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Transferencias bancarias: cuánto dinero puedes enviar sin que Hacienda te multe

Conoce los límites que no debes sobrepasar para no levantar sospechas

¡Cuidado! Multas de hasta 150.000 euros por movimientos bancarios sin justificar

¡Cuidado! Multas de hasta 150.000 euros por movimientos bancarios sin justificar / Eva Abril

Hacer una transferencia bancaria es algo cotidiano: ayudar a un hijo con el alquiler, devolverle a un amigo una cantidad prestada o incluso regalar dinero por una ocasión especial. Sin embargo, detrás de estos gestos aparentemente inocentes puede esconderse una sanción que, en el peor de los casos, podría alcanzar los 150.000 euros. ¿La razón? Hacienda ha intensificado su vigilancia sobre las transferencias entre particulares, especialmente cuando superan ciertos límites o se repiten con frecuencia.

Las entidades bancarias están obligadas, por ley, a informar a la Agencia Tributaria de determinadas operaciones. En concreto, cualquier transferencia igual o superior a 10.000 euros, así como movimientos en efectivo superiores a 3.000 euros o que incluyan billetes de 500, se comunican automáticamente. Además, si se superan los 6.000 euros en una transferencia, Hacienda puede considerar que se trata de una donación encubierta, especialmente si se realiza entre familiares y no se justifica adecuadamente el uso del dinero.

Según la Ley 7/2012 y la Ley 10/2010 en materia de prevención del fraude fiscal, Hacienda puede exigir al receptor del dinero que tribute por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones si no se acredita una contraprestación. El problema es que no existe un mínimo exento para este tipo de transacciones, por lo que, desde el punto de vista legal, incluso una transferencia de 100 euros entre familiares puede considerarse una donación. En la práctica, no todas se declaran, pero las que superan ciertos límites sí deben hacerlo para evitar sanciones.

¿Qué límites vigila Hacienda?

Aunque no hay un umbral claro a partir del cual Hacienda considere una transferencia como sospechosa, sí existen cifras clave:

  • 3.000 euros: el banco informa automáticamente a Hacienda.
  • 6.000 euros: la Agencia Tributaria puede abrir expediente si considera que hay indicios de donación.
  • 10.000 euros: notificación automática a Hacienda y posibilidad de requerimiento de documentación.
  • 100.000 euros o más: obligatoria la presentación del modelo S1, incluso si se mueve dinero en metálico dentro del país.

Además, no solo importa la cantidad, sino también la frecuencia. Si se realizan muchas transferencias pequeñas entre las mismas personas, Hacienda podría interpretarlas como un intento de eludir el control fiscal y agruparlas como una sola donación, con su correspondiente obligación tributaria.

¿Qué sanciones impone Hacienda?

Cuando se detecta una donación no declarada o un movimiento de fondos injustificado, Hacienda puede imponer multas que van del 50% al 150% de la cantidad no declarada, en función de la gravedad de la infracción:

  • Infracción leve: si el importe defraudado es inferior a 3.000 euros, la sanción es del 50%.
  • Infracción grave: si supera los 3.000 euros, se sanciona con un recargo del 100%.
  • Infracción muy grave: en casos donde el fraude es superior a los 120.000 euros, la multa puede alcanzar el 150% y tener consecuencias penales.

Por ejemplo, si se recibe una transferencia de 8.000 euros de un familiar y no se declara como donación, Hacienda podría exigir no solo el pago del impuesto correspondiente, sino también aplicar una sanción de hasta 12.000 euros si considera que la operación es fraudulenta.

Hacienda vigila tus movimientos bancarios: estos ingresos y transferencias pueden ser investigados

Hacienda vigila tus movimientos bancarios: estos ingresos y transferencias pueden ser investigados / INFORMACIÓN

¿Qué hacer para evitar una multa de Hacienda?

La mejor forma de evitar problemas con Hacienda es anticiparse y actuar con transparencia. Si tienes previsto hacer una transferencia importante —por ejemplo, para ayudar a tu hijo a comprarse un coche o pagar una entrada de piso— es recomendable:

  1. Consultar con un asesor fiscal.
  2. Declarar la operación mediante el modelo 651, si se considera donación.
  3. Guardar documentación que justifique el origen y el destino del dinero (nóminas, escrituras, contratos...).
  4. Evitar fraccionar cantidades para no superar los límites, ya que Hacienda también puede detectar esta práctica.
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