Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Secciones

JUAN ANTONIO BOTELLA Y JOSE Mª GARCÍA GUIRAO | Socios de DEVESA Abogados

«La inversión en Sociedades de Capital Riesgo (SCR) sigue en aumento por sus ventajas fiscales»

Los abogados Juan Antonio Botella y José Mª García Guirao resaltan el valor de las SCR como una opción de inversión con beneficios fiscales, especialmente adecuada para estructuras familiares

Como socios de DEVESA, Juan Antonio Botella y José Mª García Guirao comparten una visión especializada sobre las SCR.

Como socios de DEVESA, Juan Antonio Botella y José Mª García Guirao comparten una visión especializada sobre las SCR. / Alex Domínguez

Estefanía P. Jaime

Estefanía P. Jaime

Juan Antonio Botella y José Mª García Guirao, socios de DEVESA, nos ofrecen una visión experta sobre las Sociedades de Capital Riesgo (SCR), vehículos de inversión que han captado el interés de numerosos inversores gracias a sus beneficios fiscales y a su idoneidad para integrarse en estructuras empresariales familiares.

DEVESA, despacho de ámbito nacional y de origen alicantino, continúa su expansión nacional impulsada, entre otras razones, por el asesoramiento especializado que viene proporcionando a sus clientes en sociedades y vehículos de inversión que cuentan con diversas ventajas fiscales, como es el caso de las Sociedades de Capital Riesgo (SCR).

¿Qué es una Sociedad de Capital Riesgo?

- Juan Antonio Botella (J.A.B.): Es un tipo de institución de inversión colectiva que se encuentra regulada en la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las Entidades de Capital-Riesgo (ECR), otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la anterior Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.

En concreto, las sociedades de capital riesgo son, en primer lugar, instituciones de inversión colectiva de tipo cerrado, esto es, aquellas en las que no existen ventanas de salida o de entrada a lo largo de la vida de la sociedad y, por tanto, las desinversiones se producen de forma simultánea por todos los socios y lo percibido por cada inversor lo es en función de los derechos que corresponden a cada uno de ellos, de acuerdo con los términos establecidos en sus estatutos o reglamentos para cada clase de acciones.

Sin perjuicio de lo anterior, resulta interesante que este tipo de vehículos de inversión no requieren tener un número mínimo de accionistas como sí ocurre, por ejemplo, con algunas instituciones de inversión colectiva de tipo abierto como las Sociedades de Inversión Libre (25) y las Sociedades de Inversión Inmobiliaria (100). En segundo lugar, las SCR son entidades de capital riesgo en el sentido que obtienen capital de una serie de inversores con el fin de tomar participaciones temporales en el capital de empresas.

¿Cuáles son los requisitos legales para constituir una SCR?

-J.A.B.: El primero a tener en cuenta es que deben revestir la forma de una sociedad anónima y contar con un capital social mínimo de 1.200.000 euros. No obstante, existe la posibilidad de que en el momento de su constitución solo quede desembolsado el 50% del capital social, siempre y cuando el restante 50% quede desembolsado en el plazo de tres años a contar desde la constitución de la sociedad.

Los desembolsos del capital social mínimo deberán realizarse en efectivo, en activos aptos para la inversión de las ECR o en bienes que integren su inmovilizado. El objeto de las SCR tendrá que ser la adquisición de participaciones en empresas de naturaleza no inmobiliaria ni financiera, salvo determinadas excepciones. Dichas compañías, en el momento de la inversión por parte de la SCR, no podrán estar cotizando en cualquier mercado regulado en la Unión Europea o resto de países de la OCDE.

La constitución de las SCR requiere la previa autorización por parte de la CNMV, la inscripción en el Registro Mercantil y la posterior inscripción en el Registro específico de la CNMV para este tipo de vehículos de inversión. Los inversores en las SCR deberán ser inversores profesionales o inversores que se comprometan a invertir un mínimo de 100.000 euros y que tales inversores declaren por escrito que son conscientes de los riesgos ligados al compromiso previsto.

Por último, es importante matizar que, sin perjuicio que las SCR tienen personalidad jurídica propia y pueden ser autogestionadas, existe la posibilidad, al igual que ocurre con los fondos que carecen de personalidad jurídica, de contratar su gestión a sociedades gestoras especializas en este tipo de vehículos.

¿Qué atractivos fiscales tienen estas sociedades?

-Jose Mª García Guirao (J.MG.G.): Las Sociedades de Capital Riesgo resultan interesantes desde una doble perspectiva. En primer lugar, desde la tributación de los socios personas físicas, son un vehículo atractivo para la inversión en capital privado (entidades no cotizadas) ya que facilitan alcanzar la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP). 

Las SCRs tienen que tener, por ley, un 60% de su activo en participaciones en entidades de capital privado. Esto supone que todo lo que tengamos ahí, va a estar afecto a una actividad económica y exento, aun cuando no se cumpla con el requisito de tener un 5% del capital social, que suele ser el más complicado.

Esto hace que las podamos encajar dentro de un grupo familiar para canalizar el ahorro o los beneficios de sociedades operativas, sin que nos penalice. Por otro lado, la propia SCR disfruta de un régimen privilegiado en las plusvalías de sus inversiones ya que, si no puede aplicar la exención general por doble imposición del Art. 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (que es del 95%), puede aplicar, cumpliendo algunos requisitos, la específica de las SCRs, del 99%.

De esta forma, las inversiones que realicen van a disfrutar de una tributación privilegiada. 

¿Y en qué tienen que invertir?

-J.M.G.G: Como decía antes, las SCRs tienen que tener el 60% de su activo invertido en acciones y participaciones sociales en el capital de empresas no inmobiliarias ni financieras cuyas acciones no se encuentren admitidas a negociación, préstamos participativos con una serie de requisitos, facturas, préstamos crédito y efectos comerciales de uso habitual en el tráfico mercantil de sociedades participadas o acciones o participaciones en otras SCRs. 

¿Es complicado el proceso de crear una SRC?

-J.M.G.G.: Obviamente se trata de un vehículo especializado que requiere de un asesoramiento y acompañamiento experto, pero hoy en día son un producto muy interesante que presenta importantes ventajas, y que han despertado mucho interés entre inversores y empresas familiares. 

El despacho de Devesa&Calvo Abogados está ubicado en la emblemática Casa Carbonell de Alicante.

El despacho de Devesa Abogados está ubicado en la emblemática Casa Carbonell de Alicante. / INFORMACIÓN

Sobre DEVESA

  • Sede de Alicante: Passeig Esplanada d'Espanya, 1, 3º derecha, Alicante
  • Tlf: 965 296 180
Tracking Pixel Contents