Gonzalo Bernardos aclara el principal problema de la vivienda: "No confundamos un alquiler con un usufructo..."
El popular economista puntualiza este punto sobre la vivienda

El economista Gonzalo Bernardos, en La Sexta. / LASEXTA
Pedro Sanjuán
El sector de la vivienda en España va a récord por año. En 2024 se produjo un incremento de precios que no se veía desde antes del estallido de la burbuja inmobiliaria, tres puntos por encima del aumento de 2023. El coste de comprar una vivienda nueva, según el Índice de Precios de Vivienda (IPV) del Instituto Nacional de Estadística (INE) subió una media interanual del 10,9%; la vivienda usada, un 8%.
El economista y profesor universitario Gonzalo Bernardos, licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, viene avisando de que el 2025 se presenta como un año de cambios en el mercado inmobiliario, tal como desgrana en el pódcast 'Monopoly Inmobiliario' de Enric Jiménez.
Pánico inmobiliario
"Estamos ante una tesitura bastante compleja", arranca antes de dar sus claves sobre la vivienda de alquiler. "El mercado del alquiler se ha deshecho con la grandísima colaboración del gobierno. El PSOE ha adoptado la política populista de Sumar: vamos a engañar a la población y le vamos a decir que va a tener una vivienda por 600 euros donde ella quiera porque el control de precios es mágico", explica.
"Y vamos a hacer una medida que nos va a reportar muchos votos: que cuando alguien se declare vulnerable no lo puedas desahuciar", añade. Según Bernardos, esto es lo que produce que el propietario tenga "pánico inmobiliario" y lo que hace es "no poner más viviendas a alquiler", generando pánico inmobiliario también entre los inquilinos que, según cuenta, "no se van antes de que finalice el contrato de alquiler".
Desnivel de demanda respecto a la oferta
La demanda sigue aumentando y, por contra, la oferta no solo se mantiene sino que baja. Según el economista, esto se debe principalmente a dos motivos: "El principal motivo es que ha bajado la rotación de viviendas. En 2019, con datos de inmobiliarias de Barcelona, uno estaba 2,3 años en una vivienda; ahora agota prácticamente los 5. Si además los propietarios se pasan a arrendamiento de temporada o dejan de poner viviendas en el mercado por la inseguridad jurídica estamos ante el mayor desnivel de la demanda respecto a la oferta".
"El alquiler no es usufructo"
El usufructo está definido por el Código Civil de España en su artículo 467 como "el derecho a disfrutar de los bienes ajenos con la obligación de conservar su forma y sustancia". En el caso de una vivienda, siempre dependiendo de las condiciones del contrato, el usufructuario puede tener el derecho a residir en la vivienda, arrendarla o percibir los ingresos derivados de su alquiler, aunque no puede venderla, regalarla o hipotecarla.
Según Gonzalo Bernardos, hay un sector de la población que confunde el alquiler con el usufructo. "Nadie se plantea el alquiler como una opción para todo la vida. Hay gente que dice: yo quiero vivir en la vivienda de alquiler en la que vivo el tiempo que yo quiera. Eso no es ningún derecho tuyo. Nadie te ha concedido un usufructo en esa vivienda", asegura.
"No confundamos un alquiler con un usufructo. Aquí, por ejemplo, el sindicato de inquilinos quiere que las viviendas se conviertan en usufructo entendiendo que el contrato tiene que ser indefinido", remarca. "Los contratos indefinidos, en la etapa de Franco, se cargaron el mercado del alquiler y lo volvieron insignificante", remata Bernardos.
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