La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, ha condenado a un hombre a doce años de prisión por abusar sexualmente de la madre de su pareja, una mujer de 85 años que, además, presenta un deterioro cognitivo y motor que la hace totalmente dependiente. Ante ello, el juzgado ha impuesto una pena de siete años de cárcel por los abusos, más otra de cinco años por explotación sexual y corrupción, pues, además de los tocamientos y abusos, el condenado grababa los hechos con el móvil y, posteriormente, descargaba los vídeos y los almacenaba en el ordenador.

Los hechos se remontan al año 2015, cuando el hombre, de 56 años, se encontraba con la víctima. La mujer necesitaba atenciones constantes por su deterioro cognitivo, y el acusado era uno de sus cuidadores. Valiéndose de esta circunstancia, realizó diversos tocamientos en sus partes íntimas, mientras grababa estos abusos con el teléfono móvil.

El magistrado de la Audiencia Provincial ha impuesto así la pena solicitada por el fiscal, al entender que «esta modalidad de abuso sexual es paralela al delito de violación, con la única divergencia de la ausencia de violencia o intimidación para doblegar la voluntad de la víctima. Es la que concurre en este caso al quedar acreditado haber introducción de miembros corporales sin consentimiento de la víctima al estar privada del mismo por tener afectadas considerablemente sus facultades intelectuales», tal y como recoge la sentencia.

En el fallo judicial, también se condena al hombre al pago de 20.000 euros en concepto de indemnización a la víctima, por los daños morales causados, además del abono de las costas.

La denuncia partió de la pareja del acusado e hija de la víctima, quien encontró los vídeos en el ordenador. Al comprobar que era su madre, los grabó con el móvil y acudió a la Policía. Durante el juicio, el acusado reconoció los hechos, y el tribunal visionó los cuatro vídeos encontrados en el ordenador del acusado. Las fechas de los mismos oscilaban en un periodo de varios días, por lo que la sala entendió que se trata de un abuso sexual continuado. Además, gracias a las pruebas gráficas, se pudo comprobar cómo la víctima pedía que parase, al hacerle daño, sin que el acusado se detuviera.

La pena también contempla la prohibición del acusado de acercarse a la víctima en un periodo de 15 años. Por su parte, la Fiscalía ha solicitado el ingreso inmediato en la cárcel del acusado, que ya estuvo en prisión preventiva a la espera del juicio durante un tiempo, con el fin de se que cumpla la condena cuanto antes. La sentencia no es firme, pero el hecho de que el detenido reconociera en el juicio los hechos que se le imputan deja poco margen legal de maniobra para presentar un recurso por parte de la defensa.