaba con esta rectificación. Así que, de la mano de su abogado, decidió presentar una reclamación por daños morales, que ahora el juzgado le ha concedido. El fallo señala que lo sucedido “tiene rasgos de absoluta negligencia” y que, en ningún caso los hechos ocurridos “pueden quedar amparados por unos alegados, pero desacreditados errores humanos”, como trataba de hacer ver Orange. Es más, el fallo contrapone esta actitud con la de otra compañía -Movistar- que sí canceló inmediatamente la deuda al conocer la suplantación de identidad.  

Por su parte, consultados sobre esta sentencia, desde Orange aseguran que ellos también son "una víctima en los casos de contrataciones fraudulentas", ya que, según afirman, "no sólo se genera una deuda irrecuperable para la compañía, sino que además el afectado nos reclama directamente los daños sufridos a consecuencia del fraude que le ocasiona un tercero" (aunque en el fallo no se alude a ningún daño ocasionado por el suplantador y la indemnización es por la gestión realizada por la firma al incluir al afectado en el fichero de morosos, pese a tener constancia de la denuncia, y no rectificar durante años).

 Además, desde la firma cargan contra el afectado, al que acusan de falta de diligencia por permitir que un amigo acceda a sus datos. Y señalan que la Agencia de Protección de Datos no admitió a trámite la declaración, aunque el fallo recoge que fue al presentarse esta reclamación cuando Orange accedió a borrar los registros.

Pagar una deuda ajena por agotamiento

El abogado Pedro Pérez Cortés denuncia las tácticas de algunas operadoras telefónicas y otras grandes compañías, que incumplen la legislación al incorporar en los ficheros de morosos a clientes por deudas que están discutidas. Además, lamenta que el acoso de las firmas de recobro lleve a algunos afectados a pagar deudas que no reconocen –suelen ser pequeñas- con tal de acabar con esta pesadilla. “Es importante que se conozcan sentencias como ésta y que la gente sepa que puede reclamar y conseguir indemnizaciones importantes. También es una forma de que las compañías modifiquen su actitud”, asegura el abogado.

 

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