Turismo

Estos son todos los datos que te van a pedir los hoteles, apartamentos y agencias desde hoy

El registro de viajeros entra en funcionamiento este lunes con la oposición del sector turístico

Dos viajeros con sus maletas en Benidorm.

Dos viajeros con sus maletas en Benidorm. / José Navarro

Ana Jover

Ana Jover

Tras varias prórrogas, el Ministerio de Interior ha puesto en marcha desde este lunes el nuevo registro de viajeros. Esta medida se traduce en dos ámbitos: por un lado, las obligaciones de las empresas turísticas y por otro, en la cantidad de datos que le van a pedir a cualquier usuario que utilice uno de estos establecimientos o servicios.

Pero, ¿qué sociedades y qué datos son? En primer lugar, y ante posibles dudas, es importante saber que la norma está recogida en el Boletín Oficial del Estado (BOE) sobre el Real Decreto 933/2021, publicado el 27 de octubre de 2021 que establece las obligaciones de registro documental e información jurídica de las personas físicas o jurídicas que ejercen dichas actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor. Las razones que motivaron este cambio legislativo se amparan en que en la adaptación a las nuevas modalidades de "actividades de hospedaje, como son las viviendas turísticas de corta duración explotadas por empresas o particulares mediante el registro en portales o centrales de reserva a través de medios digitales o internet. Por otro lado, la normativa actual tampoco permite que se facilite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad toda la información disponible, necesaria para que puedan realizar sus labores de prevención y protección", es decir, motivos de seguridad y de lucha antiterrorista y contra organizaciones criminales.

A partir de aquí, la oposición del sector ha sido unánime y se rebajaron algunas cuestiones. Así, a partir de este lunes, están obligados a rellenar en la plataforma de SES.Hospedajes del Ministerio del Interior todos estos establecimientos y actividades:

  • Hoteles, hostales, pensiones, casas de huéspedes, establecimientos de turismo rural o análogos.
  • Campings y zonas de estacionamiento de autocaravanas, cualquiera que sea su titularidad o régimen de uso,
  • Apartamentos, bungalows y otros alojamientos similares de carácter turístico.
  • Operadores turísticos que presten servicios de intermediación entre las empresas dedicadas a la hospedería y los consumidores.
  • Plataformas digitales dedicadas, a título oneroso o gratuito, a la intermediación en estas actividades a través de internet, presten o no el servicio subyacente objeto de mediación, siempre que ofrezcan servicios en España.
  • Alquiler de vehículos a motor sin conductor.

Queda excluido de lo dispuesto en este apartado el alquiler de los vehículos auto-taxis y, en general, el arrendamiento de vehículos con conductor.

Los viajeros

Las empresas deberán rellenar una ficha en la citada plataforma. En cuanto a los viajeros, deben completar este formato:

  • Nombre y apellidos
  • Sexo
  • DNI o número de identificación
  • Número de soporte del documento
  • Tipo de documento de identificación
  • Nacionalidad
  • Fecha de nacimiento
  • Residencia habitual (dirección completa, localidad y país)
  • Teléfono fijo y teléfono móvil
  • Correo electrónico
  • Número de viajeros
  • Relación de parentesco entre los viajeros (en el caso de que alguno sea menor de edad)

Además, desde el hotel o alojamiento deberán indicar la referencia del contrato, el inmueble y sus datos alquilado y el pago y sus características (efectivo, tarjeta de crédito, plataforma de pago, transferencia...), identificación del medio de pago (tipo de tarjeta y número, IBAN cuenta bancaria, solución de pago por móvil, otros), titular del medio de pago, fecha de caducidad de la tarjeta y fecha del pago.

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