La campaña de la Renta está a punto de comenzar y son muchos los que han empezado a ponerse las pilas con la declaración de este año. Para que no te pille el toro y no se te pase el plazo para presentar la declaración de la Renta e importante conocer cuál es el calendario de la campaña de Hacienda. Te lo contamos a continuación:

Calendario de la campaña de la Renta 2021

  • 8 de marzo: solicitud del número de referencia
  • 16 de marzo: inicio del plazo para acceder a los datos fiscales
  • 6 de abril: inicio del plazo para presentar la declaración de la Renta online
  • 3 de mayo: inicio del plazo para solicitud de cita previa para atención telefónica en Hacienda
  • 5 de mayo: inicio de la asistencia para la confección y presentación de la declaración de Renta por teléfono (PLL)
  • 26 de mayo: inicio del plazo para la solicitud de cita previa para atención presencial
  • 1 de junio: inicio de la asistencia para la confección y presentación de la declaración de Renta en oficinas
  • 27 de junio: fecha límite para domiciliar el pago de las rentas a ingresar
  • 29 de junio: fin del plazo de solicitud de cita previa
  • 30 de junio: fin de la campaña de la declaración de la Renta

Por lo tanto, según el calendario de la Agencia Tributaria, el 30 de junio finaliza el plazo para presentar la declaración de la Renta 2021. Pero, ¿qué ocurre si no presentas la declaración dentro del plazo?

¿Qué pasa si no presento la declaración de la Renta dentro del plazo?

En primer lugar, debes saber que si no presentas la declaración de la Renta dentro del plazo, Hacienda multarte o sancionarte, según sea el caso, por no presentar el IRPF si estabas obligado a hacerlo. Además, si el retraso en la presentación de la Renta es de más de un año, deberás pagar intereses de demora.

Cuál es la multa por no hacer la declaración de la Renta

La multa de Hacienda por no presentar la declaración de la Renta en el caso de que estés obligado a hacerlo dependerá de la buena fe que demuestres ante la Agencia Tributaria. Si tú mismo te das cuenta del fallo y el resultado de la Renta es cero o sale a devolver, la Agencia Tributaria de ingresará la cantidad correspondiente pero deberás pagar una multa de 100 €. Por el contrario, si tú mismo te das cuenta del fallo y el resultado de la Renta sale a pagar, te enfrentarás a un recargo en función del tiempo que tardes en hacer frente:

  • Hasta 3 meses de retraso: Recargo del 5 % sin intereses de demora ni sanción
  • De 3 y 6 meses de retraso: Recargo del 10 % sin intereses de demora ni sanción
  • De 6 y 12 meses de retraso: Recargo del 15 % sin intereses de demora ni sanción
  • Más de 12 meses de retraso: Recargo del 20% sin sanción pero con intereses de demora.

Pero en el caso de que sea Hacienda quien te reclame que no has presentado la declaración de la Renta, la cosa cambia. La multa por no hacer la renta cuando recibes un requerimiento de Hacienda también dependerá del resultado del IRPF:

  • Si el resultado de la Renta era a devolver o cero: Tendrás que hacer frente a una sanción de 200€.
  • Si el resultado de la Renta era a pagar: Deberás presentar el IRPF e ingresar la cantidad correspondiente. Sobre ella, Hacienda te multará con entre un 50 % y un 150 % de la deuda, en función de la gravedad del ocultamiento, los antecedentes y el perjuicio económico a las arcas públicas.