Así cambia el permiso retribuido en el Estatuto de los Trabajadores: estas son las nuevas situaciones de accidente o enfermedad
Conoce tus derechos laborales y cómo solicitar unos días libres si necesitas cuidar de una persona enferma

Aitana Solera
El permiso retribuido por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica de un familiar es uno de los derechos laborales más utilizados por los trabajadores en España. Sin embargo, su aplicación ha sido motivo de numerosas controversias a lo largo del tiempo, especialmente en lo que respecta a la reiteración de hospitalizaciones o la gravedad de la enfermedad que lo motiva. Con las modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores (ET), se han introducido nuevas disposiciones para regular este permiso y mejorar su aplicación en distintas circunstancias.
Entre los cambios más importantes, destaca la ampliación de la duración del permiso a cinco días, independientemente de si el trabajador debe desplazarse o no. Además, la normativa permite fraccionar el permiso en caso de hospitalización prolongada, lo que facilita a los empleados poder atender a sus familiares en momentos clave sin perder el derecho al permiso.
¿Quiénes pueden solicitar este permiso?
Este permiso está disponible para trabajadores que necesiten ausentarse de su puesto de trabajo debido a un accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que requiera reposo domiciliario de un familiar. El Estatuto de los Trabajadores establece que puede solicitarse en caso de que el afectado sea:
- Cónyuge o pareja de hecho.
- Parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, abuelos, nietos, hermanos, suegros, cuñados).
- Personas con las que el trabajador conviva y requieran su cuidado efectivo, aunque no exista relación de parentesco.
Este último punto representa un cambio significativo, ya que amplía el acceso al permiso a situaciones donde una persona conviviente necesita asistencia, sin necesidad de que exista un lazo familiar.
Duración del permiso
Uno de los cambios más relevantes en la normativa es que, desde junio de 2024, el permiso retribuido por estas circunstancias ha pasado a ser de cinco días laborables. Antes de la modificación, la duración era de dos días, ampliables a cuatro en caso de desplazamiento.
Además, se han introducido otras novedades en cuanto a la forma de disfrute del permiso:
- Fraccionamiento del permiso: Si la hospitalización se prolonga en el tiempo, el trabajador puede distribuir los cinco días a lo largo del período en el que su familiar permanezca ingresado, en lugar de tomarlos de manera consecutiva.
- Reposo domiciliario: Si el familiar no requiere hospitalización, pero sí necesita reposo en casa tras una intervención quirúrgica, el trabajador tiene derecho a este permiso.
- Diferenciación entre familiares y convivientes: En el caso de familiares directos, no se requiere prueba de convivencia, pero si la persona afectada es un conviviente sin vínculo familiar, se deberá demostrar la necesidad de cuidados.

Permiso por hospitalización de un familiar. / INFORMACIÓN
Otros permisos retribuidos relacionados con situaciones médicas
El Estatuto de los Trabajadores recoge otros permisos retribuidos que pueden aplicarse en casos de emergencia médica o situaciones similares:
- Permiso por fallecimiento de un familiar: Dos días laborables, ampliables a cuatro si se requiere desplazamiento.
- Permiso por fuerza mayor: Hasta cuatro días al año para atender urgencias familiares imprevistas.
- Permiso parental: Aunque no es retribuido, permite a los trabajadores suspender su contrato hasta por ocho semanas para el cuidado de hijos menores de ocho años.
Estos permisos pueden ampliarse o mejorarse en los convenios colectivos de cada sector o empresa, lo que permite adaptar la normativa a las necesidades específicas de los trabajadores.
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