La Audiencia de Elche absuelve a todos los acusados en Santa Pola por el caso uniformes
Responsables políticos, policiales y empresas del textil de la Vega Baja se enfrentaban a penas de prisión por prevaricación, fraude y malversación de caudales públicos

Una imagen del juicio por el caso uniformes / Héctor Fuentes
La sección VII de la Audiencia, con sede en Elche, ha absuelto a todos los acusados del llamado «Caso uniformes», que investigaba una supuesta trama para la compra y reparto de ropa y material a los agentes de la Policía Local de Santa Pola. Este asunto se abrió a raíz de una denuncia que se presentó en 2016, tras el cambio político en Santa Pola, elecciones que colocaron al frente del ejecutivo a la socialista Yolanda Seva en un gobierno de cinco partidos. Fue uno de sus socios, el edil Ignacio Soler (Cs), al que meses más tarde se sumaría la propia regidora con otra denuncia, quien instó la apertura de una investigación por la UDEF, la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal del Cuerpo Nacional de Policía.
Entre los acusados que se sentaron en el banquillo por los delitos de prevaricación, fraude y malversación de caudales públicos, se encontraba el concejal de la anterior corporación, el responsable de la Policía Local y dos agentes, así como los gerentes de tres empresas textiles de la Vega Baja que suministraban la ropa a los policías locales. La Fiscalía Anticorrupción consideraba que todo estaba amañado para que fueran siempre las mismas empresas las beneficiarias de la compra saltándose una licitación. Dicha teoría queda desestimada por los magistrados de la sección VII. El letrado Lorenzo Bonmatí ha dirigido la defensa de dos de los tres agentes de la Policía Local que estaban encausados; el letrado José Pedro González la del jefe de la Policía Local; y el abogado Emilio Fernández, a los empresarios.
La Audiencia considera hechos probados que entre 2011 y 2015 el entonces concejal de Policía, Antonio Pérez, presentaba propuestas de contratación menor de uniformidad y otro material, como podían ser botas o esposas. En esa época, el jefe de la Policía Local estuvo designado como responsable del contrato; labor en la que le asistía un oficial, que se se encargaba de contactar con los comerciales de empresas suministradoras, y un agente de tareas de administración. Las compras se realizaban a tres empresas distintas de la Vega Baja pero entiende la sentencia que no se trataba de "empresas pantalla" aunque carecieran de trabajadores dados de alta en la Seguridad Social y tuvieran su domicilio social en una vivienda particular. Y esto creen que está acreditado por los contratos que tenían con otros ayuntamientos, caso de Orihuela, Torre Pacheco o Torrevieja, la Dirección General de la Policía, la Fundación Cultural Miguel Hernández o la Universidad de Murcia, entre otras.

Jefatura Local de Policía de Santa Pola, siendo alcaldesa Yolanda Seva, quien aparece en la imagen / INFORMACIÓN
Grupo de empresas familiar
Sí dice el fallo que las tres empresas eran del mismo grupo familiar y que el fundador, fallecido mientras esperaba este juicio, decidió dejar una a cada hijo. "Cada empresa tiene un domicilio social diferente y un centro de trabajo en el almacén que perteneció al padre, si bien cada una de ellas con su propio espacio de exposición, catálogo de prendas y precios con calidades diferentes". Una de ellas preveía los trabajadores mientras que las otras dos afrontaban la actividad "con el personal contratado" por la primera por ser "la que más tiempo llevaba en el ejercicio de la actividad".
El fallo entiende que no ha quedado probado que los acusados se concertaran entre sí para que el suministro de la uniformidad de la Policía Local de Santa Pola, "no superara el límite de 18.000 euros y así poder adjudicar directamente los contratos menores" a cualquier de estas tres mercantiles. Dice la sentencia que ha quedado demostrado, "las necesidades reales de uniformidad que reflejaban los presupuestos, y que el límite lo imponía el negociado de contratación y la junta de gobierno por no disponer durante el periodo de otra modalidad contractual". De hecho, hasta 2018/19 con el nuevo gobierno no entró en funcionamiento el contrato de suministro, "debido a la falta de técnicos y medios materiales del Ayuntamiento, "tardándose tres años en redactar los pliegos de condiciones técnicas".
Mesa de contratación
Los magistrados recuerdan que los tres policías acusados, "nunca formaron parte de una mesa de contratación ni participado en la redacción de un pliego de condiciones técnicas". Añaden que en 2015 el entonces concejal instó un contrato de suministro "destinado a la totalidad del vestuario de la Policía Local mediante un procedimiento negociado", lo que desde Hacienda le dijeron que no era factible si querían que la uniformidad llegara a tiempo para la temporada estival, "proponiendo que no habría tiempo material para servir el vestuario en junio, mes que se produce el cambio". El jefe de la Policía Local también insistió en esta necesidad, pues el reglamento exigía dos cambios de uniformidad al año distinguiendo entre plantilla fija, interinos, unidad de playa, conductores de grúa o voluntarios de Protección Civil. "Los acusados -y cita a los tres policías- no han contravenido sus deberes como funcionarios públicos, ni los principios que rigen la contratación en el sector público", dice el fallo.
"Solicitaban presupuestos a las distintas mercantiles del sector (entre ellas las sociedades acusadas) con base a criterios de precio, calidad y servicio (...) No condicionaron la modalidad contractual por la que se suministraba la uniformidad a la Policía Local, estando sujetas sus actuaciones a los controles administrativos internos de Contratación e Intervención". Se añade que el jefe José Miguel Zaragoza, "cumplió con sus obligaciones comprobando que toda la uniformidad adquirida había sido entregada antes de pagar la factura", contando en esa labor con la colaboración de los dos agentes. El fallo dice que el concejal, ni formó parte de la junta de gobierno "ni dio instrucciones o recomendaciones a los agentes sobre qué empresa había que elegir para prestar el servicio":

Dependencias de la Policía Local en Santa Pola, en una imagen de archivo / INFORMACIÓN
"Solicitaban presupuestos a las distintas mercantiles del sector (entre ellas las sociedades acusadas) con base a criterios de precio, calidad y servicio (...)", dice la sentencia
Procedimiento
El fallo tampoco encuentra tacha en el procedimiento en sí ni en el resto de acusados, "los precios los fijaban las empresas con base a sus diferentes catálogos y calidades y no los acusados (...) Las empresas no establecían las necesidades de uniformidad de los agentes (...) la elección de las empresas se efectuó con arreglo a criterios de precio, calidad y servicio" recordando que durante ese tiempo también se contrató con otras empresas del sector y no exclusivamente con estas. También señala cómo los sindicatos de policía eran los que "trasladaban al concejal sus quejas sobre la falta de uniformidad conforme al reglamento, indicando el concejal que debido a la situación económica del Ayuntamiento de Santa Pola no se podía cubrir la totalidad de la uniformidad marcada, pero que se cubrirían las necesidades puntuales y concretas de aquellos agentes que pudieran tener una necesidad", recoge el fallo.

Una de las sesiones de la vista en la sección VII de la Audiencia, en Elche / Héctor Fuentes
Ropa acreditada
Añade que la entrega de la ropa a los agentes está acreditada, "los agentes firmaban cuando recibían la uniformidad básica solicitada (...) cumplido el contrato, se efectuaba traslado nuevamente de la factura presentada al departamento de Intervención para el reconocimiento de la obligación y después, previo informe-propuesta del negociado de contratación, a la junta de gobierno local para la aprobación del pago de esta y, finalmente, se acordaba la devolución de la fianza a la empresa adjudicataria".
El fallo analiza uno a uno los contratos que para la Fiscalía Anticorrupción fueron sospechosos sin encontrar tacha en ninguno de ellos. Existe un segundo procedimiento, en una segunda pieza, sobre hechos similares, que aún está pendiente de ser enjuiciado.
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