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Los pacientes que se acojan a la Ley de Eutanasia deberán pasar un mínimo de 45 días de trámites

Expertos en Derecho analizan en el Hospital del Vinalopó las claves de la legislación que entrará en vigor el 25 de junio uEl usuario elegirá cuando acabar con la vida tras aprobarse su expediente

Una paciente recibiendo cuidados paliativos en el Hospital de San Vicente ALEX DOMÍNGUEZ

Los pacientes que quieran acogerse a la reciente Ley de Eutanasia o sus representantes tendrían que realizar varios trámites que tardarían, en el mejor de los supuestos, un mes y medio en resolverse para optar al tratamiento para el final de la vida. Así lo explicaba este jueves Carmen Juanatey, Catedrática de Derecho Penal de la Universidad de Alicante (UA) en el segundo seminario de la Cátedra universitaria «Emilio Balaguer» de Bioética, Historia de la Medicina y Medicina Social.

El encuentro tuvo lugar en el Hospital del Vinalopó para detallar las claves de esta próxima ley, que entrará en vigor el próximo 25 de junio al cumplirse tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Rafael Carrasco, gerente de este departamento de Salud apuntaba que esta ley es una necesidad que venía siendo reclamada con mayor intensidad en los últimos años por parte de la sociedad y la comunidad médica «y que toma en consideración tan importante como el sufrimiento de las personas que nos piden ayuda para morir dignamente en el contexto de una enfermedad grave e incurable o padecimiento crónico»

Es una necesidad porque considera el sufrimiento de personas que nos pedían ayuda

Rafael Carrasco - Gerente del Hospital del Vinalopó

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Aún y así, esta legislación también tiene varios detractores. Entre ellos Vox, que esta semana anunciaba que ha recurrido la ley al Tribunal Constitucional y pide su suspensión cautelar porque valoran que se vulnera el derecho absoluto a la vida.

Sin embargo, expertos en la materia defendían ayer en Elche esta ley porque entienden que es necesaria ante casos de sufrimiento intolerable.

Carmen Juanatey, que centró su tesis doctoral en la Eutanasia, defendió que esta ley establece «garantías suficientes para evitar abusos y decisiones precipitadas», frente a las posturas contrarias. Por ello explicó que la ley trata de legalizar supuestos de eutanasia con la voluntad libre de la persona de poner fin a su vida bien porque lo declara expresamente por escrito o a través de un testamento vital o documento de instrucciones previas.

Señaló, por tanto, que la ley prevé que sea un médico quien realice la prestación de la ayuda a morir. «Tiene todo el sentido que se circunscriba a un contexto medico sanitario porque todos los países que han legalizado la eutanasia la sitúan en ese contexto», señalaba.

La ley tiene garantías suficientes para evitar abusos y decisiones precipitadas

Carmen Juanatey - Catedrática de Derecho Penal de la UA

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Juanatey señaló que hay matices que se deberán ir puliendo porque hay puntos que por ahora se quedan sin determinar como que los menores de edad puedan recibir la eutanasia como sí ocurre en otros países como Bélgica. Aún y así, confía en que de entrada se resolverán los casos más acuciantes.

En cuanto al procedimiento para autorizar estos casos, Juanatey reconocía que «es algo farragoso» porque hay que realizar muchos pasos.

Primero tienen que hacerse dos solicitudes por escrito con un mínimo de 15 días de diferencia entre la primera y segunda solicitud. El médico responsable dialogará con el paciente para informar de sus posibilidades terapéuticas y sobre la posibilidad de tratamiento paliativo.

A diferencia de otros países como Bélgica, los menores de edad no podrán acogerse al recurso asistencial

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Cuando se verifica que se dan las condiciones para acogerse a la eutanasia, la ley obliga que se consulte con un médico consultor que también debe verificar y controlar la historia clínica. A partir de ahí aparece un primer control de unos comités de garantía y evaluación formados por siete miembros, entre ellos un jurista y un médico.

Carmen Juanatey señalaba que este principio de control previo le resulta excesivo aunque por otro lado puede dar tranquilidad al equipo médico que actúa porque daría garantías. Después ya se prepararía la documentación para enviar la prestación. Aún y así, entiende que el médico responsable, que el paciente puede elegir, tiene demasiado peso por lo que propone que se le libere de responsabilidad y que caiga sobre todo el equipo médico que coordina cada caso.

Otro de los puntos que remarcan de la ley es que no se exige un pronóstico mínimo de vida para poder optar al recurso de eutanasia y según Juanatey interpreta que la ley permite que el paciente pueda aplazar la eutanasia después de que su expediente quede resuelto para que puedan tener el control.

Objeción

Alfonso Ruiz, Catedrático de Filosofía del Derecho de la Comunidad de Madrid explicaba también ayer que la ley contempla supuestos de objeción de conciencia directa cuando se trate de participar de algún momento del proceso hasta el final de la asistencia así como de forma indirecta.

Un problema es la objeción de conciencia institucional para evitar casos como el de Inmaculada Echebarría

Alfonso Ruiz - Catedrático de Filosofía del Derecho de la Comunidad de Madrid

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Apuntaba que uno de los problemas que se plantea es la objeción de conciencia institucional y por ello señaló que se deberían evitar casos como el de Inmaculada Echebarría, que tras siete años de ingreso en un centro católico se encontraba en un estado irreversible pero la orden religiosa propietaria se negó a realizar la desconexión y sedación».

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