Incapacidad permanente: cómo se consigue y qué pensiones existen

Hay tres requisitos fundamentales para conseguir las diferentes modalidades que te pueden asignar

Estas son las enfermedades que dan derecho a pedir la pensión por incapacidad permanente

PI STUDIO

Eneko López Rico

Eneko López Rico

La incapacidad permanente (IP) es un beneficio que se otorga a las personas que, por razones de salud, no pueden desempeñar su trabajo habitual o cualquier tipo de empleo. El influencer Un Tío Legal ha detallado los tres requisitos fundamentales para acceder a este derecho, así como los diferentes tipos de incapacidad y sus respectivas prestaciones.

Los tres requisitos imprescindibles para obtener la incapacidad permanente

1. Haber recibido tratamiento médico previo

El primer requisito esencial es haber recibido tratamiento por la enfermedad o dolencia que se alega. Además, se debe haber valorado si este tratamiento puede continuar o no. Este paso es crucial, ya que demuestra que se han agotado las vías médicas posibles antes de solicitar la incapacidad.

2. Enfermedades permanentes, crónicas e irreversibles

El segundo requisito establece que la enfermedad debe ser permanente, crónica e irreversible. Si la dolencia tiene cura o existe una posibilidad de mejoría, lo más probable es que se prolongue la baja médica hasta que se alcance una recuperación parcial o total. En algunos casos, se otorga una incapacidad temporal durante un par de años, la cual puede ser revisada y retirada si se aprecia evolución positiva.

3. Limitación para el desempeño laboral

El tercer y más importante requisito es que la dolencia limite al trabajador para desempeñar su profesión actual o cualquier otra. Este aspecto se analiza de forma minuciosa, ya que determina el tipo de incapacidad permanente al que se puede optar y el porcentaje de la pensión correspondiente.

Tipos de incapacidad permanente y pensiones asociadas

Existen tres categorías principales de incapacidad permanente, cada una con diferentes derechos económicos:

1. Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual

  • Descripción: Impide al trabajador ejercer su ocupación habitual, aunque puede desempeñar otras profesiones.
  • Prestación: Derecho a una pensión equivalente al 55% de la base reguladora. A partir de los 55 años, este porcentaje se incrementa en un 20% adicional.

2. Incapacidad permanente absoluta

  • Descripción: Impide realizar cualquier tipo de trabajo.
  • Prestación: El trabajador recibe una pensión del 100% de la base reguladora.

3. Gran invalidez

  • Descripción: Además de la incapacidad absoluta, el afectado necesita la asistencia de una tercera persona para las actividades diarias.
  • Prestación: El beneficiario recibe el 150% de la base reguladora, debido a los cuidados adicionales que requiere.
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