Hacienda avisa: te podrá embargar el sueldo si no cumples esto
Tu empresa no se puede negar y te deben informar con antelación

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, tras una reunión del Consejo de Ministros en julio. / JOSÉ LUIS ROCA
Luis Miguel Mora
Hacienda te puede quitar el sueldo si lo estima oportuno porque entiende que te estás saltando la ley, y ni tú ni la empresa os podéis negar. Si la Agencia Tributaria ve irregularidades en las cuentas de una persona, tiene un gran motivo para embargarte tu salario.
Este organismo tiene un límite hasta donde puede intervenir, y para aplicar la medida debe notificar a los afectados con suficiente antelación como para evitar que esto suceda. Se tienen que dar una serie de circunstancias para que hacienda pueda tomar esta decisión tan drástica y te cancele la nómina.
Cuidado con tener deudas
Si tienes deudas con la administración, la Agencia Tributaria puede embargarte el sueldo hasta que la pagues. Primero, la entidad acreedora emite la notificación a la persona deudora con la cantidad de la deuda, junto a los detalles para su pago y luego, el juzgado te hace llegar este aviso.
Si el trabajador no paga lo que debe, entonces se notificará a la empresa, y esta será la que tenga que hacer la retención de la cantidad indicada por el fisco. Cuando ya se ha saldado, se vuelve a emitir otra notificación con el levantamiento del embargo tanto a la empresa como al deudor.
Las excepciones
Según el artículo 27.2 del Estatuto de los Trabajadores, el Salario Mínimo Interprofesional, es inembargable. Esto significa que si el deudor cobra la cantidad mínima estipulada, no se le podrá retener nada. Una vez que se han superado los 1.080 € del SMI ya se actuará conforme a un porcentaje para mantener siempre los límites estipulados por ley. Quedaría de esta manera:
- Sueldo entre 1.080 y 2.160 euros: un 30 % al mes.
- Sueldo entre 2.160 y 3.240 euros: un 50 % al mes.
- Sueldo entre.240 y 4.320 euros: un 60 % al mes.
- Sueldo entre 4.320 y 5.400 euros: un 75 % al mes.
- Sueldos superiores a los 5.400 euros: un 90 % al mes.
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