Bizum a Hacienda: así podrás pagar tu declaración de la renta este año
Conoce todas las novedades de la Campaña de la renta de este año y cómo pueden beneficiarte

Aitana Solera
La campaña de la Renta 2024, que comenzará el próximo 2 de abril de 2025, trae consigo importantes novedades que buscan facilitar el proceso de declaración y pago del IRPF para los contribuyentes. Entre las principales novedades destacan la posibilidad de realizar pagos mediante Bizum o tarjeta de crédito, la obligatoriedad de presentar la declaración para los parados que hayan cobrado prestación por desempleo y la ampliación de la asistencia telemática en municipios pequeños. Además, se han introducido mejoras en la corrección de errores dentro del propio formulario de declaración, con el objetivo de hacer más ágil la gestión de las autoliquidaciones.
Pagar la declaración del renta por Bizum
Uno de los cambios más destacados es la inclusión de nuevas opciones de pago para aquellos contribuyentes cuya declaración de la renta salga a ingresar. Hasta ahora, las opciones principales eran la domiciliación bancaria, el pago mediante cargo en cuenta o la obtención de un Número de Referencia Completo (NRC). Sin embargo, en la campaña de 2024 se incorporarán el pago con tarjeta de crédito en condiciones de comercio electrónico seguro y la opción de Bizum, un método de pago digital ampliamente utilizado en España.
Esta novedad busca adaptarse a las tendencias tecnológicas actuales y facilitar el pago de la deuda tributaria, especialmente para aquellos contribuyentes que prefieren métodos digitales en lugar de la domiciliación bancaria. Además, permitirá a la Agencia Tributaria modernizar sus servicios y agilizar los procesos de recaudación. Se espera que esta opción sea utilizada por miles de contribuyentes, especialmente por aquellos que no tienen una cuenta bancaria domiciliada o prefieren realizar el pago de manera inmediata y sin intermediarios.
Nuevas obligaciones para desempleados y perceptores del IMV
A partir de la campaña de 2024, los parados que hayan cobrado prestación por desempleo estarán obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de sus ingresos anuales. Hasta ahora, los desempleados seguían el mismo criterio que los asalariados: si sus ingresos no superaban los 22.000 euros anuales (o 15.000 euros con dos pagadores), no estaban obligados a presentar la declaración. Sin embargo, esta normativa cambiará en 2025, con la introducción de una obligación general para todos los perceptores de prestaciones por desempleo.

Aitana Solera
Esta medida busca garantizar el control fiscal sobre las prestaciones y mejorar la transparencia en el sistema tributario. Aunque no habrá sanciones tributarias por no presentar la declaración, sí se aplicarán sanciones administrativas por parte de la Seguridad Social, lo que hace imprescindible que los desempleados cumplan con este nuevo requisito.
De manera similar, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) y las personas de su unidad familiar también estarán obligados a presentar la declaración, tal como ya ocurría en ejercicios anteriores. Además, todos los autónomos, independientemente de sus ingresos, deberán seguir cumpliendo con la obligación de presentar su declaración anual del IRPF.
Calendario de la Campaña de la Renta 2024
El calendario de la Campaña de la Renta ya está definido y seguirá un esquema similar al de años anteriores.
- 2 de abril de 2025: Comienza el plazo para presentar la declaración de la renta a través de internet.
- 6 de mayo al 30 de junio de 2025: La Agencia Tributaria ofrecerá asistencia telefónica para la confección de la declaración, con solicitud de cita previa disponible desde el 29 de abril.
- 2 al 30 de junio de 2025: La Agencia Tributaria atenderá presencialmente en sus oficinas para ayudar a los contribuyentes a realizar la declaración. La solicitud de cita estará disponible desde el 29 de mayo.
- 25 de junio de 2025: Fecha límite para presentar declaraciones con resultado a ingresar y con opción de domiciliación bancaria.
- 30 de junio de 2025: Finaliza el plazo general para presentar la declaración.
Además, se mantendrá la posibilidad de fraccionar el pago en dos partes: un 60% en el primer pago y el 40% restante antes del 5 de noviembre de 2025, lo que permitirá a los contribuyentes distribuir el impacto financiero de la declaración en un período más amplio.

Las transferencias bancarias que pueden ser multadas por Hacienda. / INFORMACIÓN
Ampliación de la asistencia telemática en municipios pequeños
Otra de las novedades de la Campaña de la Renta 2024 es la eliminación del límite de edad para recibir asistencia telemática en municipios pequeños. En 2023, la Agencia Tributaria lanzó un programa de asistencia especial para personas mayores de 65 años que vivían en municipios con pocos habitantes, permitiéndoles realizar la declaración a través de videollamada en espacios habilitados por los ayuntamientos.
En 2025, este servicio se ampliará a cualquier contribuyente, sin importar su edad, que resida en un municipio pequeño. Con esta medida, se pretende facilitar el acceso a los servicios tributarios a personas que, por razones de movilidad o conectividad, tienen dificultades para acudir a las oficinas físicas de la Agencia Tributaria.
Corrección de errores simplificada
La Agencia Tributaria ha introducido mejoras en la rectificación de errores dentro del modelo de declaración de la Renta. Hasta ahora, cuando un contribuyente detectaba un error en su declaración, debía presentar una declaración complementaria o solicitar una rectificación de autoliquidación, lo que generaba trámites adicionales y retrasos.
Con la nueva normativa, se incorporan dos nuevas casillas en el formulario de la declaración de la Renta:
- Casilla 669: Para casos en los que el contribuyente discrepe del criterio de Hacienda en la autoliquidación.
- Casilla 701: Para solicitar una devolución de ingresos indebidos cuando se haya abonado más dinero del que correspondía.
Esta simplificación reduce los trámites administrativos y facilita la corrección de errores menores sin necesidad de realizar procedimientos adicionales.
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