¿Tienen derecho los autónomos a recibir el paro? Cómo solicitarlo y cuánto se cobra
Conoce los derechos de los trabajadores por cuenta propia y la forma de pedir una prestación

Esto recibirán o tendrán que pagar los autónomos según si han cotizado de más o de menos / Europa Press
El derecho a percibir una prestación por desempleo ha sido históricamente una de las principales diferencias entre trabajadores por cuenta ajena y autónomos. Sin embargo, desde 2010, los autónomos también pueden acceder a una ayuda económica en caso de cierre de su negocio. A esta prestación se le denomina "cese de actividad, y funciona de manera similar al paro de los asalariados, aunque con algunas particularidades.
¿Tienen derecho los autónomos a paro?
Sí, los autónomos tienen derecho a una prestación en caso de cese de actividad, siempre que cumplan una serie de condiciones. Esta prestación fue regulada en la Ley 32/2010, que estableció un sistema de protección similar al de los trabajadores por cuenta ajena, aunque con diferencias clave.
A pesar de este derecho, los autónomos no pueden solicitar el paro simplemente por cerrar su negocio. Deben demostrar que el cese de actividad se debe a una de las siguientes causas:
- Pérdidas económicas que superen el 10% de los ingresos anuales (sin contar el primer año de actividad).
- Deudas que representen más del 30% de los ingresos del ejercicio anterior.
- Declaración de concurso de acreedores que impida la continuidad del negocio.
- Fuerza mayor, como catástrofes naturales o crisis sanitarias.
- Pérdida de licencia administrativa, cuando sea indispensable para la actividad (por ejemplo, la retirada de una licencia de taxi).
- Ser víctima de violencia de género, lo que impida continuar con la actividad.
- Divorcio o separación, cuando el autónomo colaborador pierde su empleo en un negocio familiar.
Además, desde 2023, se han añadido dos nuevas circunstancias en las que un autónomo puede solicitar el cese de actividad:
- ERTE en su empresa, si reduce la jornada de toda su plantilla un 60% o más y sus ingresos caen un 75%.
- Deudas del 150% de los ingresos de los últimos dos trimestres, junto con una caída del 75% en los ingresos y que estos sean inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Requisitos para cobrar el paro de autónomos
Para poder acceder a la prestación por cese de actividad, los autónomos deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
- Haber cotizado por cese de actividad durante al menos 12 meses (incluidos en los últimos 24 meses).
- Justificar el cese de actividad con pruebas documentales.
- Estar al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social (si hay deudas, se tiene un plazo de 30 días para ponerse al día).
- No haber alcanzado la edad de jubilación (salvo que no se tenga derecho a una pensión contributiva).
- Estar dispuesto a reincorporarse al mercado laboral, ya sea a través de formación o emprendimiento.
Si el autónomo cumple estos requisitos, podrá acceder a la prestación por cese de actividad.

¿Tienen derecho a paro los autónomos? / INFORMACIÓN
¿Cuánto cobra un autónomo de paro?
La cuantía de la prestación se calcula sobre la base reguladora, que es el promedio de la base de cotización de los últimos 12 meses. El importe del paro será el 70% de esa base reguladora.
No obstante, existen límites máximos y mínimos según la situación familiar del autónomo:
- Sin hijos: Entre el 80% y el 175% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
- Con un hijo: Hasta el 200% del IPREM.
- Con dos o más hijos: Hasta el 225% del IPREM.
En el caso del cese de actividad parcial, la prestación se reduce al 50% de la base reguladora.

PI STUDIO
¿Cuánto tiempo se cobra el paro de autónomos?
El tiempo durante el cual un autónomo puede recibir la prestación por cese de actividad depende de los meses cotizados.
- 12 a 17 meses cotizados → 4 meses de paro.
- 18 a 23 meses cotizados → 6 meses de paro.
- 24 a 29 meses cotizados → 8 meses de paro.
- 30 a 35 meses cotizados → 10 meses de paro.
- 36 a 42 meses cotizados → 12 meses de paro.
- 43 a 47 meses cotizados → 16 meses de paro.
- 48 meses o más cotizados → 24 meses de paro.
¿Cómo solicitar el paro de autónomos?
El proceso de solicitud de la prestación por cese de actividad se realiza a través de la mutua colaboradora con la Seguridad Social a la que el autónomo esté adscrito. Para ello, se debe presentar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud indicando el tipo de prestación.
- Justificación del cese de actividad, como balances contables o documentos judiciales.
- DNI, NIE o pasaporte.
- Fecha de baja en el RETA.
En algunos casos, pueden solicitarse documentos adicionales para justificar el derecho a la prestación.
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