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Vicente Magro reclama en la UMH de Elche más medidas cautelares en la reforma penal contra las reincidencias

El magistrado del Tribunal Supremo asiste a unas jornadas del Grado en Seguridad Pública y Privada y considera positiva la modificación del Código Penal para frenar hurtos reiterados, pero demanda mayor claridad para que la Policía actúe con seguridad jurídica

El magistrado Vicente Magro centró las jornadas sobre reincidencia y Código Penal de la UMH de Elche

El magistrado Vicente Magro centró las jornadas sobre reincidencia y Código Penal de la UMH de Elche / V. L. Deltell

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V. L. Deltell

V. L. Deltell

El magistrado Vicente Magro Servet defendió este jueves en la Universidad Miguel Hernández de Elche que la reforma del Código Penal en materia de multirreincidencia es “bien intencionada” y puede servir para frenar la reiteración de hurtos, pero advirtió de que se queda corta en un aspecto clave: las medidas cautelares y la seguridad jurídica que necesitan los agentes para actuar con eficacia. El magistrado, que intervino en el Aula Magna del edificio Altabix, sostuvo que el objetivo de la reforma debe ser claro: “Evitar la impunidad de la multirreincidencia”.

Magro participó en las jornadas “Multirreincidencia y responsabilidad penal en la actuación policial: la reforma del Código Penal y los criterios jurisprudenciales del Tribunal Supremo”, organizadas por el Grado en Seguridad Pública y Privada (SEPP) de la Facultad de Ciencias Sociales y Jurídicas de Elche de la UMH. La actividad, dirigida a estudiantes universitarios y profesionales del ámbito de la seguridad pública y privada, abordó durante toda la mañana la aplicación práctica de la reforma penal, la actuación policial y la jurisprudencia del Tribunal Supremo en intervenciones con uso de la fuerza.

Una reforma "útil", pero "incompleta"

El magistrado considera que la reforma penal introduce un cambio relevante al endurecer la respuesta frente a quienes cometen hurtos de manera repetida. Antes, muchos de estos hechos acababan con penas de multa, mientras que ahora pueden dar lugar a penas de prisión de entre seis y dieciocho meses cuando concurren los requisitos de multirreincidencia. A su juicio, eso puede permitir que personas que hacen del hurto una actividad recurrente o una forma de vivir queden apartadas temporalmente de la calle.

Vicente Magro Servet con uno de sus libros en el Aula Magna del edificio Altabix de la UMH de Elche, este jueves

Vicente Magro Servet con uno de sus libros en el Aula Magna del edificio Altabix de la UMH de Elche, este jueves / V. L. Deltell

"La reforma es especialmente importante para el comercio y para los espacios donde se repiten los hurtos ya que ahora existe la posibilidad de imponer prohibiciones de acceso al lugar donde se cometieron los hechos"

Vicente Magro Servet

— Magistrado del Tribunal Supremo

El jurista insistió en una idea "especialmente importante para el comercio y para los espacios donde se repiten los hurtos: la posibilidad de imponer prohibiciones de acceso al lugar donde se cometieron los hechos. Si es un centro comercial, usted no puede acceder. Si es en la parada de autobuses de Elche, usted no puede ir en dos años”, explicó. De este modo, si el condenado incumple esa prohibición, podría ser detenido por quebrantamiento de condena.

Para Magro, esta fórmula puede tener un efecto disuasorio sobre los delincuentes reincidentes. “Si vuelven a ir, se les detiene por quebrantamiento de condena”, apuntó. En el caso de los comercios, defendió que si una persona hurta reiteradamente en establecimientos, la pena debería impedirle volver a entrar en ellos. “Y si tiene que comprar algo que se lo compre otra persona”, añadió.

El título de la jornada en la UMH de Elche fue “Multirreincidencia y responsabilidad penal en la actuación policial: la reforma del Código Penal y los criterios jurisprudenciales del Tribunal Supremo”

El título de la jornada en la UMH de Elche fue “Multirreincidencia y responsabilidad penal en la actuación policial: la reforma del Código Penal y los criterios jurisprudenciales del Tribunal Supremo” / V. L. Deltell

El magistrado también puso el foco en la frustración que genera entre policías y guardias civiles detener una y otra vez a las mismas personas por hechos similares. “Hay pueblos donde la Policía sabe que los autores de los delitos son tres o cuatro nada más. Y los tiene localizados la Policía”, señaló. Según Magro, esta situación genera una sensación de indefensión entre los agentes, que saben quiénes son los autores pero ven cómo la respuesta penal anterior resultaba insuficiente.

Más cautelares y más margen policial

Pese a valorar el endurecimiento de las penas, Magro fue crítico con lo que considera una oportunidad perdida: la falta de concreción en las medidas cautelares. A su juicio, el legislador debería haber aprovechado la reforma para detallar qué medidas pueden acordarse para evitar la reiteración delictiva y para facilitar la labor policial en situaciones de intervención rápida.

“Han perdido una oportunidad tremenda en cautelar”, afirmó. Según explicó, la reforma menciona la posibilidad de adoptar medidas para evitar la reiteración, pero lo hace de forma genérica. “Entre las cautelares para evitar la reiteración delictiva te las tenían que haber descrito”, sostuvo. Entre los ejemplos que citó figuran la prohibición de volver al lugar del delito, la entrada en inmuebles donde consten bienes sustraídos o la clarificación de las cautelares aplicables por el juez.

Magro defendió que la reforma debería haber dado “más fuerza a la policía” y haber clarificado mejor su margen de actuación. “Yo hubiera insistido mucho más en cautelares, en dar más fuerza a la Policía, en clarificar a la Policía cómo tiene que hacer las cosas. Y estoy convencido que la reforma hubiera sido más eficaz”, señaló.

El magistrado defendió en Elche que una reforma legal debería especificar un margen temporal concreto

El magistrado defendió en Elche que una reforma legal debería especificar un margen temporal concreto / V. L. Deltell

Uno de los puntos en los que más incidió fue la necesidad de fijar un plazo claro para que la policía pueda actuar sin autorización judicial en supuestos de flagrancia. Según explicó, los agentes muchas veces dudan porque no tienen claro hasta cuándo puede considerarse flagrante una ocupación o una entrada ilegal. “La policía tiene miedo de no saber en qué plazo, desde que entraron, pueden entrar para echarles sin orden judicial”, indicó.

El magistrado defendió que una reforma legal debería especificar un margen temporal concreto. “Nosotros habíamos propuesto que pusieran el plazo en 24 horas desde que entran hasta que lo pueden echar”, afirmó. Hace falta una reforma legal que clarifique a la policía el plazo para entender que es flagrante para que la policía pueda entrar sin orden judicial”, insistió.

Magro también aconsejó que, en casos de ocupación ilegal, los propietarios acudan directamente al juzgado de guardia para solicitar una medida urgente. “Es fundamental que en casos de ocupación ilegal acudan al juez de guardia y que sea él quien directamente acuerde si hay una ocupación ilegal se produzca la expulsión en 24 horas”, explicó. Según defendió, si la respuesta judicial llega en ese plazo, la ocupación pierde eficacia.

Además, recomendó a los propietarios que, si tienen una vivienda vacía, la mantengan amueblada y con suministros dados de alta para reforzar la consideración de morada. En su opinión, la condición de morada facilita la adopción de medidas urgentes frente al allanamiento.

Vicente Magro ofreció la exposición principal de la jornada de la UMH dedicada a la multirreincidencia y la responsabilidad penal en la actuación policial

Vicente Magro ofreció la exposición principal de la jornada de la UMH dedicada a la multirreincidencia y la responsabilidad penal en la actuación policial / V. L. Deltell

Hurtos, estafas y nuevos fraudes

Durante su intervención, Magro también abordó otros delitos que se repiten con frecuencia y que, en algunos casos, presentan un especial impacto social. Entre ellos citó las estafas online que apelan a la solidaridad ciudadana mediante falsas enfermedades graves. Explicó que se han detectado casos de personas que piden dinero en internet alegando que un menor padece una enfermedad terminal y necesita una intervención médica. “Y la gente está dándoles dinero”, explicó. Según Magro, cuando estas campañas falsas superan determinados umbrales económicos, la pena puede ser muy elevada. “Esto es estafa agravada”, señaló, y añadió que cuando la recaudación supera los 50.000 euros, la pena puede situarse entre cuatro y ocho años de prisión.

También hizo referencia a las viviendas utilizadas para el cultivo de cannabis con defraudación de fluido eléctrico, una práctica que, según afirmó, se está detectando con mucha frecuencia. En estos casos, apuntó que puede existir concurso entre el delito contra la salud pública y la defraudación de fluido eléctrico. “Está pasando con muchísima frecuencia, desgraciadamente”, indicó.

El magistrado sostuvo que, en los casos de ocupación ilegal, cuando además se cometen delitos como enganches ilegales de luz, venta de droga o daños en la comunidad, se abre una vía penal más sólida para pedir medidas cautelares. “Si tenemos algún delito que comete el ocupa, con mayor razón para pedir la cautelar expulsión por el delito que se está cometiendo”, explicó. Magro también señaló que la reforma ha dejado fuera algunos supuestos que, a su juicio, deberían haberse incorporado. En concreto, mencionó la apropiación indebida de menos de 400 euros cuando se produce de forma reiterada.

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