Condenan a un vecino de Aspe por tráfico de drogas y absuelven a otros cuatro que delató

Un jzugado declara nulas las pruebas obtenidas en dos registros domiciliarios porque se autorizaron solo por el indicio de la declaración de un arrestado

Imagen de archivo de una plantación de marihuana desmantelada por la Guardia Civil.

Imagen de archivo de una plantación de marihuana desmantelada por la Guardia Civil.

Alicante

Un juzgado de Alicante ha condenado a un mes y quince días de prisión a un vecino de Aspe detenido por tráfico de drogas al menudeo y ha absuelto a otros cuatro acusados al anular dos registros domiciliarios donde se intervino una plantación de marihuana, escopetas y diferentes cantidades de cannabis. Dichos registros se llevaron a cabo tras la confesión del ahora condenado ante la Guardia Civil, pero las pruebas han sido declaradas nulas por el juzgado de lo Penal número 4 de Alicante al basarse la autorización solo en la declaración del primer detenido en la operación, el cual confesó ante los investigadores dónde estaba una casa donde se abastecía de droga. La Fiscalía pidió en el juicio cuatro años de prisión para los cuatro acusados ahora absueltos, uno de ellos defendido por el abogado José Soler Martín.

Los hechos declarados probados en una sentencia reciente del juzgado de lo Penal número 4 de Alicante se remontan al 16 de enero de 2017. El acusado ahora condenado a 45 días de prisión, pena que se sustituye por una multa de 270 euros, fue detenido por la Guardia Civil cuando se encontraba en la calle Cuevas Cipreses de Aspe con 10,32 gramos de marihuana y 1,96 gramos de cannabis con la finalidad de venderla al "menudeo".

Este procesado, al que le han rebajado la pena por su confesión y por dilaciones indebidas en el proceso judicial, reconoció los hechos desde el primer momento y además identificó a otro de los acusados como la persona que le captó para vender droga mediante amenazas y además desveló la existencia de una casa de campo en Aspe donde le daban la droga y había marihuana, hachís y cocaína.

Al día siguiente de esta primera detención, el juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Novelda dictó un auto autorizando la entrada y registro de dos viviendas en Aspe, pero dicha resolución ha sido declarada nula y por tanto las cuatro personas apresadas por las pruebas obtenidas en dichos domicilios han sido exculpadas. El fallo señala que no se ha acreditado que los cuatro acusados poseyeran una plantación de marihuana ni que hubiera una conexión fraudulenta a la red eléctrica. Tampoco se estima probado que uno de los procesados tuviera dos escopetas de caza a pesar de carecer de permiso o licencia de armas.

El juzgado de lo Penal número 4 de Alicante acuerda la nulidad de los registros, como solicitaron las defensas, y señala que si existía una investigación previa, como sostuvo un agente en el juicio, omitirla en la petición del registro y basarla solo en la declaración de un detenido "se antoja una base indiciaria manifiestamente insuficiente, quedando la misma huérfana de una mínima y necesaria corroboración periférica".

Añade la sentencia que la corroboración periférica sería incluso contraria a las manifestaciones del detenido ahora condenado, ya que el agente declaró que en las vigilancias de la casa se constataron movimientos de personas porque acudían a partidas de póquer o peleas de gallos.

Además de la pena de cuatro años de prisión, la Fiscalía pidió para los cuatro acusados absueltos una multa por un delito de defraudación del fluido eléctrico y que indemnizaran a Iberdrola con casi 67.000 euros por el perjuicio ocasionado con el enganche ilegal.

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