Tirón de orejas de la Sindicatura de Comptes al Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (Ivace). Y es que una auditoría relativa al ejercicio de 2021 alerta de falta de control en subvenciones concedidas por el organismo adscrito a la Conselleria de Economía. Los requerimientos, en concreto, se centran en las ayudas a los centros tecnológicos, sobre la base de que no se ha aprobado el plan de seguimiento financiero de las mismas. La sindicatura tampoco ha podido comprobar si se cumple la normativa que impide que las subvenciones superen el coste de las actividades a las que van dirigidas. El Ivace, por su parte, reconoce que, efectivamente, no hay un plan de control, pero sí acciones de verificación.

La auditoría en cuestión, que se acaba de hacer pública, se centra en el cumplimiento de la legalidad en materia de subvenciones por parte del Ivace. El informe señala que la gestión realizada por el instituto resulta conforme, en todos los aspectos significativos, con la normativa aplicable a los recursos públicos, aunque también establece una serie de excepciones destacadas.

La primera de ellas es que la Intervención General de la Generalitat no ha ejercido íntegramente el control financiero de ayudas previsto en la legislación de Hacienda Pública, dentro del capítulo correspondiente al sector público instrumental y de subvenciones.

También, y eso sí que compete directamente al instituto, que no se ha aprobado el plan de control previsto en la normativa en lo que respecta a la línea de la ayuda nominativa a los centros tecnológicos. En este mismo apartado, la Sindicatura de Comptes alerta de que no ha podido verificar que se haya cumplido la Ley General de Subvenciones, en el artículo que establece que el importe de las mismas, en ningún caso, puede ser de tal cuantía que, de forma aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

El motivo de la imposibilidad de ejercer esa fiscalización, añade el informe, viene determinado por el hecho de que los certificados que tienen que aportarse en el momento de la justificación acreditan la imputación correcta de costes e ingresos a la actividad, pero no certifican que la financiación de cada uno de los proyectos que se están llevando a cabo haya sido inferior. Además, entre la documentación justificativa de estas ayudas, no se exige el detalle de los ingresos y costes imputados a cada uno de los proyectos que componen esta actividad.

En este contexto, la sindicatura efectúa una serie de recomendaciones con la finalidad de mejorar la gestión en materia de subvenciones por parte del Ivace. Así, y con relación a la planificación estratégica, considera necesario un sistema de seguimiento y evaluación tras la concesión de las ayudas que se materialice en informes de periodicidad anual. Ese sistema de análisis, se añade en la auditoría, debería valorar el éxito o el fracaso de las estrategias teniendo en cuenta los resultados de los indicadores planteados en el plan estratégico de subvenciones, que han de medir la consecución de los objetivos y tienen que ser definidos con claridad, en términos precisos y mesurables.

De igual forma, el informe indica que las ayudas directas a centros tecnológicos y formalizadas por medio de convenios tendrían que financiar proyectos de investigación y desarrollo concretos y articularse a través del procedimiento de concurrencia competitiva, tal y como ya hace el propio Ivace con las ayudas que persiguen dar apoyo a la ejecución de proyectos de la misma naturaleza desarrollados por los institutos tecnológicos en colaboración con empresas.

Pero la cosa no queda ahí, dado que la Sindicatura de Comptes también llama la atención sobre el hecho de que el instituto, como entidad de derecho público integrada en el sector público administrativo, está obligado a aplicar el mismo plan general de contabilidad que la Administración de la Generalitat. Sin embargo, destaca, el Ivace continúa aplicando los principios y normas de contabilidad recogidas en el Código de Comercio y el Plan General de Contabilidad de la empresa española, sin que en las cuentas anuales haya constancia de las causas que justifican esta excepción, de manera que contraviene una disposición adicional de la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021.

Alegaciones

Desde el Ivace, por su parte, destacan que la omisión de la Intervención General de la Generalitat a la hora de ejercer el control financiero de subvenciones no es de su competencia, por lo que no puede ofrecer ninguna explicación al respecto. Con relación a las ayudas dirigidas a centros tecnológicos, el instituto reconoce que es cierto que no hay un plan de control como tal, pero sí acciones de verificación que han sido trasladadas a la Sindicatura de Comptes en forma de alegaciones. En cualquier caso, las mismas fuentes señalan que las recomendaciones recibidas ya están siendo incorporadas.