Un despacho de abogados de Elche ha conseguido que juzgados de distintas provincias paralicen la ejecución del aval de una firma comercial que tiene distintos locales ubicados en centros comerciales, después de que ésta haya demandado a las grandes superficies para negociar un nuevo precio del alquiler ajustado a las limitaciones impuestas al sector por la pandemia del coronavirus, una vez que estas mantuvieran el cobro del alquiler durante el estado de alarma y en la nueva normalidad cuando, apuntan, «ha habido una caída significativa en la facturación por las limitaciones del covid».

La firma comercial solicita establecer una nueva renta variable, en función de las ventas del establecimiento, y eliminar el coste fijo que tiene que asumir según los contratos que firmaron cuando pusieron en marcha la actividad, y que son los que tienen la mayoría de los pequeños comercios que se ubican en grandes superficies. La abogada Manuela Sánchez Vilella, de VILAI Abogados, ha presentado una veintena de demandas por todo el territorio nacional, con el objetivo de que los juzgados insten a los centros comerciales a pactar nuevas condiciones de arrendamiento con la firma comercial, a la que, según indicó la letrada, «se le exigió el pago de los alquileres y los gastos de mantenimiento de las grandes superficies durante el periodo en el que estuvieron cerrados durante el estado de alarma, que fue entre el 14 de marzo y el 1 de junio». «Tras la reapertura de los centros comerciales, con limitaciones de aforo, las condiciones económicas derivadas de la crisis sanitaria han cambiado sustancialmente, sin que se hayan tenido en cuenta las nuevas circunstancias», añadió la letrada.

Hasta la fecha siete juzgados, de Bilbao, Fuengirola, Albacete, El Prat de Llobregat, Madrid, Valladolid y Torrejón de Ardoz, han acordado establecer las medidas cautelares solicitadas por los demandantes entre las que destaca la suspensión temporal, durante la tramitación del proceso, de las garantías prestadas, es decir, de los avales bancarios depositados por los comercios cuando firmaron los contratos de arrendamiento de los espacios comerciales. También se ha establecido como medida cautelar la prohibición de interponer acción de desahucio o reclamación por impago de rentas durante la tramitación del procedimiento.Los juzgados también han aceptado el establecimiento de un periodo de carencia en el pago de la renta durante la vigencia del estado de alarma, así como para un supuesto nuevo rebrote, y la fijación de una renta de alquiler provisional, y de una participación provisional en la totalidad de los gastos y contribuciones relacionadas con el centro comercio mientras se tramita la demanda. Como medida cautelar también se fija una renta variable en relación porcentual directa con las ventas del comercio.

Por todo el país

El despacho de Manuela Sánchez ha presentado 18 demandas de este tipo en juzgados de Alicante, Valencia, Castellón, Bilbao, Málaga, Sevilla, Ávila, Valladolid, Girona, Barcelona, Fuengirola o Albacete, y se basa, principalmente, en la cláusula legal conocida como «rebus sic stantibus». Manuela Sánchez explica que «con la cláusula 'rebus sic stantibus' se pretende la idea de que los contratos puedan ser adaptados a las nuevas circunstancias económicas, sobretodo como las actuales, derivadas de una situación de fuerza mayor totalmente imprevisible, que afecta de manera sustancial a las obligaciones, lo que debe llevar a su modificación o resolución, principalmente para que exista equilibrio entre ambas partes». Hasta la fecha ningún juzgado se ha manifestado en contra de las pretensiones de los demandantes.