Las tarjetas revolving, tarjetas de crédito que permiten a los usuarios financiar sus compras hasta un límite determinado y pagarlas en cómodos plazos, llevan mucho tiempo en el punto de mira de la justicia por sus elevados tipos de interés. Miles son las denuncias interpuestas contra las entidades que las venden, pero también muchos son los usuarios que se han visto desamparados por los despachos de abogados especializados en procesos judiciales contra bancos.

Desde el comparador financiero Banqmi han tenido acceso al testimonio de uno de los consumidores afectados. El caso de Fernando (nombre ficticio) es muy similar al resto: contrató una tarjeta revolving y cuando vio que no podía hacer frente a las cuotas de pago del crédito decidió contactar con un despacho de abogados que anunciaba en Facebook que demandar a la entidad para conseguir la devolución de los intereses y de las comisiones cobradas era “un proceso muy fácil y que podría salir gratis”.

Este usuario, residente en Madrid, cuenta que “en el primer contacto (los abogados) te cuentan que hay miles de demandas ganadas y que cuando se termine el proceso puede que cobres un dinero, no te lo aseguran al 100%, pero te lo dejan caer”. No obstante, una vez que Fernando decidió interponer la demanda a través de dicho despacho y salió la sentencia a su favor, “el despacho de abogados dejó de darme información de cómo iba el proceso incluso me cambiaron de abogado cuatro veces y nadie me dijo nada en ningún momento…”, lamenta.

Cede las costas y tiene que devolver la deuda en 20 días

A Fernando, además, antes del juicio le prometen que si el fallo sale a su favor “negociarían que la devolución de la deuda fuera en cómodos plazos”, algo que, dice, era su “única pretensión”. “Yo no quería ganar dinero, la única pretensión que he tenido siempre ha sido poder pagar el dinero que debía a plazos, es lo único que me preocupaba”, matiza. Sin embargo, añade este afectado “cuando salió la sentencia, me pidieron que depositara 3.586,07 euros en la cuenta del juzgado, y que lo tenía que hacer en un plazo de 20 días como máximo”. Este usuario no podía pagar esa cantidad de dinero “porque no la tenía”, mucho menos después de abonar “600 euros de honorarios y 300 euros de procurador” y de firmar “un contrato cediendo las costas del juicio en favor del despacho”. Esas costas están tasadas en 2.508,54 euros.

“Yo firmé ese contrato siendo consciente, pero lo que yo no sabía eran las cantidades que estaba cediendo, no sabía que era tanto dinero”, explica Fernando. Esto es algo habitual en estos procesos judiciales contra los bancos. No obstante, según explica Antonio Gallardo, experto financiero de Banqmi, “las costas judiciales, en este caso, las paga el banco (que es quien pierde el juicio) y deberían ser siempre del demandante, a no ser que este pacte otra cosa con su abogado en el contrato”. Gallardo agrega que “el problema, en este y muchos otros casos, es la falta de transparencia con el cliente, que suele desconocer cuánto es el importe de dichas costas judiciales”.

Así, pese a estar obligado a pagar los 3.586,07 euros de deuda, Fernando no lo hace y, a partir de ahí la entidad financiera le reclama esa cantidad mediante una demanda. Cuando la recibe, el despacho de abogados que le llevó el caso “se desentendió” y solo tenía una opción: ponerse en contacto con el banco para negociar. “Si llego a saber todo esto, hubiera actuado de forma diferente, quizá pidiendo ayuda al banco desde el primer momento, que al final han sido quien me han ayudado”, finaliza.

¿En qué hay que fijarse antes de firmar un contrato?

Antes de firmar cualquier tipo de pacto o contrato, ya sea con el banco o con un despacho de abogados, “lo primero hay que mirar qué costes lleva asociados el contrato, si hay una parte fija y otra variable. En este caso, la parte fija serían los honorarios y el procurador y, la variable, las costas judiciales”, explica el experto financiero de Banqmi. No obstante, como Fernando, muchos son los demandantes que no leen lo que firman antes de hacerlo y después se llevan la sorpresa.

Además, añade Gallardo, “La falta de información y de transparencia son solo algunas de las vías para reclamar”, comenta Gallardo. Esto está avalado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que, tras la denuncia de otra usuaria de Sevilla impuso contra un despacho de abogados, declaró como “engañosa” la cláusula de desistimiento que el despacho de abogados le impuso porque decidió llegar a un acuerdo con su banco y no ir a juicio por los costes de constitución de su hipoteca.

En este caso, asegura el TJUE, sus abogados le reclamaban unos honorarios por incumplimiento que eran “superiores a los inicialmente pactados”. Si bien es cierto que el contrato incluía una cláusula en la que se exigía el pago de una penalización económica en caso de que la cliente llegara a un acuerdo con su banco sin intermediación del despacho, el TJUE considera que el abogado sevillano “no informó de forma clara ni suficiente” a su clienta sobre dicha cláusula que, vulnera la aplicación de la Directiva europea sobre las prácticas desleales con los consumidores.