Todo lo que debes saber al cumplir un año de baja médica
Estar más de 12 meses de baja implica nuevas condiciones y revisiones médicas diferentes

Aitana Solera
Cuando un trabajador se encuentra de baja médica durante un largo periodo de tiempo, es importante conocer qué sucede al cumplir un año en esta situación. A partir de los 12 meses de incapacidad temporal, el proceso cambia y deja de ser gestionado por el médico de cabecera para pasar a estar bajo la supervisión de la Seguridad Social. Esto implica nuevas condiciones, revisiones médicas diferentes y posibles escenarios en el futuro laboral del trabajador.
¿Qué ocurre cuando llegas al año de baja médica?
Al cumplir un año de baja médica, el trabajador deja de acudir a su médico de cabecera, que hasta ese momento era el responsable de emitir los partes de baja y de confirmación. En este punto, la Seguridad Social asume el control del proceso y, si el médico no ha dado el alta antes de que se cumplan los 12 meses, se concede automáticamente una prórroga de 6 meses más.

Aitana Solera
Durante este período adicional, el trabajador no tiene que acudir periódicamente a revisión, como ocurría antes. En su lugar, deberá esperar a que el tribunal médico (el equipo de valoración de incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social – INSS) le cite para evaluar su situación.
¿Qué decide el tribunal médico tras el año de baja?
El tribunal médico tiene la responsabilidad de determinar el futuro del trabajador tras un año de baja médica. Las posibles resoluciones que pueden adoptar son:
- Conceder una nueva prórroga de hasta 6 meses más: Si consideran que hay posibilidades de recuperación, pueden extender la baja hasta alcanzar los 18 meses.
- Reconocer una incapacidad permanente: Si determinan que el trabajador no podrá reincorporarse a su puesto, pueden concederle una incapacidad permanente parcial, total, absoluta o gran invalidez, dependiendo del grado de afectación.
- Dar el alta médica: Si consideran que el trabajador ya está en condiciones de volver a su empleo, le darán el alta obligatoria y deberá reincorporarse a su puesto.
¿Quién paga la prestación tras un año de baja?
Durante el primer año de incapacidad temporal, el trabajador sigue recibiendo su pago mensual a través de la empresa o la mutua correspondiente. Cuando se supera este período y se entra en la prórroga de 6 meses adicionales, la empresa sigue abonando la prestación.
Sin embargo, si se llega al año y 18 meses de baja sin haber recibido el alta, la situación cambia. La empresa deja de tener la obligación de cotizar por el trabajador, lo que significa que puede darlo de baja en la Seguridad Social.
Es importante aclarar que esto no implica un despido, sino que la relación laboral queda en suspensión hasta que el tribunal médico tome una decisión. En caso de que el trabajador reciba el alta médica, la empresa deberá volver a darle de alta en la Seguridad Social para que pueda reincorporarse a su puesto sin problema.
¿Qué hacer si la empresa te da de baja en la Seguridad Social?
Si la empresa te da de baja en la Seguridad Social porque has alcanzado los 18 meses de incapacidad temporal, no significa que dejes de cobrar la prestación. Lo que debes hacer en este caso es solicitar el pago directo al INSS o a la mutua, dependiendo de quién estuviera gestionando la baja.
Este trámite garantiza que seguirás cobrando mientras el tribunal médico toma una decisión. Además, es importante señalar que este período no consume el paro, por lo que no se descontarán días de una futura prestación por desempleo.
¿Qué sucede si el tribunal médico te da el alta?
Si el tribunal médico determina que el trabajador está en condiciones de reincorporarse, deberá volver a su puesto de trabajo. En este caso, la empresa está obligada a reintegrarlo en la plantilla y darlo de alta nuevamente en la Seguridad Social.

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Sin embargo, si el trabajador considera que aún no está recuperado, tiene la posibilidad de impugnar el alta médica y solicitar una revisión. Mientras se resuelve el recurso, podrá acogerse a una baja por recaída si su estado de salud así lo justifica.
¿Y si el tribunal médico reconoce una incapacidad permanente?
Si la Seguridad Social determina que el trabajador no puede reincorporarse a su puesto de trabajo por una limitación funcional definitiva, podrá concederle una incapacidad permanente en alguno de sus grados:
- Incapacidad permanente parcial: Permite seguir trabajando en la misma empresa, pero con algunas limitaciones.
- Incapacidad permanente total: Impide realizar la profesión habitual, pero se puede trabajar en otra ocupación distinta.
- Incapacidad permanente absoluta: No permite desempeñar ninguna actividad laboral.
- Gran invalidez: Requiere asistencia de otra persona para las actividades básicas del día a día.
En estos casos, el trabajador pasa a recibir una pensión por incapacidad en lugar de la prestación por incapacidad temporal.
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