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Casi 45.000 alicantinos han denunciado a su banco por abusos en las hipotecas desde 2017

La provincia de Alicante es una de las pocas que aún conserva un juzgado especializado ante el gran número de casos que se presentan

Las hipotecas sobre viviendas marcan récord en 15 años en noviembre y el interés sube al 2,97%

Las hipotecas sobre viviendas marcan récord en 15 años en noviembre y el interés sube al 2,97% / Europa Press

David Navarro

David Navarro

Primero fueron las cláusulas suelo, que impedían que los clientes se beneficiaran de las bajadas de tipos de interés del mercado, al establecer un mínimo para las cuotas a pagar. Luego fueron los gastos de constitución, que las entidades obligaban a pagar por completo a sus clientes, aunque fueran ellas las principales beneficiadas de los trámites ante la notaría o el Registro de la Propiedad. Se sumaron los intereses de demora y, en el último lugar, hasta las comisiones de apertura, que en muchas ocasiones duplicaban las que se cobraban por otros servicios.

La lista de cláusulas hipotecarias que la justicia ha declarado abusivas no ha dejado de crecer en los últimos años, provocando una auténtica avalancha de demandas, que obligó al Consejo General del Poder Judicial a crear juzgados especializados en 2017, para evitar el colapso de los tribunales ordinarios.

Nueve años después, la mayoría de estos juzgados ya ha finalizado su función y únicamente permanecen activos en algunas provincias donde el volumen de reclamaciones se mantiene elevado.

Es el caso de Alicante donde, a pesar de todo el tiempo transcurrido, el año pasado aún se presentaron 4.241 demandas de este tipo, lo que significa que el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Alicante -el responsable de estos temas en la provincia- aún ingresa una docena de nuevos casos cada día.  

Balance

A lo largo de estos nueve años, ya son 44.700 los alicantinos que se han animado a dar este paso y la inmensa mayoría con resultado positivo. El ejercicio en que más demandas se interpusieron fue el de 2024, cuando llegaron a superar las 9.000. Y, en particular, en el primer trimestre de ese año se contabilizaron hasta 3.653 nuevos asuntos, superando el récord del cuatro trimestre de 2017.

Tras unos primeros años en que se vieron desbordados, los responsables del también conocido como juzgado de cláusulas suelo, han conseguido una notable eficiencia, que les ha permitido reducir paulatinamente los asuntos pendientes. Por ejemplo, el pasado ejercicio consiguieron dar salida a 1.439 casos más de los que entraron.

Imagen del archivo del juzgado de cláusulas suelo de Alicante, uno de los que mayor volumen de demandas tiene actualmente.

Imagen del archivo del juzgado de cláusulas suelo de Alicante, uno de los que mayor volumen de demandas tiene actualmente. / Alex Domínguez

Aun así, al finalizar el año aún tenían sobre la mesa 5.680 demandas por resolver, según los datos facilitados por el propio juzgado, que, además del magistrado titular, también cuenta con tres magistradas en comisión de servicios sin relevación de funciones -es decir, que compatibilizan esta tarea con la que ya tenían- y una cuarta que sí tiene esa dispensa.

Trabas

Lo cierto es que el camino para llegar hasta aquí no ha sido nada fácil, ante las trabas que el Tribunal Supremo español ha puesto a cada intento de los afectados por reclamar sus derechos. Basta recordar su decisión de 2013, cuando declaró nulas las cláusulas suelo, pero rechazó que los afectados pudieran recuperar el dinero pagado de más, con la excusa de que podía afectar a la economía nacional.

La decisión fue enmendada posteriormente por la justicia europea, que es la que ha ido forzando, con sus sentencias, el cambio de legislación y también el cambio de cultura en la judicatura. "Realmente, en España no había una sociedad de consumo hasta los años setenta o principios de los ochenta y, por tanto, tampoco legislación. No es como en Estados Unidos, donde hay organizaciones de consumidores y existe la figura de las "class action" -demandas colectivas- para hacer frente a los abusos de las corporaciones desde los años cincuenta", señala Carlos Zarco, el abogado alicantino que logró la primera sentencia que anulaba una cláusula suelo en nuestro país, en el año 2012.

Así, la primera ley de protección al consumidor data de 1984 -una norma que llegó forzada también por Europa, tras el escándalo de la colza, como recuerda Zarco- y el Gobierno español tardó más de cinco años en adaptar la directiva europea contra los abusos en la contratación de 1993.

Sin defensor

Esta falta de cultura de protección al consumidor es lo que ha propiciado el elevado nivel de abusos que se ha registrado en el sistema financiero español, muy superior al de otros países, según apunta el experto, que fue director de la Unidad de Protección al Consumidor e Innovación Financiera de la Autoridad Bancaria Europea.

De esta forma, mientras que en el Reino Unido, por ejemplo, siempre ha habido un organismo supervisor que se encarga de vigilar la solvencia de las entidades y otro que garantiza la protección de los consumidores, aquí el Banco de España sólo se encarga realmente de la primera tarea, y los intentos de crear la figura de una especie de defensor del cliente bancario llevan años encallados en el Congreso.

Fachada de los juzgados de Pardo Jimeno en la ciudad de Alicante.

Fachada de los juzgados de Pardo Jimeno en la ciudad de Alicante. / Hector Fuentes

Esta falta de cultura de protección al consumidor también se aprecia, por ejemplo, en una de las últimas decisiones que ha tomado el Supremo sobre las reclamaciones de gastos y similares, las que mas se están presentando en estos momentos, según apunta Doménico Guarneri, especialista en la materia en el despacho de Sánchez Butrón Abogados.

El Alto Tribunal español ha señalado que, aunque la nulidad de una cláusula no prescribe nunca, sí existe un plazo máximo para revertir sus efectos económicos -es decir, para reclamar el dinero-, que establece en cinco años. De esta forma, se puede dar que un juzgado dé la razón a un denunciante, pero que éste no pueda recuperar nada de lo pagado de más. Esto obliga a presentar dos procedimientos, uno para solicitar la declaración de nulidad y otro para exigir el pago, uno de los motivos que disparó en 2024 el número de casos.

Aunque una parte de la abogacía considera que esos cinco años empiezan a correr cuando se ha declarado nula la cláusula, otra parte, principalmente los que representan a la banca, consideran que el plazo empieza a contar desde que el cliente tiene constancia de que su cláusula es abusiva. Por ejemplo, con la carta que algunas entidades mandaron para comunicar que dejaban de aplicar la cláusula suelo en 2013. De nuevo parece que los intereses de la banca pesan más que los de los consumidores.

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