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El TSJ detecta fallos en la tramitación de la tasa de basuras en Elche pero avala la subida gradual

Dos sentencias de particulares contra la modificación de la ordenanza fiscal concluyen que faltó información en la exposición pública y apuntan a la nulidad del proceso mientras el bipartito estudia presentar recurso

Una mujer tira la basura en un contenedor del centro de Elche, este miércoles. | MATÍAS SEGARRA

Una mujer tira la basura en un contenedor del centro de Elche, este miércoles. | MATÍAS SEGARRA / a.fajardo

J. R. Esquinas

J. R. Esquinas

Los últimos cambios en la ordenanza fiscal de la tasa de basura de Elche que se aplicaron en 2025 ha escalado al terreno judicial con dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) que atañen a la forma en la que se produjo esa modificación.

A grandes rasgos, desde la Sección Tercera de la Sala Contencioso-Administrativo considera que el Ayuntamiento no publicó correctamente las alteraciones de la ordenanza que afectaban a la tasa en un medio adecuado y que el sistema de clasificación de calles no estaba bien justificado, pero al mismo tiempo avala que la subida se aplicara de forma progresiva y que el modelo de bonificaciones para fomentar el reciclaje es válido.

Así lo expuso el concejal de Hacienda, Francisco Soler, compareció este jueves para informar de que el alto tribunal ha resuelto dos recursos contencioso-administrativos presentados por dos particulares, unon de ellos un ex técnico municipal, contra la modificación de la ordenanza que regula la tasa por recogida y transporte de residuos sólidos urbanos.

La resolución coloca en el centro del debate una de las medidas fiscales más polémicas del pasado año en Elche, que fue objeto de una intensa confrontación política y social desde su aprobación, tanto por la subida del recibo como por el sistema diseñado por el gobierno municipal para aplicar ese incremento de manera progresiva, una fórmula que Soler insistió en varias ocasiones a que seguía las pautas del Gobierno central. Es más, desde el bipartito señalaron que el alto tribunal ha desestimado dos de las cuatro demandas de los particulares, y que una de ellas era precisamente la relativa a la implantación gradual del incremento.

Ahora bien, ha dado la razón a los demandantes en lo relativo a la publicidad del expediente y que el sistema de clasificación viaria empleado para el pago varía en función de la calle.

Recurso

El TSJCV no entra a valorar el contenido económico si no defectos en el procedimiento de aprobación, ya que sostiene que se habría incumplido el artículo 17.2 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, lo que constituye, según los demandantes, un defecto de forma "que lo vicia de nulidad", en base a los preceptos que también recoge la ley 139/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ahora bien, Soler aseguró que esta resolución no alterará el funcionamiento de la Administración local en lo relativo a esta tasa porque entiende que "no se pueden paralizar 12 millones para que uno se ahorre 20 euros"., En respuesta, desde el bipartito dan casi por hecha la posibilidad de alegar, por ello los servicios jurídicos municipales están estudiando la interposición de recurso de casación contra las sentencias. El plazo para presentar el recurso es de 30 días.

Obligaciones

Según el concejal, los motivos de los residentes para impugar la modificación de la ordenanza local eran cuatro. El primero, el supuesto incumplimiento de la obligación legal de publicitar el periodo de exposición pública de la modificación de la ordenanza en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia de Alicante.

Sobre este punto, la ley exige que esa exposición se publique, además de en los boletines oficiales, como ocurrió el 27 de diciembre de 2024, en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia. El bipartito manifestó que el Ayuntamiento la publicó en un medio que consideraba adecuado y suficiente, que sería Las Provincias, según la sentencia, además de desplegar una intensa campaña informativa sobre la modificación del tributo. Si bien, para el tribunal publicar en este periódico no equivaldría a cumplir con el trámite legal por no estar entre los principales medios de la provincia, si no que ocupa el puesto décimo tercero.

El edil de Hacienda Francisco Soler durante su comparecencia este jueves

El edil de Hacienda Francisco Soler durante su comparecencia este jueves / J.R.Esquinas

Visibilidad

Aún y así, el edil sostuvo que los ciudadanos han tenido conocimiento sobrado de la reforma fiscal y del plazo para presentar alegaciones. Recordó, además, que durante meses se habló de la tasa de basura de forma constante en comparecencias públicas, medios de comunicación, canales municipales y redes sociales, de ahí que dan por garantizado el derecho de los ciudadanos a conocer la modificación y a oponerse a ella. Sin embargo, el tribunal no comparte esa tesis y considera que no se cumplió el requisito legal en los términos exigidos.

Soler trató de contextualizar ese revés insistiendo en que, en la práctica, esa difusión fue masiva. Llegó a sostener que cualquier medio actual tienen hoy una repercusión superior a la de los diarios que inspiraban la legislación cuando se redactó la norma. "Hemos pasado de uno a 1.000", expuso, asumiendo que el TSJCV ha hecho una interpretación estricta del requisito y que, por tanto, ese es uno de los extremos que el Ayuntamiento quiere combatir.

Subida gradual

El segundo de los puntos elevados en el recurso es la posible vulneración del principio tributario de equivalencia por haber aprobado el Ayuntamiento una aplicación gradual de la subida. El equipo de gobierno venía defendiendo que la subida venía impuesta por la normativa estatal, y que se había optado por distribuir su impacto en cuatro ejercicios, aplicando un 25% cada año hasta alcanzar el 100% del aumento.

Esa interpretación es la que ha sido criticada por los recurrentes, que sostenían que el sistema municipal no se ajustaba a la ley. Sin embargo, en este aspecto el TSJCV respalda la posición del Consistorio. A ojos del edil, el Ayuntamiento actuó correctamente al tratar de amortiguar el impacto de la subida.

Separación

El tercero de los puntos que han llegado al tribunal es la falta de incentivos suficientes para favorecer la separación en origen de residuos reciclables y la reducción de desechos. Los recurrentes sostenían que la ordenanza debía haber incorporado desde el principio un modelo más ambicioso de bonificaciones y estímulos al reciclaje.

Soler insistió en que el Consistorio partía prácticamente de cero. Recordó que la normativa estatal que obligaba a avanzar en esa dirección se publicó en 2022, con el anterior bipartito, y que no se había desarrollado ninguna estructura previa que permitiera medir con precisión qué ciudadanos generan más residuos y cuáles reciclan mejor para adaptar de manera efectiva el importe de la tasa. Según su relato, el gobierno actual incorporó en 2025 lo que podía poner en marcha y dejó preparadas nuevas medidas para 2026. En este punto, el TSJCV también respalda la actuación municipal de bonificaciones para reducir la factura de la basura hasta en un 50% en determinados casos.

Trato "arbitrario"

La cuarta cuestión a debate sería la diferencia de trato que, a juicio de los recurrentes, resultaba "arbitraria" entre distintas categorías de calles según la clasificación que venía aplicando el Ayuntamiento, cuestión sobre la que Soler añadió que durante décadas ha existido esta diferenciación en la ciudad y que no se trata de un problema generado por PP y Vox, aunque reconoció que el gobierno municipal no considera adecuado el modelo heredado.

El edil admitió que esa clasificación viaria genera situaciones poco coherentes, hasta el punto de que algunas calles de pedanías pueden soportar una carga inferior a vías de barrios urbanos con características distintas. De hecho, explicó que el gobierno local detectó desde el inicio de su mandato que el sistema no era correcto o, al menos, no se estaba aplicando de la manera más ajustada a la realidad actual de la ciudad. Pero también sostuvo que para llegar a tiempo de aprobar la ordenanza de 2025 dentro de los plazos se mantuvo provisionalmente ese esquema tradicional con el compromiso de revisarlo.

La sentencia viene a decir que ese trato diferenciado entre categorías de calles no estaba suficientemente justificado. Lo llamativo, según relató Soler, es que el propio fallo recoge declaraciones públicas del gobierno municipal en las que se reconocía la necesidad de cambiar ese sistema, es decir, una anomalía que el propio Ayuntamiento había admitido y se había comprometido a corregir.

Lejos de negar el problema, Soler aprovechó para anunciar que el Ayuntamiento lleva más de un año trabajando en una nueva clasificación, y que el trabajo se vio interrumido por el ciberataque que obligó a rehacer planos y documentación. Pese a ello, aseguró que esperan presentar en breve una propuesta más adecuada a la realidad de Elche, reforma que tendría ya efectos a partir de 2027, ya que exigiría una nueva modificación de la ordenanza y el cumplimiento de todos los trámites administrativos preceptivos.

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