Turismo
Estos son todos los datos que te van a pedir los hoteles, apartamentos y agencias desde hoy
El registro de viajeros entra en funcionamiento este lunes con la oposición del sector turístico

Dos viajeros con sus maletas en Benidorm. / José Navarro
Tras varias prórrogas, el Ministerio de Interior ha puesto en marcha desde este lunes el nuevo registro de viajeros. Esta medida se traduce en dos ámbitos: por un lado, las obligaciones de las empresas turísticas y por otro, en la cantidad de datos que le van a pedir a cualquier usuario que utilice uno de estos establecimientos o servicios.
Pero, ¿qué sociedades y qué datos son? En primer lugar, y ante posibles dudas, es importante saber que la norma está recogida en el Boletín Oficial del Estado (BOE) sobre el Real Decreto 933/2021, publicado el 27 de octubre de 2021 que establece las obligaciones de registro documental e información jurídica de las personas físicas o jurídicas que ejercen dichas actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor. Las razones que motivaron este cambio legislativo se amparan en que en la adaptación a las nuevas modalidades de "actividades de hospedaje, como son las viviendas turísticas de corta duración explotadas por empresas o particulares mediante el registro en portales o centrales de reserva a través de medios digitales o internet. Por otro lado, la normativa actual tampoco permite que se facilite a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad toda la información disponible, necesaria para que puedan realizar sus labores de prevención y protección", es decir, motivos de seguridad y de lucha antiterrorista y contra organizaciones criminales.
A partir de aquí, la oposición del sector ha sido unánime y se rebajaron algunas cuestiones. Así, a partir de este lunes, están obligados a rellenar en la plataforma de SES.Hospedajes del Ministerio del Interior todos estos establecimientos y actividades:
- Hoteles, hostales, pensiones, casas de huéspedes, establecimientos de turismo rural o análogos.
- Campings y zonas de estacionamiento de autocaravanas, cualquiera que sea su titularidad o régimen de uso,
- Apartamentos, bungalows y otros alojamientos similares de carácter turístico.
- Operadores turísticos que presten servicios de intermediación entre las empresas dedicadas a la hospedería y los consumidores.
- Plataformas digitales dedicadas, a título oneroso o gratuito, a la intermediación en estas actividades a través de internet, presten o no el servicio subyacente objeto de mediación, siempre que ofrezcan servicios en España.
- Alquiler de vehículos a motor sin conductor.
Queda excluido de lo dispuesto en este apartado el alquiler de los vehículos auto-taxis y, en general, el arrendamiento de vehículos con conductor.
Los viajeros
Las empresas deberán rellenar una ficha en la citada plataforma. En cuanto a los viajeros, deben completar este formato:
- Nombre y apellidos
- Sexo
- DNI o número de identificación
- Número de soporte del documento
- Tipo de documento de identificación
- Nacionalidad
- Fecha de nacimiento
- Residencia habitual (dirección completa, localidad y país)
- Teléfono fijo y teléfono móvil
- Correo electrónico
- Número de viajeros
- Relación de parentesco entre los viajeros (en el caso de que alguno sea menor de edad)
Además, desde el hotel o alojamiento deberán indicar la referencia del contrato, el inmueble y sus datos alquilado y el pago y sus características (efectivo, tarjeta de crédito, plataforma de pago, transferencia...), identificación del medio de pago (tipo de tarjeta y número, IBAN cuenta bancaria, solución de pago por móvil, otros), titular del medio de pago, fecha de caducidad de la tarjeta y fecha del pago.
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