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Elche permite el baño en las piscinas con burkini y prohíbe bañadores por debajo de la rodilla sin homologar

El Ayuntamiento dice que la normativa recién aprobada «es una recopilación de la existente» y que pretende evitar, por higiene, que la gente use prendas como las bermudas

La piscina municipal del Parque Deportivo de Elche, en una imagen del pasado verano. | MATÍAS SEGARRA

«No se permitirán (en las piscinas públicas) bañadores por debajo de las rodillas, ni prendas que no sean específicas de natación salvo autorización puntual y expresa de la Concejalía de Deportes». Es uno de los artículos que forman parte del recién aprobado por el pleno reglamento municipal de uso de instalaciones deportivas de Elche. Un documento, que según el equipo de gobierno, no cambia en nada respecto en lo que se exige hasta ahora en las dependencias municipales, sino que es una «mera recopilación» de la normativa existente.

Sin embargo, ante la ambigüedad de la redacción de este articulado (está en exposición pública), que deja dudas sobre si esto supone un veto, entre otras cosas, al «burkini» o traje de baño femenino que cubre el cuerpo de la mujer y que generalmente usan las musulmanas, la Concejalía de Deportes ha visto conveniente modificarlo porque «el burkini está totalmente permitido en las piscinas de Elche y de hecho muchas mujeres han entrado sin ningún problema cada verano», aseguró el concejal del área Vicente Alberola.

Los técnicos municipales van a optar por añadir al reglamento que solo se permitirán bañadores por debajo de las rodillas cuando estén «homologados», para no excluir la posibilidad y, dejarlo por escrito, de que mujeres con burkini puedan acceder a la piscina como están realizando hasta ahora. Con ello, el departamento municipal lo que quiere es evitar que usuarios entren a las piscinas con ropa de la calle y prendas que no son específicas para la natación, por razones de higiene. Más allá de esta norma, el reglamento que aprobó el pleno municipal a comienzos de mes recoge un buen número de directrices a la hora de utilizar las instalaciones deportivas ilicitanas, que según el concejal responsable del área, lo que pretende es «facilitar al usuario el conocimiento de las normas que de sobra son conocidas por los funcionarios». Un documento, que según el concejal socialista, no es obligatorio, pero que su departamento ha visto conveniente tener para dejar muy claro qué es lo que se puede hacer y lo que no.

Por ejemplo, hay cosas muy obvias que están prohibidas como la entrada de armas o de bengalas a los recintos deportivos, «algo que no ocurre solo en Elche, sino en todas partes», incide el edil. Tampoco está permitido el consumo de bebidas alcohólicas, ni siquiera las que venden en las cantinas que están abiertas en las instalaciones deportivas. Su ingesta solo se puede realizar dentro de estos establecimientos o en sus terrazas.

Hay otras pautas de comportamiento que también están recogidas en este reglamento y que a estas alturas siguen generando dudas entre los usuarios. Un claro ejemplo es la prohibición de la entrada de perros. Pero esta medida es en parte, porque por ejemplo a la Ciudad Deportiva sí que pueden entrar los canes, pero a las zonas generales, lo que no pueden hacer es estar en la grada acompañando a sus dueños viendo un partido. Los perros guía que acompañan a las personas invidentes son como en toda instalación municipal una excepción y sí que están permitidos, aunque lo diga expresamente el reglamento.

Otra de las normas que no todo el mundo sabe, aunque sea evidente, y que el equipo de gobierno ha visto necesario dejar claro en un reglamento es que está permitido el acceso al recinto de la piscina a personas con enfermedades infectocontagiosas, salvo informe médico en sentido contrario. Y así, el nuevo articulado que ya ha sido expuesto al público y publicado por el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) aglutina un sinfín de derechos y de obligaciones que tienen los usuarios de las instalaciones deportivas, tanto de las piscinas, del estadio de atletismo Manolo Jaén, como del resto de dependencias. Recoge también los tipos de infracciones y sus consecuencias.

Publicidad en las instalaciones deportivas, sí y no, según el caso

«Con carácter general, no se permite la colocación de ningún soporte publicitario en las instalaciones». Es una de las frases que recoge el reglamento municipal sobre el uso de las dependencias deportivas, en concreto, en el capítulo referente al patrocinio de eventos deportivos. Un asunto sobre el que el Ayuntamiento «podrá autorizar la colocación de publicidad por un período temporal concreto, con motivo de la organización de acontecimientos deportivos puntuales, previa petición de la entidad organizadora», tal y como recoge el documento. Al margen de ello, el edil de Deportes aseguró que las vallas publicitarias que hay en lugares como la Ciudad Deportiva sí que están autorizas porque la Fundación del Deporte tiene un convenio con los clubes deportivos para utilizar los ingresos que reciben de estos soportes para ayudar o becar a deportistas ilicitanos.

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