Ni 8 ni 10: este es el máximo de horas que puedes trabajar al día según el Estatuto de los Trabajadores

Conoce lo que dice la ley sobre la duración de tu jornada laboral diaria

Ni 8 ni 10: este es el máximo de horas que puedes trabajar al día según el Estatuto de los Trabajadores.

Ni 8 ni 10: este es el máximo de horas que puedes trabajar al día según el Estatuto de los Trabajadores. / pixabay

Eneko López Rico

Eneko López Rico

La duración de la jornada laboral diaria es uno de los temas más importantes en las relaciones laborales, ya que impacta directamente en el equilibrio entre la vida profesional y personal. En España, el Estatuto de los Trabajadores establece normas claras sobre el número máximo de horas que se pueden trabajar al día y las excepciones que pueden aplicarse. A continuación te explicamos en detalle cuál es este límite, cómo se regula y las circunstancias que pueden modificarlo.

9 horas diarias

De acuerdo con el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, la jornada laboral ordinaria no puede superar las 9 horas diarias de trabajo efectivo. Este límite garantiza que los trabajadores puedan disfrutar del descanso diario necesario entre jornadas, que debe ser de al menos 12 horas.

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Sin embargo, esta regla puede modificarse mediante convenios colectivos o acuerdos específicos entre la empresa y los representantes de los trabajadores. En estos casos, se puede establecer una distribución diferente del tiempo de trabajo, siempre respetando los descansos mínimos entre jornadas y el máximo de 40 horas semanales de trabajo efectivo, calculado como promedio anual.

Distribución de la jornada laboral

El Estatuto permite una cierta flexibilidad en la organización de las jornadas laborales. Por ejemplo, mediante convenio colectivo o acuerdos internos, las empresas pueden optar por una distribución irregular de hasta el 10% de la jornada anual. Esto significa que, en determinados momentos, un trabajador podría realizar jornadas más largas, siempre que las horas adicionales se compensen más adelante dentro del plazo de 12 meses.

Trabajadores de una industria.

Trabajadores de una industria. / EFE

La clave de esta flexibilidad es que el trabajador sea informado con al menos 5 días de antelación sobre los cambios en su horario, respetando en todo caso los descansos obligatorios entre jornadas y el tiempo máximo de trabajo diario.

Excepciones para menores de 18 años

Para los menores de 18 años, la legislación establece límites más estrictos. No pueden trabajar más de 8 horas diarias, incluyendo el tiempo dedicado a la formación o a otras actividades laborales si trabajan para varios empleadores. Además, tienen derecho a descansos específicos durante la jornada laboral, como un mínimo de 30 minutos si su jornada excede las 4 horas y 30 minutos.

Horas extraordinarias

A la jornada diaria ordinaria se pueden añadir horas extraordinarias, pero estas también están reguladas. El Estatuto de los Trabajadores establece que el número máximo de horas extra permitidas es de 80 al año. No obstante, si estas horas se compensan con descansos equivalentes dentro de los cuatro meses siguientes, no computan dentro de este límite.

Por otro lado, las horas trabajadas para prevenir o reparar siniestros no están sujetas a estas restricciones, aunque deben compensarse adecuadamente.

Desde mayo de 2019, todas las empresas en España están obligadas a llevar un registro diario de la jornada laboral de sus trabajadores. Este registro debe incluir las horas de inicio y finalización de cada jornada, asegurando que se cumplan los límites establecidos por la ley. Además, las empresas deben conservar estos registros durante al menos cuatro años, y los trabajadores tienen derecho a acceder a ellos en cualquier momento.

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