¿Tienes alguna de estas 11 enfermedades? Podrías jubilarte antes, según la Seguridad Social
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad propone ampliar el listado de enfermedades que permiten acceder a la jubilación anticipada

Jubilación activa: qué es y cuáles son sus ventajas / Aitana Solera
David Cruz
¿Sabías que existe la posibilidad de solicitar la jubilación anticipada si tienes 52 años y padeces determinadas enfermedades crónicas o degenerativas? En España, la Seguridad Social protege algunas patologías, aunque el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) quiere ampliar el listado con 11 nuevas enfermedades.
La edad de jubilación ordinaria en 2025 se sitúa en 66 años y 9 meses, o en los 65 años si ya se han cotizado al menos 38 años. Gracias al Real Decreto 370/2023, es posible jubilarse anticipadamente por discapacidad con el objetivo de compensar las desventajas de aquellos que no pueden tener un desempeño en igualdad de condiciones.
Para acceder a esta jubilación anticipada, se debe tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 45%, haber cotizado al menos 15 años y estar dado de alta en la Seguridad Social. 5 de los años cotizados deben haber sido con el grado de discapacidad ya reconocido.
Además, si tienes 52 años puedes jubilarte anticipadamente con un grado de discapacidad igual o superior al 65%; en caso de tener un 45% o menos del 65%, tienes que esperar a los 52 años.
Qué enfermedades quiere incluir el CERMI para la jubilación anticipada por discapacidad
El CERMI ha solicitado ampliar el catálogo de enfermedades y patologías que permiten acceder a la jubilación anticipada, incluyendo 11 nuevas entre las que se incluyen: artritis reumatoide, encefalomielitis miálgica, amiloidosis por Transtiretina variante (ATTRv), enfermedad de Huntington, Parkinson, Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert), espina bífica, fibromialgia, inmunodeficiencias primarias, esclerosis sistémica y lupus eritematoso sistémico.
Aún queda esperar para comprobar si este listado si aprueba, pero si el Gobierno da vía verde, estas personas podrán jubilarse anticipadamente por discapacidad a los 52 o a los 56 años.
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