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Tirón de orejas a la Generalitat por el reparto de las ayudas para la formación de trabajadores ocupados

La Comisión de los Mercados y la Competencia considera que la convocatoria es demasiado restrictiva al prohibir que concurran distintas empresas de un mismo grupo

Una oficina de Labora en la provincia.

Una oficina de Labora en la provincia. / AXEL ALVAREZ

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David Navarro

David Navarro

La intención es buena, pero las medidas son desproporcionadas. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) le da un tirón de orejas a la Generalitat por las limitaciones que ha impuesto a la hora de optar a las ayudas para la formación de trabajadores en activo, que considera excesivas para conseguir su propósito.

En concreto, la resolución de la CNMC hace referencia a la orden que se publicó el pasado 7 de abril en el DOGV, con la que Labora hacía públicos los criterios para optar a las subvenciones para la realización de acciones formativas no conducentes a la obtención de certificados profesionales dirigidas prioritariamente a personas ocupadas. Una línea de subvenciones dotada con cerca de ocho millones de euros.

Con el objetivo de evitar que estas ayudas pudieran acabar en unas pocas manos y siguiendo las indicaciones de Competencia de fomentar la máxima concurrencia posible en estas convocatorias, la Administración autonómica incluyó un artículo que impide que dos o más empresas de un mismo grupo puedan solicitar las subvenciones. De esta forma, se pretende dar mayores oportunidades a las pymes a la hora de competir por estos fondos.

JUna de las oficinas de Labora en la provincia de Alicante.

Una de las oficinas de Labora en la provincia de Alicante. / JUANI RUZ

Sin embargo, la CNMC considera que, aunque la intención es acertada y responde al interés general, se trata de una limitación desproporcionada para su fin, por lo que impide la libre competencia.

Por el contrario, desde este organismo señalan que existen otras alternativas menos restrictivas para evitar la concentración de ayudas, como fijar límites según el número de empleados o el volumen de facturación de la empresa o del grupo empresarial, teniendo en cuenta el tamaño del mercado en la comunidad autónoma.

Las resoluciones de la CNMC en materia de unidad del mercado no son vinculantes, aunque el organismo está facultado para acudir a los tribunales, si detecta que una norma autonómica o local vulnera la libertad de establecimiento o circulación.

En este caso, el organismo señala explícitamente que la resolución de la dirección general de Labora no resulta contraria al principio de necesidad por el que se pueden establecer algunas limitaciones a la competencia en beneficio del interés general, pero sí vulnera "el principio de proporcionalidad del artículo 5 de la Ley de Garantía de la Unidad del Mercado".

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