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Condenado por trompos, lesiones de tres policías, fuga y una denuncia falsa del supuesto robo del coche

Eximen a la aseguradora y un taller de tener que pagar la responsabilidad civil a un conductor condenado a dos años de cárcel

Los hechos ocurrieron en la carretera Elche-Crevillent

Los hechos ocurrieron en la carretera Elche-Crevillent / Antonio Amorós

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M. Alarcón

M. Alarcón

Un conductor, con condenas en firme por haber llevado un vehículo sin permiso o haberlo hecho ebrio, ha llegado hasta el Supremo buscando quizá compasión después de que utilizara el coche que conducía, propiedad de un taller de Elche, para realizar trompos en medio de la carretera a Crevillent, saliera huyendo de la Policía Local, causara lesiones a tres agentes y desperfectos a un coche patrulla. Como logró huir, al día siguiente presentó una denuncia asegurando que el vehículo se lo habían sustraído

Antes de acudir al alto tribunal por estos hechos, órgano que ha inadmitido el recurso (ni infracción de precepto constitucional ni de ley o quebrantamiento de forma) ya obtuvo por estos hechos dos condenas. Una, del juzgado de lo Penal que lo declaró culpable de un delito de conducción temeraria, en concurso ideal como un delito contra la seguridad vial, y de dos delitos de lesiones, concurriendo en los dos primeros la agravante de reincidencia, a dos años de prisión y cinco años de privación del derecho a conducir vehículos a motor, más siete meses de multa por un delito de simulación . Y dos, de la Audiencia, que no solo la ratificó, sino que la modificó para absolver a la empresa aseguradora y al taller, que era el propietario del turismo, de tener que pagar la responsabilidad directa o, en su caso, la subsidiaria. Cantidades con las que deberá correr ahora el condenado.

"Trompos"

Los hechos se remontan a enero de 2017 cuando el acusado, sobre las 0.30 horas, conducía un Renault Laguna por la N-340, entre Elche y Crevillent, «de manera irregular, realizando giros de 360 grados sobre sí mismo», que el fallo describe como«trompos». Se dice en los hechos probados del fallo que un vehículo patrulla lo descubrió y se acercó a él, iniciando este una huida «a toda velocidad» y «perdiendo el control» por lo cual los agentes «para evitar una colisión, chocaron contra el bordillo de la acera», quedando el coche patrulla inutilizado. Los dos agentes sufrieron lesiones por contracturas cervicales, que tardaron en curar 68 y 82 días. El Ayuntamiento no reclamó por los daños del coche porque se los abonó el seguro. 

Rotonda

Mientras tanto, el vehículo sospechoso continuó su huida, entrando en la siguiente rotonda, «en dirección contraria» y topándose de cara con un segundo vehículo policial que esquivó para continuar escapando. «En un momento dado, detuvo el coche y se apeó dejándolo en marcha y huyendo campo a través», dice el fallo. Los policías le siguieron a pie con tan mala fortuna que uno de ellos cayó en un canal, lo que le causó lesiones que tardaron en curar 299 días y que obligaron a su compañero a quedarse junto a él para atenderlo y cesar la persecución. Ese mismo día, sobre las 15 horas, el acusado acudió a Comisaría para denunciar la sustracción del coche «durante la noche» que era propiedad de un taller. «Esta denuncia la interpuso siendo pleno conocedor de su falsedad y con el único objeto de eludir las consecuencias legales de los actos cometidos la noche anterior por él mismo», dice el fallo.

Tres días antes de estos hechos, un juzgado de Benidorm lo había condenado en firme por conducir bajo los efectos del alcohol o drogas a un año y tres días de prohibición de llevar vehículos a motor. En 2014 otro juzgado de Santa Cruz de Tenerife lo declaró culpable de circular sin permiso o bien retirado cautelarmente, como también habían hecho dos juzgados más de Elche, en 2015 y 2016

Sentencia

La sentencia del juzgado Penal de Elche sobre estos hechos fijó indemnizaciones para los policías de 3.555, 5.197 y 19.974 euros, declarando la responsabilidad del taller y de la aseguradora. Pero el acusado recurrió y lo único que consiguió fue que la sección VII revocara el primer fallo de forma parcial para decir que no existía responsabilidad directa ni en la compañía de seguros ni en el taller, que debería pagar estas indemnizaciones el condenado.

Los hechos se juzgaron en la Ciudad de la Justicia de Elche

Los hechos se juzgaron en la Ciudad de la Justicia de Elche / Matías Segarra

Dos fallos previos

Si no estaba de acuerdo con el primer fallo, menos lo estuvo con el segundo, lo cual le ha llevado ahora, cuatro años más tarde y siete desde que ocurrieron los hechos -con la pena en suspenso- al Supremo, que despacha el recurso en un folio para desestimarlo sin entrar ni al fondo: «El recurso no cuestiona, sobre razones normativas, la subsunción de los hechos declarados probados en los tipos penales que sirven de títulos de condena. Lo que se combate es que se establezca como hecho probado que el recurrente conducía el vehículo, denunciando, al tiempo, insuficiencia probatoria e irracionalidad valorativa del tribunal. Gravámenes que se alejan irremediablemente de la recurribilidad casacional», sentencia. 

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