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Un tuk tuk no es un Uber: Competencia rechaza las sanciones de la Generalitat y el Ayuntamiento de Alicante a los triciclos turísticos

El organismo también considera que no está justificada la prohibición de estos vehículos en el Casco Antiguo

Los taxistas protestan por el descontrol de los VTC y los tuctucs en Alicante

Los taxistas protestan por el descontrol de los VTC y los tuctucs en Alicante / Héctor Fuentes

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David Navarro

David Navarro

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) cuestiona las limitaciones y las sanciones que el Ayuntamiento de Alicante y la Generalitat han impuesto a los tuk tuk, los triciclos motorizados que muchos turistas utilizan para realizar rutas por la ciudad y cuya proliferación en muchos destinos ha provocado las protestas airadas de colectivos como el de los taxistas.

Es el caso de Alicante, donde la multiplicación de este tipo de servicios llevó a que el consistorio, en coordinación con el Servicio Territorial de Transportes de la Generalitat, desarrollara diversas campañas para multar a las operadoras, aplicando la misma normativa que se utiliza con los VTC, los servicios de turismo con conductor que se gestionan a través de plataformas como Uber o Cabify. Además, el consistorio también aprovechó para prohibir su entrada en el Casco Antiguo, incluyendo un artículo en la ordenanza que regula la Zona de Bajas Emisiones.

Sin embargo, en dos resoluciones consecutivas, el organismo que dirige Cani Fernández, considera que estas actuaciones contravienen la Ley de Garantía de Unidad del Mercado, al establecer limitaciones que suponen un freno a la libre competencia.

Normativa propia

En la primera de ellas, la CNMC analiza la queja presentada por una compañía que recibió seis procedimientos sancionadores de la Generalitat, que le llevaron, incluso, a dejar de operar en Alicante, bajo lo establecido en la normativa que regula los VTC. Sin embargo, el informe elaborado rechaza que puedan equipararse ambos tipos de vehículos, entre otros motivos, porque los tuk tuk tienen "una finalidad únicamente turística y se realiza mediante circuitos turísticos cerrados y predeterminados".

Un tuctuc el pasado mes de noviembre, en Alicante.

Un tuctuc el pasado mes de noviembre, en Alicante. / Pilar Cortés / PILAR CORTES

Además, recuerda que los triciclos están regulados por su propio reglamento europeo, distinto al de los turismos, por lo que no pueden aplicárseles las mismas reglas. Igualmente, recuerda que "en la regulación de los servicios de transporte turístico deben observarse los principios de necesidad y proporcionalidad". Dicho de otra forma, que debe tenerse el impacto real que pueden tener estos servicios.

Por otro lado, en una segunda resolución, la CNMC también arremete contra la limitación que estableció el consistorio alicantino y que impide a los tuk tuk acceder al Casco Antiguo de la ciudad. Una limitación que, a juicio de este organismo, no está debidamente justificada.

Interés general

Aunque Competencia admite que puede haber razones de interés general para prohibir su presencia, como son la salud pública o la preservación del medio ambiente, considera que se deberían permitir excepciones como ocurre con los taxis, los autobuses discrecionales o los VTC, que sí pueden circular si disponen etiqueta ambiental B, C, Eco o Cero.

En otras palabras, que el consistorio debería encontrar otra justificación distinta a la ambiental para mantener la actual limitación a estos vehículos. En esta línea, el supervisor recuerda dos sentencias que han tumbado sendas normativas sobre ZBE por establecer tratos diferenciados que no estaban bien justificados. Por ejemplo, en marzo de 2023, el TSJ de la Comunidad Valenciana consideró discriminatorio no incluir, entre las excepciones a la Zona de Bajas Emisiones, los desplazamientos necesarios para atender a misa y oficios religiosos.

Igualmente, en septiembre de 2024, el TSJ de Madrid estableció que la domiciliación de un vehículo en la capital de España tampoco era motivo suficiente para limitar o permitir su acceso a determinadas zonas.

Las resoluciones de la CNMC en materia de unidad del mercado no son vinculantes, aunque el organismo está facultado para acudir a los tribunales, si detecta que una norma autonómica o local vulnera la libertad de establecimiento o circulación.

La multiplicación de los tuk tuk ha llevado a que numerosos ayuntamientos hayan intentado prohibir o, como mínimo, frenar la presencia de este tipo de vehículos en sus calles.

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