Un juzgado de Alicante perdona una deuda de 104.000 euros a un pequeño empresario

El afectado recurrió a préstamos para tratar de solventar la mala racha de su negocio

Una vista de la sede judicial de la calle Pardo Jimeno de Alicante.

Una vista de la sede judicial de la calle Pardo Jimeno de Alicante. / Pilar Cortés

David Navarro

David Navarro

Es un problema al que se enfrentan muchos autónomos y pequeños empresarios. El negocio atraviesa una mala racha o no acaba de funcionar y recurren a préstamos personales para hacer frente a la situación con la esperanza de que los ingresos remonten y puedan devolverlos. Una mala solución que, con frecuencia, lleva al afectado a perder todo su patrimonio y a quedarse con la deuda.

Por fortuna, quienes se encuentran en esta situación pueden recurrir desde el año 2015 a la conocida como Ley de Segunda Oportunidad, que permite a los particulares solicitar la cancelación de sus deudas, cuando se comprueba que no pueden pagarlas y que han actuado de buena fe, para evitar que esta carga suponga una condena de por vida.

Es lo que acaba de conseguir un pequeño empresario del sector de la construcción, al que el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Alicante acaba de perdonarle la deuda de 104.731 euros que había acumulado en su intento desesperado por salvar el negocio.

"Tenía una empresa, no funcionaba muy bien y decidió pedir un préstamo para solventar la mala racha. Por desgracia, se vio en una situación más complicada aún y pedía nuevos para pagar los anteriores. Llegado el momento, la situación se le hizo insostenible", explican desde Repara tu Deuda Abogados, un bufete especializado en la tramitación de estos procesos.

Como en este caso, numerosas personas se endeudan solicitando créditos para pagar los que habían pedido con anterioridad. Sin embargo, "aunque en muchas ocasiones creen que los nuevos préstamos sirven para acabar con la situación de sobreendeudamiento en la que se encuentran, la verdad es que desgraciadamente lo único que consiguen es acrecentar el problema de deudas que tienen", insisten desde el despacho.

Los juzgados de Benalúa en imagen de archivo.

Los juzgados de Benalúa en imagen de archivo. / Pilar Cortés

Listas de morosos

Además de librarse de la deuda a través del denominado beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, cancelar los créditos a través de la Ley de Segunda Oportunidad supone toda otra serie de ventajas adicionales, según recuerdan desde Repara tu Deuda. Entre ellas, destaca el hecho de salir de los listados habituales de morosidad y que los acreedores dejan de angustiarles a través de las llamadas que les realizan a ellos, a sus familias, a sus vecinos e incluso a su trabajo. Además, tras la resolución judicial, los beneficiados pueden volver a tener bienes a su nombre y reactivarse así en la vida económica. 

A pesar de que muchos particulares y autónomos desconocen la existencia de una legislación que está pensada expresamente para que ellos puedan cancelar sus deudas, la realidad es que todavía acuden menos personas de las que pudieran ser beneficiarias, según afirman desde el despacho. Para beneficiarse de esta normativa es necesario ser considerado un deudor de buena fe, que no oculte bienes ni ingresos, que el importe de la deuda no sea nunca superior a los cinco millones de euros, y que no haya sentencia en firme por delitos socioeconómicos en los diez últimos años.