El Gobierno corrige la ley: si pides esto en el trabajo, no pueden despedirte

La Ley Orgánica 1/2025 corrige un error legal y devuelve la protección laboral a quienes piden medidas de conciliación. Así te afecta

Lo que pocos saben: si pides estos permisos, no pueden despedirte (y el Gobierno acaba de confirmarlo)

Aitana Solera

Eneko López Rico

Eneko López Rico

A partir de abril de 2025, los trabajadores que soliciten una adaptación de jornada laboral o un permiso por cuidado de familiares vuelven a estar protegidos frente al despido. Esta corrección legal, incluida en la Ley Orgánica 1/2025, repara un error de la anterior reforma que dejó desprotegidos durante meses a quienes ejercían estos derechos.

Un cambio legal devuelve la protección automática frente al despido a quienes ejercen su derecho a conciliar. Desde abril de 2025, los trabajadores que soliciten una adaptación de jornada o un permiso por cuidado de familiares vuelven a estar blindados por ley. Una modificación clave que corrige un vacío legal que dejó a miles de personas en situación de vulnerabilidad.

Lo que cambió sin que nadie se diera cuenta

En 2024, la conocida Ley de Paridad trajo consigo un “daño colateral” que pasó desapercibido: eliminó la protección automática frente al despido en algunos supuestos de conciliación. Hasta entonces, si un trabajador pedía teletrabajo, un cambio de turno o cinco días retribuidos por hospitalización de un familiar, estaba legalmente protegido. Pero esa cobertura desapareció por un error técnico en la redacción del nuevo marco normativo.

Durante meses, la ley dejó de blindar a quienes más necesitaban estabilidad: personas que cuidan a familiares enfermos, padres y madres que intentan reorganizar su horario para atender a sus hijos o trabajadores que simplemente solicitaban ejercer su derecho a conciliar.

Esta es la clave para saber cómo actuar ante un despido improcedente

Esta es la clave para saber cómo actuar ante un despido improcedente / Eva Abril

Abril trae de vuelta el blindaje frente al despido

Con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, esta situación se revierte. La nueva normativa recupera la nulidad automática del despido en casos de adaptación de jornada laboral o solicitud de permisos por cuidado de familiares. Si la empresa no puede demostrar que el despido es totalmente ajeno a esa solicitud, el trabajador deberá ser readmitido, cobrará los salarios que habría percibido durante ese tiempo y podría recibir una indemnización adicional si se demuestran daños.

La protección se activa desde el momento en que se ejerce el derecho. Por tanto, pedir el cambio de horario o el permiso por hospitalización coloca al trabajador en una situación especialmente protegida. Y no se trata solo de un cambio técnico: tiene impacto real en miles de personas.

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¿Estás en una situación laboral "blindada"? Te explico qué significa y por qué te protege frente al despido. 📌 Se considera “blindado” si estás en alguno de estos casos: 🔹 Embarazo 🔹 Reducción de jornada 🔹 Solicitud de adaptación horaria (cambio de turno, teletrabajo, etc.) 🔹 Permiso para cuidar familiares (hospitalización, por ejemplo) 👀 Ojo: El gobierno metió la pata y quitó esa protección por error… Pero desde abril vuelve a estar garantizada por ley ✅ 💥 ¿Qué pasa si estás blindado y te despiden? 👉 Si la empresa demuestra que tiene razón → despido válido 👉 Si NO puede demostrarlo → despido automáticamente nulo ¿Y eso qué significa? 🔄 Puedes volver a tu puesto 💰 Cobras todo lo que dejaste de ganar desde el despido hasta la sentencia ⚖️ Incluso puedes pedir una indemnización por daños y perjuicios 💼 Estás en una posición fuerte. Conócelo, úsalos, compártelo. 📲 Síguenos para más derechos laborales explicados fácil.

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Así se protege el derecho a conciliar

Este blindaje legal no es simbólico. En la práctica, significa que la empresa deberá pensarlo dos veces antes de despedir a alguien que ha solicitado estas medidas. Si el despido no está justificado de forma clara y objetiva, los tribunales lo considerarán nulo de pleno derecho.

Eso sí, para que esta protección sea efectiva, es clave documentar bien la solicitud: hacerlo por escrito y guardar una copia es fundamental. Además, si se produce un despido tras ejercer estos derechos, el trabajador tiene 20 días hábiles para impugnarlo ante los tribunales.

Un paso atrás... para rectificar a tiempo

La nueva ley devuelve tranquilidad a quienes vieron desaparecer una protección que durante años había sido clave para garantizar la conciliación. La rectificación llega tras meses de presión por parte de sindicatos y juristas, que alertaron del impacto del cambio normativo de 2024.

Ahora, con la entrada en vigor de esta reforma, se lanza un mensaje claro: nadie puede ser despedido por ejercer su derecho a cuidar, a conciliar o a reorganizar su jornada laboral. La ley, esta vez sí, vuelve a estar de su lado.

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