El Gobierno lanza un aviso a todos los inquilinos que pagan el alquiler en 2023
Conoce las novedades con respecto al contrato de arrendamiento de las viviendas habituales
Los precios del alquiler siguen al alza y van camino de alcanzar un nuevo récord lo que supone un problema cada vez mayor para muchas personas que ven cómo el pago de la vivienda en la que residen en régimen de alquiler es cada vez más complicado. En este difícil y generalizado contexto, el Gobierno ha previsto una serie de medidas destinadas a lograr que el pago de este gasto mensual sea un poco más fácil para muchos ciudadanos.
La ayuda del Gobierno para las personas que viven de alquiler
En concreto, el Gobierno ha establecido un máximo de un 2% de subida en las revisiones de los contratos de arrendamiento para final de este año 2023. Además, por otro lado, también se establece la obligación de prorrogar por otros seis meses y siempre que el inquilino así lo solicite, aquellos contratos que expiren antes del día 30 de junio. En este aspecto existe una excepción y es que el dueño de la vivienda en cuestión necesite ese piso para su propio alojamiento o bien para que residan en él sus familiares o su pareja.
Ayudas al alquiler
Además, las diferentes comunidades autónomas mantienen una serie de medidas para ayudar a los inquilinos con menores ingresos a pagar el alquiler. En este caso, el alquiler máximo mensual debe ser de 600 euros y puedes optar a estas ayudas las personas que cumplan unos determinados requisitos. Al tratarse de ayudas de las autonomías hay que consultar las que ofrece la comunidad en la que reside el solicitante.
En cualquier caso, también hay que destacar que el plan estatal de Vivienda 2022-2025 solo incluye ayudas para el alquiler de las viviendas habituales y permanentes. En cuanto a los ingresos máximos que el solicitante debe tener para convertirse en beneficiario de las ayudas deben ser de hasta 3 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), 4 veces el IPREM para personas con discapacidad y para las familias numerosas. Por último, este valor debe ser de 5 veces el IPREM para familias numerosas especiales así como para las personas con distintos grados de discapacidad.
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