DIVERSIDAD FUNCIONAL

Los bancos bloquean las cuentas de personas con discapacidad y tuteladas al no poder actualizar los datos

Las entidades obligan a los titulares a asistir de forma presencial a la oficina tras la ley que elimina la figura del tutor legal y la incapacitación judicial

La ley impide la incapacitación jurídica desde hace un año.

La ley impide la incapacitación jurídica desde hace un año. / MIGUEL ÁNGEL MONTESINOS

Mónica Ros

Ya no hay tutores legales que dominen la vida de las personas con discapacidad. Hace un año cambió la ley y no hay posibilidad de incapacitar jurídicamente a una persona.

La incapacitación judicial suponía la imposibilidad de una persona de tomar decisiones por su discapacidad intelectual, psíquica o física. Es decir, un juez, a través de una sentencia, determinaba que una persona no podía valerse por sí misma. Así, su tutor legal lo decidía todo por esa persona y gestionaba su dinero, su cuenta bancaria, su vivienda, su patrimonio y todos los aspectos de su vida.

El colectivo de personas con discapacidad llevaba décadas intentando que este cambio legislativo fuera una realidad a la vista de abusos que dejaban indefensa a una persona que ya no decidía por sí misma y cuyo tutor no pasaba ningún control. Ahora ya no hay tutores legales y esto ha supuesto un problema en los bancos que, al actualizar los datos de sus clientes, han bloqueado las cuentas de aquellos titulares que no gestionaban su dinero de forma directa

Ahora la tutela se sustituye por otras figuras graduables en función de las necesidades de la persona (la guarda de hecho, el defensor judicial y la curatela) pero estas figuras no están integradas en el sistema bancario que, ante la ley de protección de datos y como un mecanismo antifraude, han bloqueado (o indican que van a bloquear) las cuentas de miles de personas con discapacidad.

En la Comunidad Valenciana, por ejemplo, hace un mes la propia Consejería de Igualdad denunciaba en Levante-EMV, del grupo Prensa Ibérica, que no podía ingresar la ayuda a la dependencia a 2.400 personas porque sus cuentas bancarias estaban bloqueadas.

Para desbloquear las cuentas, las entidades bancarias exigen que el titular de la cuenta se persone en su oficina. Abrir una cuenta en nombre de la persona con discapacidad para poder cobrar ahí la ayuda o pensión nominativa que le corresponde tampoco es posible en el sistema actual y las asociaciones que integran el colectivo exigen soluciones.

"Cuando la entidad bancaria revisa las cuentas pide una actualización de los datos, pero el familiar que está autorizado ya no pude actualizar los datos del titular. Entonces piden la sentencia de incapacitación, pero ya no las hacen y los bancos desconocen las nuevas figuras así que, ante la ausencia de protocolo, pues bloquean la cuenta", explican desde la asociación Plena Inclusión Comunitat Valenciana.

Nuevo sistema

El cambio legislativo viene motivado por la adhesión de España a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, celebrada en Nueva York el 13 de diciembre de 2006. Dicho tratado internacional, proclama que las personas con discapacidad tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones que las demás en todos los aspectos de la vida.

De esta forma, la incapacitación judicial ya no existe como tal en el Código Civil español. Ha sido sustituida por las medidas de apoyo para las personas con discapacidad. Ello supone la sustitución del sistema anterior de Tutela Legal, por la cual el tutor representaba y gobernaba todos los aspectos y derechos del declarado incapaz, por un sistema de "apoyosupervisión o vigilancia" de la persona con déficit intelectual o cognitivo.

La ley 8/2021 impide la incapacitación jurídica pero ¿qué ocurre con quién ya tenía esta condición? La norma prevé un régimen de adaptación por lo que tanto la persona declarada incapacitada como los tutores, curadores o defensores judiciales deben solicitar la revisión de la resolución judicial en un año. Si no lo hacen, el juez de oficio o el Ministerio Fiscal lo deben hacer en el plazo de tres años. El objetivo es que el proceso culmine antes del 3 de septiembre de 2024.