El Consell obliga al bipartito a empezar de cero con el plan para ganar plantas en los edificios en Elche
Urbanismo alega que la propuesta ha visto «alterado» su objeto respecto al informe ambiental y territorial estratégico, el vicealcalde Soler subraya que es una cuestión administrativa y no de fondo, y el Ejecutivo local reiniciará el procedimiento

Un edificio en construcción en la zona del Hospital del Vinalopó, en una imagen de hace unos meses. / Áxel Álvarez
Más espacio para jardines, piscinas, zonas de juegos infantiles o pistas deportivas. Ese es el reto que se había marcado el bipartito de PP y de Vox. Eso sí, sin que eso supusiera perder edificabilidad en un momento en el que el desajuste entre la oferta y la demanda es evidente en el mercado inmobiliario, lo que ha ido llevando los precios al alza. Por eso mismo, lo que planteó el Ejecutivo local es impulsar una modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), la número 46, para ganar en altura en determinados sectores, de manera que también se pudieran ampliar los espacios comunes, sin que eso supusiera perder metros cuadrados habitables. Ahora bien, siempre fuera del entorno protegido del Palmeral, tal y como destacaba a principios de este mismo año el vicealcalde y responsable municipal de Estrategia Urbana, Francisco Soler. Sin embargo, los servicios territoriales del Consell, en este caso el de Urbanismo, parecen empeñados en no ponérselo fácil al Ayuntamiento de Elche. Hasta el extremo de que su informe desfavorable ha llevado al equipo de gobierno a tener que reiniciar el procedimiento con la evaluación ambiental y territorial estratégica. Un informe desfavorable que el propio Francisco Soler asegura que responde a una cuestión meramente administrativa, que es un problema formal, no de fondo, por lo que se volverá a reiniciar el procedimiento mientras se trabaja en paralelo en el resto de trámites.
Desde octubre
En concreto, en octubre del año pasado, el órgano ambiental emitió informe favorable al documento de inicio de la modificación puntual del plan parcial del sector E-37, en la zona del Hospital del Vinalopó, resolviéndose la evaluación ambiental por el procedimiento simplificado. Se consideraba que la propuesta evaluada no tenía efectos significativos sobre el medioambiente, no incidía en el modelo territorial vigente en el municipio, no producía incremento significativo en el consumo de recursos y no suponía afección sobre elementos del patrimonio natural ni cultural.

El Ayuntamiento quiere modificar el Plan General para permitir más alturas en los nuevos sectores urbanísticos como el E-21 aunque manteniendo la edificabilidad / ÁXEL ÁLVAREZ
El documento
Ahora bien, ese documento de inicio de la modificación puntual del plan parcial del sector E-37 proponía, por una parte, cambiar ese mismo plan, incrementando de cuatro a seis el número de plantas permitido en las manzanas residenciales y, por otro lado, aprovechando la tramitación, incluir en el artículo 169 de la normativa del Plan General una excepción para que mediante la redacción de un plan parcial se pudiera incrementar el número de plantas en los sectores de clave 33, esto es, los situados en zonas residenciales de media-baja densidad.
Modificación
Según se justifica en el expediente municipal, «el Servicio Técnico de Urbanismo, tras el informe favorable de la evaluación ambiental y territorial estratégica, elaboró la documentación para la modificación del artículo 169 de la normativa del Plan General, con el objeto de permitir, justificadamente, un incremento del número de plantas de los sectores de alta y media densidad en los que no haya finalizado la actuación de transformación urbanística, es decir, no se haya pasado de la situación de suelo rural a la de urbanizado y sea posible la redacción de un plan parcial». Se añade, en este sentido, que «la modificación pretendida no cambia la delimitación de las zonas de ordenación estructural, sino que únicamente plantea la posibilidad de incrementar el número máximo de plantas mediante la redacción de un plan parcial, en el que ha de justificarse su conveniencia aportando el correspondiente estudio de integración paisajística, por lo que afecta a la ordenación pormenorizada, siendo ésta la modificación puntual nº 46».

El Ayuntamiento quiere modificar el Plan General para permitir más alturas en los nuevos sectores urbanísticos como el E-21 aunque manteniendo la edificabilidad / ÁXEL ÁLVAREZ
Transición
En el documento con la propuesta de la modificación puntual, de hecho, se sostenía que, por un lado, está el E-27, con el que colinda por el norte y por el este, de uso residencial y con hasta ocho plantas y una altura reguladora máxima de 26,90 metros; por el oeste, linda con un sector de uso industrial, con una altura reguladora máxima de 15 metros y por el sur va la futura Ronda Sur que lo separa de suelo no urbanizable. «Con la modificación propuesta, se efectuaría una transición más paulatina en cuanto al número de plantas y alturas de las edificaciones de uso residencial entre los dos sectores, el E-27 y el E-37, de manera que junto al sector E-27, con edificios de 26,90 metros de altura, se construirían las manzanas residenciales del sector E-37, con edificios de 20,70 metros de altura y junto a éste se construirían los edificios de la UE 3, de 15 metros de altura y de uso industrial», se apostillaba. De paso, se aprovechaba para, con los mismos argumentos, abogar por dar el paso de siete a doce plantas en el E-21, en Travalón, para lo que también era necesario ese artículo 169.
El Palmeral
Así las cosas, se proponía que ese artículo se modificara para permitir que, siempre que no estuvieran en el entorno de protección del Palmeral, y se tratara de zonas colindantes con otro sector o área de reparto cuyo número de plantas fuera superior, se pudiera redactar un plan parcial para incrementar el número de plantas hasta que existiera una diferencia de dos alturas respecto al sector colindante.

Edificio en construcción, en una imagen de archivo. / Áxel Álvarez
En el pleno de enero
Fue en enero cuando el pleno dio luz verde a someter a información pública esos cambios, abriendo, además, el proceso de consultas a las administraciones y otros organismos y entidades afectadas. Y fue así como a mediados de marzo llegó el informe desfavorable del Servicio Territorial de Urbanismo, al considerar que «la modificación que se pretende introducir en el artículo 169 de la normativa del Plan General ha visto alterado su objeto respecto al informe ambiental y territorial estratégico emitido con fecha 17 de octubre de 2024».
Objeto alterado
El informe desfavorable, en esta línea, detalla que «la modificación que ahora se pretende introducir en el artículo 169 ha visto alterado su objeto, dado que ya no solo afecta a los sectores con clave 33, sino a todos los sectores residenciales de alta y media densidad (claves 31, 32, 33, 36 a y 36 b), incluyendo además una restricción en cuanto a los sectores situados en el entorno de protección del Palmeral de Elche», y se agrega que «ello implica la necesidad de que se reinicie el procedimiento, implementando el Ayuntamiento los trámites establecidos en el artículo 52 y siguientes del Trlotup antes de someter a participación pública y consultas la modificación puntual». Asimismo, se señala que hay que aportar el correspondiente estudio de integración paisajística.
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