Aspe regula por primera vez el uso de los patinetes eléctricos: sanciones de 80 a 500 euros
La normativa prohíbe utilizar este tipo de vehículos al mismo tiempo que se usa el teléfono móvil o se llevan auriculares

Dos agentes de la Policía Local de Aspe junto a un joven en patinete. / INFORMACIÓN
El Ayuntamiento de Aspe saca adelante una nueva ordenanza municipal de movilidad sostenible con la que consigue regular por primera vez los vehículos de movilidad personal (mvp), como son los patinetes eléctricos. Estos aparatos, cuyo uso se ha extendido entre jóvenes y mayores en los últimos años tanto en el municipio aspense como en otros de la provincia, deberán ser conducidos a partir de ahora bajo una serie de disposiciones.
La nueva ordenanza, a la que ha tenido acceso a este diario, detalla que la edad mínima para conducir un patinete eléctrico será de 15 años, salvo en casos donde los menores estén acompañados o bajo la supervisión de sus padres o tutores legales. Igualmente, queda totalmente prohibida la circulación de los patinetes por la acera o zonas peatonales, al igual que la conducción de un mvp bajos los efectos del alcohol o las drogas o usando auriculares o el teléfono móvil. La normativa subraya también como los patinetes son «de uso personal», por lo que no está permitido el uso de pasajeros, esto es, llevar a gente de paquete.
Los conductores deberán además de llevar un calzado adecuado que «proteja correctamente los pies». En cuanto al uso de casco, la ordenanza recoge que es «recomendable» y será obligatorio en vías interurbanas.
De igual forma, se recomienda la contratación de un seguro de responsabilidad civil para «cubrir posibles daños a terceros». Sí que se recoge como obligatorio el uso de alumbrado en horario nocturno y el empleo de «prendas reflectantes» en todo momento para mejorar la visibilidad. Estas son algunas de las principales premisas que recoge la ordenanza y bajo las cuales su incumplimiento será motivo de sanción económica a partir de ahora. Las infracciones están catalogadas en leves, graves y muy graves, oscilando entre los 80 y los 500 euros.
Infracciones
Dentro de las leves se encuentra estacionar el patinete en zonas peatonales o que no estén acondicionadas para ellos, así como no aportar documentación técnica obligatoria. Y según la normativa se califica de infracción grave conducir el patinete utilizando el móvil o auriculares, al igual que no emplear casco homologado. Serían infracciones muy graves conducir de forma temeraria, o bajo los efectos del alcohol o las drogas, también negarse el conductor del vehículo a someterse a las pruebas de detección de dichas sustancias.
El Ayuntamiento señala que el objetivo de la nueva ordenanza de movilidad sostenible pasa por mejorar la calidad de vida en el espacio público. La normativa busca reducir los niveles de ruido, favoreciendo el uso del espacio para el encuentro vecinal, el juego y la convivencia, «en contraste con el predominio del tránsito y la movilidad».
Entre las novedades de la ordenanza, también se encuentra la regulación del estacionamiento de autocaravanas, campers y vehículos similares homologados como vehículos-vivienda, con el fin de «ordenar» su uso en el municipio.
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